C.A.B.A – RESOLUCION 433/09 – AGIP – CREA LA “CLAVE CIUDAD”, OBLIGATORIA PARA CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS.
Publicada: B.O. (CABA) 16/07/2009
C.A.B.A. – RESOLUCIÓN N° 433 – AGIP/09
Buenos Aires, 10 de julio de 2009.
VISTO: La Carpeta Interna N° 78518/DGR/2009, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 2603 (BOCBA N° 2952) la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos fue creada y actúa como una entidad autárquica en el orden administrativo y financiero;
Que esta AGIP ha venido construyendo desde su creación un marco institucional moderno para gestionar la administración tributaria con transparencia y brindando servicios de calidad, simples, rápidos y con menos carga administrativa;
Que para ello viene desarrollando e implementando sistemas de gestión y control de información de base tecnológica, profundizando su política de brindar servicios mediante ventanillas virtuales, y facilitando así el vínculo con el contribuyente y el cumplimiento de sus obligaciones tributarias;
Que en este marco ha comenzado a implementar el nuevo Sistema de Administración Tributaria, a cuyos servicios el contribuyente accederá únicamente estando registrado en la Base de Datos de la Dirección General de Rentas;
Que para ello es imprescindible generar una clave de autenticación personal para cada contribuyente, que permita su identificación inequívoca en la realización de trámites vía Web;
Que esta clave permitirá que el vínculo entre administrador y administrado se realice en forma confidencial y manteniendo los estándares de seguridad definidos para cada caso, previéndose dos tipos de niveles de seguridad de acuerdo a que se trate de personas físicas o jurídicas;
Que todas las Subdirecciones Generales dependientes de la Dirección General de Rentas han tomado la intervención que les compete a los efectos de la implementación del uso de esta nueva Clave.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias,
EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE
Artículo 1°.- Créase la “Clave Ciudad” (Clave Fiscal AGIP) que será obligatoria para la identificación de los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos registrados ante la Base de Datos de la Dirección General de Rentas.
La presentación de las Declaraciones Juradas de los mismos se realizará exclusivamente mediante transferencia electrónica de datos a través de la página Web de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (www.agip.gob.ar), siendo imprescindible la utilización de sus respectivas claves Ciudad.
Esta Administración definirá la aplicación de dicha clave para cualquier otro servicio que se habilite en el futuro.
Artículo 2°.- Establécese dos (2) Niveles de Seguridad:
a) El nivel de seguridad 01 se asigna únicamente a las personas físicas cuando actúan en representación de sí mismas, siendo condición necesaria para el ingreso a la función que el contribuyente se encuentre registrado en la Base de Datos de la Dirección General de Rentas, caso contrario deberá proceder a su inscripción en el Impuesto.
b) El Nivel de Seguridad 02 se asigna únicamente a las personas jurídicas a través de sus representantes (designados mediante escritura pública salvo que se trate del Representante Legal) ó bien personas físicas que actúan en representación de terceros, permitiendo además actuar por sí mismo.
Artículo 3°.- El trámite inicial al Nivel de Seguridad 02 es presencial en la Dirección General de Rentas y delegaciones habilitadas, mientras que el Nivel de Seguridad 01 se realiza ingresando los datos solicitados en la pagina Web (www.agip.gob.ar).
Artículo 4°.- La Clave en el Nivel 01 se otorga solicitando un dato no público conocido sólo por el solicitante y por la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, sobre un acto ocurrido durante los últimos 12 (doce) meses, anteriores a la fecha de obtención de la Clave, imprimiéndose una Constancia de Validación una vez que la misma ha sido otorgada.
Si el contribuyente no registrara ninguna presentación ante la Dirección General de Rentas durante el plazo antes señalado, indefectiblemente debe concurrir a dicho Organismo para tramitar su Clave Ciudad.
Artículo 5°.- La Clave que otorga la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, cualquiera sea el nivel de seguridad, debe ser reemplazada por el contribuyente o representante a partir de su primera utilización.
