Se incrementa la suma asegurada del seguro colectivo de vida obligatorio, establecida por el decreto-ley 1567/1974, de $ 12.000 a $ 20.000 a partir del mes de abril 2014.
Art. 1 – Sustituir el artículo 5 del Anexo I de la resolución 35333 del 16 de setiembre de 2010, por el siguiente:
“Art. 5 – Prima – suma asegurada – variación de capital asegurado – ajuste de primas
El costo del seguro estará a cargo del empleador.
La suma asegurada, las primas y los conceptos que de ellos se derivan, deben expresarse en moneda de curso legal.
Prima:
La prima se fija en pesos doscientos cinco milésimos ($ 0,205) mensuales por cada pesos mil ($ 1.000).
Suma asegurada:
La suma asegurada será de pesos veinte mil ($ 20.000) o la que en el futuro fije la Superintendencia de Seguros de la Nación.
Ajuste de prima:
Para el caso de que se estableciera una variación en la prima o suma asegurada, la misma debe comunicarse a las partes involucradas, con la suficiente antelación a fin de proceder a los ajustes que correspondan para su pago”.
Art. 2 – La presente resolución entrará en vigencia el 1 de abril de 2014.
Art. 3 – De forma.
Gustavo Baltzart dice
Si leemos la Resolución 35333/2010 de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) que modificó la modalidad de declaración y pago por parte del empleador del seguro colectivo de vida obligatorio del decreto 1567/74, desde el devengado de enero de 2011 deberán ser informadas directamente a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) mediante el formulario 931, ya sea por el aplicativo SICOSS o el sistema Mi Simplifiación online.
Aplicando el mismo criterio habría que comenzar a liquidarlo desde DJ Marzo 2014, Saludos.
La Resolución 35.333/2010 la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) que modificó la modalidad de declaración y pago por parte del empleador del seguro colectivo de vida obligatorio del decreto 1567/74, desde el devengado de enero de 2011 se informa directamente a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) mediante el formulario 931, ya sea por el aplicativo SICOSS o el sisteama Mi Simplifiación online.
Aplicando el mismo criterio ahora habría que aplicar el aumento desde la DJ MARZO 2014, Saludos.
Aplica a partir del F.931 del periodo marzo 2014 o abril 2014 ?
me respondieron de la ssn que es a partir del F931 de Abril que se paga en MAYO