Resolución 481/12 ST Tope indemnizatorio UTEDYC CCT 462/06
Se fijan, a partir del 1/2/2011, 1/5/2011, 1/8/2011 y 1/11/2011, el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondientes al Acuerdo homologado por la resolución (ST) 219/2011, suscripto entre la Unión Trabajadores de Entidades Deportivas y Civiles (UTEDYC), por la parte sindical, y la Federación de Empleadores de Entidades Deportivas de Aficionados y Asociaciones Civiles (FEDEDAC) y la Asociación Rosarina de Entidades Deportivas Amateurs, por la parte empresaria.
Fecha de Norma: 12/04/2012
Art. 1 – Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la resolución (ST) 219 del 30 de marzo de 2011 y registrado bajo el número 368/2011 suscripto entre la Unión Trabajadores de Entidades Deportivas y Civiles (UTEDYC), por la parte sindical y la Federación de Empleadores de Entidades Deportivas de Aficionados y Asociaciones Civiles, por la parte empleadora, ratificado a fojas 39 por la Asociación Rosarina de Entidades Deportivas Amateurs, conforme al detalle que, como Anexo, forma parte integrante de la presente.
Art. 2 – Regístrese la presente resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la Subsecretaría de Coordinación. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.
Art. 3 – Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
Art. 4 – Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente precédase a la guarda del presente legajo.
Art. 5 – De forma.
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Partes signatarias | Fecha de entrada en vigencia | Base promedio | Tope indemnizatorio |
---|---|---|---|
Unión Trabajadores de Entidades Deportivas y Civiles c/ Federación de Empleadores de Entidades Deportivas de Aficionados y Asociaciones Civiles Ratificado por la Asociación Rosarina de Entidades Deportivas Amateurs | |||
-Tope general | 01/02/2011 | $ 3.989,01 | $ 11.967,03 |
01/05/2011 | $ 4.206,67 | $ 12.620,01 | |
01/08/2011 | $ 4.397,25 | $ 13.191,75 | |
01/11/2011 | $ 4.718,24 | $ 14.154,72 | |
-Tope zona desfavorable | 01/02/2011 | $ 5.802,20 | $ 17.406,60 |
01/05/2011 | $ 6.118,80 | $ 18.356,40 | |
01/08/2011 | $ 6.486,00 | $ 19.458,00 | |
01/11/2011 | $ 6.853,00 | $ 20.559,00 | |
CCT 462/2006 |
Expediente 1.395.427/10
Buenos Aires, 16 de abril de 2012
De conformidad con lo ordenado en la resolución (ST) 481/2012, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 215/2012.
Y para cuando el aumento del 2012?