Artículo 6°.- Los servicios informáticos a los que permita acceder la Clave Ciudad son los que la Dirección General de Rentas incluya en su página Web y los que en el futuro sean incorporados.
Artículo 7°.- El cambio de Nivel entre el 01 y 02 está permitido, y dicho trámite se realiza en la Dirección General de Rentas, manteniendo el acceso a las aplicaciones que ya habían sido otorgadas a su nombre.
Artículo 8°.- La utilización de la Clave, su protección y resguardo es de exclusiva responsabilidad y autoría de cada usuario.
La información transmitida, la operación del sistema y como asimismo cualquier efecto jurídico o fiscal que de ella se derive, se imputarán de pleno derecho a la persona física o jurídica en cuyo nombre y representación actúe el usuario, ello sin perjuicio de la responsabilidad que le corresponda al mismo en virtud de la aplicación de las normas vigentes.
Artículo 9°.- El Nivel de Seguridad 02 permite efectuar delegación en uno o varios subadministrador/es, atendiendo a la naturaleza crítica del trámite y de acuerdo al criterio que determine la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos y a su vez éste, puede asignar la utilización de servicios a distintos agentes, pero mantendrá la responsabilidad de la Clave por su empleo ante la AGIP.
Artículo 10° – La revocatoria del Representante por parte del/la Representado/a se tramita en la Dirección General de Rentas.
Artículo 11°.- Los servicios asignados u otorgados por un Administrador (Representante Legal) o Subadministrador pueden ser revocados por quien los haya concedido u otorgado.
Artículo 12°.- Apruébase el Anexo I que contiene el procedimiento de obtención de la Clave Ciudad, tanto para el Nivel 01 como 02 y que a todo los efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 13°.- Facúltase a la Dirección General de Rentas a dictar las normas reglamentarias necesarias para la aplicación y cumplimiento de la presente y resolver por vía de interpretación las distintas situaciones que se produzcan.
Artículo 14°.- La presente Resolución tiene vigencia a partir del 13 de Julio de 2009.
Artículo 15°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Rentas. Cumplido, archívese.
ANEXOS
ANEXO I – RESOLUCIÓN N° 433 – AGIP/09
ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS
MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
CONSIDERACIONES GENERALES
ANTECEDENTES:
La AGIP en cumplimiento de sus Objetivos, de mejorar los procedimientos que la relacionan con los Contribuyentes, siguiendo la constante evolución de las tecnologías informáticas y de comunicaciones, ha encarado un Proyecto de desarrollo de un Nuevo Sistema de Administración Tributaria, dentro de este contexto, uno de los aspectos relevantes, lo constituye la “Identificación del Contribuyente” mediante una “Clave Ciudad”, que le permita tanto a la Administración Tributaria como al Contribuyente relacionarse en forma confidencial manteniendo los estándares de seguridad definidos para cada caso.
La Clave Ciudad es una contraseña que otorga la AGIP para poder realizar trámites (presentar declaraciones juradas, solicitar la baja en impuestos o regímenes, o cualquier otro servicio que se habilite en el futuro, etc.) desde cualquier PC conectada a INTERNET, por lo cual es necesario establecer distintos niveles de seguridad y cumplimentar con ciertas formalidades que permitan identificar unívocamente a los solicitantes, resguardando la confidencialidad de la información remitida.
Niveles de Seguridad:
Se han definido dos niveles de acuerdo a las características de los Contribuyentes a Identificar:
Nivel 01: Personas Físicas:
Este “Nivel de Seguridad” determina los servicios AGIP que podrá utilizar para acceder a este nivel es necesario que las personas físicas que hayan tramitado previamente su CUIT, CUIL ó CDI en la Administración Federal de Ingresos Públicos AFIP.
El Contribuyente, podrá solicitar su “Clave Ciudad” ingresando en la Página WEB www.agip.gob.ar dónde se podrán ingresar los datos solicitados, con el agregado de un dato no público conocido solo por el solicitante, (un pago ya efectuado) que permita al otorgante verificar su existencia contra la Base de Datos DGR.
Es condición necesaria para el ingreso a esta función que el Contribuyente se encuentre registrado en la base de datos DGR.
OBJETIVO:
Redacción de la norma de procedimiento Clave Ciudad Nivel 01.
ALCANCE:
Desde el ingreso del Solicitante, obtención de la Clave Ciudad, hasta la asignación de servicios con los cuales podrá interactuar.
DESARROLLO:
1. Pantalla Solicitud de Clave de Acceso: Ingresar el CUIT: 99999999999.
2. Oprimir función: Consultar.
3. El Sistema mostrará en pantalla los datos para ese CUIT, es condición necesaria para el ingreso que el Solicitante se encuentre registrado en la Base de Datos AGIP/DGR.
4. Si no lo encuentra emite el mensaje “No se encuentra en el Padrón”.
Datos personales:
5. El Sistema completará en forma automática:
6. CUIT.
7. Apellido y Nombre.
8. Ingresar: datos de correo electrónico: formato [email protected] .
9. Ingresar: datos de Nro. de Teléfono.
10.Ingresar: datos de Contraseña: a elección del solicitante, (8 caracteres pueden ser letras y números).
11.Ingresar: datos de Confirmación: de la misma Contraseña a elección del solicitante.
Datos de la Declaración Jurada o pago que haya realizado el Solicitante:
12.Seleccionar: el tipo de Impuesto de acuerdo al pago realizado:
Agentes de Recaudación.
Convenio Multilateral.
Régimen General.
Régimen Simplificado.
13.Ingresar: datos del Nro. de Inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos: en el Impuesto seleccionado.
14.Seleccionar: la entidad en dónde se efectuó el pago o se efectuó la presentación de la Declaración Jurada.
15.Ingresar: datos de Nro. de sucursal: donde se efectuó el pago.
16.Ingresar: fecha de presentación de la DJ o pago: dd/mm/aaaa.
17.Ingresar: año: corresponde al año de la cuota/anticipo pagado.
18.Ingresar: cuota: corresponde a la cuota/anticipo del pago.
19.Ingresar: importe: corresponde al importe efectivamente pagado para la cuota/anticipo/año.
20.Una vez completados todos los datos requeridos: para finalizar: oprimir función Enviar.
21.El sistema controlara los datos ingresados, mostrara en pantalla mensajes de errores detectados.
22.El sistema controlara los datos de la presentación DJ y/o pago informado contra la Base de Datos DGR en caso de encontrar inconsistencias, mostrara en pantalla “La DDJJ no es válida”.
23.El Sistema en caso que el control sea satisfactorio, genera un archivo en formato PDF para ser impreso por el solicitante denominado “Constancia de Solicitud de Usuario y selección de Clave Ciudad AGIP “.
24.El Sistema mostrara por pantalla el mensaje: “Alta Usuario Operación Exitosa”. 25.Fin de la operación de obtención de Clave Ciudad.
Ingreso por primera vez luego de la obtención de la Clave Ciudad: 26.Cuando ingresa por primera vez, debe cambiar la Clave Ciudad.
27. Ingresa: CUIT.
28.Ingresa: Clave actual.
29.Oprima la función: Ingresar.
30. El Sistema mostrará pantalla Cambio de Clave:
31. El Sistema le mostrará el CUIT:
32.Ingresa: Clave nueva.
33.Reingresa Clave nueva:
34.Oprima la función: Ingresar.
35.El Sistema muestra la Razón Social y el CUIT.
36.El usuario de Nivel 01 deberá asignar los servicios con los cuales desea trabajar, siempre en representación de si mismo.
37.Asignación de Servicio:
38.Seleccionar: el servicio con el que desea trabajar, el Sistema desplegará una tabla con la lista de servicios disponibles.
39.Oprima la función: Confirmar.
40.Repetir la operación para cada servicio con el cual necesite trabajar.
41.El sistema mostrará el/los servicios que ha asignado para trabajar, siempre en representación de sí mismo.
42.Fin de la Operación de asignación de servicio.
43.El solicitante esta en condiciones de trabajar con su Clave Ciudad para los servicios que haya asignado.
FIN DEL PROCEDIMIENTO.
ANEXO II – RESOLUCIÓN N° 433 – AGIP/09
CONSIDERACIONES GENERALES
ANTECEDENTES:
La AGIP en cumplimiento de sus Objetivos, de mejorar los procedimientos que la relacionan con los Contribuyentes, siguiendo la constante evolución de las tecnologías informáticas y de comunicaciones, ha encarado un Proyecto de desarrollo de un Nuevo Sistema de Administración Tributaria, dentro de este contexto, uno de los aspectos relevantes, lo constituye la “Identificación del Contribuyente” mediante una “Clave Ciudad”, que le permita tanto a la Administración Tributaria como al Contribuyente relacionarse en forma confidencial manteniendo los estándares de seguridad definidos para cada caso.
La Clave Ciudad es una contraseña que otorga la AGIP para poder realizar trámites (presentar declaraciones juradas, solicitar la baja en impuestos o regímenes, o cualquier otro servicio que se habilite en el futuro, etc.) desde cualquier PC conectada a INTERNET, por lo cual es necesario establecer distintos niveles de seguridad y cumplimentar con ciertas formalidades que permitan identificar unívocamente a los solicitantes, resguardando la confidencialidad de la información remitida.
Niveles de Seguridad:
Se han definido dos niveles de acuerdo a las características de los Contribuyentes a Identificar:
Nivel 02:
Personas Jurídicas, o Físicas en representación de terceros:
Este “Nivel de Seguridad” determina los servicios AGIP que podrá utilizar para acceder a este nivel es necesario que las personas físicas que hayan tramitado previamente su CUIT, CUIL ó CDI en la Administración Federal de Ingresos Públicos AFIP. El Contribuyente, deberá concurrir personalmente, a la DGR con los requisitos que se encuentran publicados en la Página WEB www.agip.gob.ar de acuerdo al tipo de persona, Física o Jurídica. La DGR habilitará un sector especial para la mejor atención de los contribuyentes.
OBJETIVO:
Redacción de la norma de procedimiento Clave Ciudad Nivel 02.
ALCANCE:
Desde el ingreso de datos del Solicitante, verificación de documentación, hasta la entrega de la Clave Ciudad.
DESARROLLO:
Tramite presencial en la AGIP/DGR:
Solicitante:
1.Deberá completar el Formulario de “Solicitud de Clave Fiscal” de acuerdo a la documentación requerida en cada caso.
Operador AGIP/DGR: tendrá a disposición un Programa aplicativo, que le permitirá ingresar los datos requeridos, y emitir la Constancia de Solicitud de Usuario y selección de Clave Fiscal AGIP y Constancia de Recepción de Clave Ciudad. El ingreso al programa se realizara con el login de Usuario DGR, que tenga cada operador.
2. Pantalla de ingreso al Sistema DGR: login de Usuario DGR.
3.Usuario: Operador DGR.
4. Clave: Clave DGR.
5. Oprimir función: Entrar.
6. Si la validación es incorrecta, el Sistema mostrará en pantalla “Nombre de usuario o Clave incorrecta”.
7. Si la validación es correcta, el Sistema mostrará la pantalla de ingreso al Programa “Alta de Usuarios Nivel 2”.
8. Realizar un clic sobre el logo N2.
9. El Sistema solicitará el ingreso del CUIT del Solicitante:
10. Ingrese el CUIT: Formato 99999999999.
11. El Sistema efectuará la búsqueda en la base de datos DGR, si encuentra al contribuyente mostrara la pantalla “Paso 1”, con los datos completos para el CUIT seleccionado.
12. Si no se encuentra registrado, el sistema mostrara la pantalla “Paso 1” sin datos.
Paso 1: Datos del titular :
13.Completar datos del Titular:
14.Ingresar: datos de Nombre y Apellido: del solicitante.
15.En caso que el solicitante este Inscripto en el ISIB:
16.Seleccionar: Tipo de Universo al que pertenece.
17.Ingresar: Nro. de ISIB: según Universo.
• En caso que el solicitante NO este Inscripto en ISIB:
Seleccionar: NO Aplica.
No se completa el campo Nro. ISIB.
18. Seleccionar: Tipo de Documento.
19. Ingresar: Nro. de Documento.
20. Seleccionar: Sexo.
21. Seleccionar: Estado Civil.
22. Seleccionar: Nacionalidad.
23.Hacer un Clic en el “Icono Casa” para Agregar Domicilio Fiscal.
24.Seleccionar: la Provincia.
25. Elegir una provincia, en este caso el Domicilio puede ser distinto de la Ciudad Autónoma de Buenos, luego deberá agregar un domicilio constituido únicamente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
26.Seleccionar: la Calle.
27.Completar: Nro. de Puerta.
28.En caso de corresponder:
29.Completar: Piso.
30.Completar: Dpto.
31.Completar barrio/Localidad.
32.Oprimir la función: Aceptar.
33.El Sistema completa automáticamente el Domicilio Fiscal en pantalla.
34. En caso que el domicilio Fiscal completado, sea de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se puede copiar al Domicilio Constituido, haciendo un clic en el ícono “Flecha”.
35. En caso que se requiera constituir otro domicilio, haciendo un clic en el ícono “Casa” se podrá incorporar un domicilio constituido, únicamente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
36.Completar: Nro. de Teléfono.
37.Completar: Correo Electrónico.
38. Hacer un clic en el ícono “Paso 2” “Flecha”.
Paso 2 Documentación del Titular:
39. El Operador deberá Tildar los casilleros de acuerdo a la Documentación requerida para este nivel. Como requerimiento mínimo deberá completar:
40.Fotocopia Documento Nacional de Identidad.
41.Fotocopia del comprobante del CUIT.
42.Hacer un clic en el icono “Paso 3” “Flecha”.
Paso 3 Representante legal:
43.Completar: CUIT del Representado.
44.Realizar: Clic en Agregar.
45.El Sistema validará contra la Base de Datos ISIB la existencia del CUIT ingresado, si no lo encuentra, mostrará por pantalla “No existe el CUIT del Representado en el padrón”.
46.Si lo encuentra en la Base de Datos Mostrará los datos en pantalla.
47. Hacer un Clic en el ícono “documentación a pedir”.
48.Seleccionar: el Tipo de representación.
49.Realizar un Clic en la Documentación que “Muestra” o “Deja Copia”
50.Realizar un Clic en “Enviar documentación”
51.El Sistema colocará un Tilde de color verde en el botón “Documentación a Pedir”
52.Realizar un Clic en “Guardar”.
53.El Sistema generará con formato PDF el formulario “Constancia de Solicitud de Usuario y Selección de Clave Ciudad AGIP”.
54. El Sistema generará con formato PDF el formulario “Constancia de Recepción de Clave Ciudad”.. .
55. Imprimir el formulario “Constancia de Solicitud de Usuario y Selección de Clave Ciudad AGIP”.
56. Imprimir el formulario “Constancia de recepción de Clave Ciudad”.
57. Requerir al solicitante la Firma del formulario “Constancia de Recepción de Clave Ciudad”.. .
58.Entregar al solicitante el “Constancia de Solicitud de Usuario y Selección de Clave Ciudad AGIP”.. .
Solicitante:
59. Firma el formulario “Constancia de Recepción de Clave Ciudad”.. .
60. Recibe formulario “Constancia de Solicitud de Usuario y Selección de Clave Ciudad AGIP”, donde se encuentra la Clave Ciudad, luego cuando ingrese al Sistema por medio de la página WEB: www.agip.gov.ar el Sistema le solicitará que la cambie.
Operador DGR:
61..Guardar en archivo transitorio formulario “Constancia de Recepción de Clave Ciudad” en conjunto con la documentación presentada por solicitante y verificada por operador DGR..
FIN DEL PROCEDIMIENTO.
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