Bs. As., 23/3/2010
Publicación en B.O.: 30/03/2010
VISTO las atribuciones conferidas por los Artículos 18º inc. b y 31 Inciso 2º de la Ley 13.047 y;
CONSIDERANDO;
Que los distintos representantes gremiales del personal no docente han solicitado por ante este Consejo se apruebe una recomposición salarial del sector (Sindicato Argentino de Empleados y Obreros de la Enseñanza Privada – S.A.E.O.E.P.) mediante Actuación Interna Nº 79/2010 y Sindicato de Obreros y Empleados de la Educación y de la Minoridad (S.O.E.M.E.) por Actuación Interna 80/2010); Que este Consejo Gremial de Enseñanza Privada ha considerado oportuno hacer extensivo dichos beneficios al personal no docente comprendido en los incisos b) y c) del Art. 18 de la Ley 13.047; Que, por sesión de fecha 23 de marzo de 2010, se aprobó por unanimidad el dictado del presente acto administrativo, conforme lo determina la Ley 13.047 en sus Artículos 18 inciso b) y 31;
Por ello,
en uso de facultades propias EL CONSEJO GREMIAL DE ENSEÑANZA PRIVADA Reunido en sesión ordinaria
RESUELVE:
Artículo 1º — Establecer a partir del 1º de marzo de 2010 para todo el personal no docente incluido en el Artículo 18 inciso b) de la Ley 13.047, que se desempeña en los establecimientos privados de enseñanza comprendidos en el Art. 2º inciso a) de la referida normativa, los siguientes sueldos básicos:
a) Personal de Maestranza y Servicios, por 48 hs. semanales: $ 2.070,00
b) Personal Administrativo, por hora semanal de 60 minutos $ 55,79
Art. 2º — Establecer a partir del 1º de Marzo de 2010 para todo el personal no docente incluido en el Artículo 18 inciso b) de la Ley 13.047, que se desempeña en los establecimientos privados de enseñanza comprendidos en el Art. 2º incisos b) y c) de la referida normativa, los siguientes sueldos básicos:
a) Personal de Maestranza y Servicios, por 48 hs. semanales: $ 2.070,00
b) Personal Administrativo, por 48 hs, semanales: $ 2.070,00
Art. 3º — Cuando el personal a que se refieren los artículos 1º y 2º cumpla tareas en tiempo inferior a 48 horas semanales, el sueldo mínimo se establecerá en forma proporcional.
Art. 4º — Las remuneraciones previstas en los artículos precedentes podrán ser compensadas hasta su concurrencia con los montos que, cualquiera sea su naturaleza o denominación, los empleadores se encontrarán abonando a su personal con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente resolución. El cumplimiento de esta Resolución no podrá importar en ningún caso disminución alguna de la retribución que el personal percibe en la actualidad.
Art. 5º — Desglosar la presente Resolución para su registro y archivo previa sustitución por copia autenticada en estos actuados remitiendo copia a los Ministerios de Educación de las Provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Notifíquese a la Dirección Nacional de Comercio Interior y a la Administración Federal de Ingresos Públicos a sus efectos.
Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
— Erica V. Covalschi. — Norberto Baloira. — Elena Otaola. — Guillermo Marconi. — Enrique Martín. — Edgardo Rodríguez. — Silvia Squire. — Horacio Ferrari. — Daniel Di Bartolo. — Pablo Olocco. — Manuel Gómez. — Alicia Velich.
Anónimo dice
Y Ignacio, nunca tuvo una respuesta…solo preguntas y ahora ni asoma la nariz. Sugiero que comencemos a responder entre nosotros.
El convenio 88/90 es el mejor si se cumple…la licencia anual es de días hábiles.
El presentismo se descuenta siempre aunque sea justificado el ausente, salvo en la licencia anual de vacaciones. Por examén se justifica el día pero no el presentismo.
hola soy empleada de maestranza en un colegi privado corresponde que me paguen zona fria y antiguedad? soy de cipolletti rio negro.
Hola hace 10 años trabajo en un colegio privado, estoy bajo el convenio 88/90,saeoep. Hace 2 años que voy a la universidad siempre presente los certificados de exámenes y nunca me descontaron el presentismo, ahora me dicen que lo tienen que descontar. Mi pregunta es de descuenta el presentismo por día de examen?
Hola!!! trabajo en un colegio privado de capital en biblioteca, tengo 2 recibos uno el de titular y el otro la hora y media de más que me quedo en biblioteca y me la pusieron como extraprogramatica-auxiliar titular, quisiera saber cuanto me corresponde por esa hora y media y si se pueden pones esas horas en el recibo oficial, ya que las extraprogramaticas para la jubilación no entran en el 82% de docentes , le agradecería me respondan gracias.
hola trabajo de auxiliar de limpieza en un coleguio privado 44horas semanales quisiera saber cuanto es el sueldo en el recibo figura catgoria auxiliar mi sueldo nominal es 9149 pesos tabajo ase18 años muchas gracis
hola quisiera saber cual es el sueldo de auxiliar de servicio trabajo en un colegio privado ace 18 años 44horas semanales figura en el recibo como categoria auxiliar el sueldo nominal es 9149 pesos muchas gracias
hola quisiera saber cual es el sueldo de maestranza por 30 hs semanales figura en recibo 679.99$ y con descuentos el total es 2.470$ unica en turno habiendo jardin primaria y secundaria en colegio privado gracias
hola quisiera saber empleada maestranza 30 horas semanales unica en el turno con jardin , primari y secundaria es privado mi recibo figura sueldo de 679.99 y en limpio 2.4740 $ si eso esta bien mil gracias espero repuesta
teresa
hola, soy docente en una escuela media en C.A.B.A hace 19 años, y me ofrecieron el puesto de secretaria. Cuánto debería cobrar en ese cargo con mi antiguedad , aproximadamente??
Buenas tardes, yo soy empleada de maestranza en un colegio privado y mi sueldo básico es de 1.022 peso, trabajo 30 horas semanales pero en el recibo figuran 20 horas, quería saber si nos corresponde alguna categoría ya que no tenemos, ademas la escuela esta en sistema suaf desde el año 2010, y me dicen que yo no puedo cobrar por este sistema porque estoy en actividad 39, tengo dos hijos con discapacidad y no me pagan, en realidad quisiera saber cuales son mis derechos como empleado ya que cada ves que tenemos dudas la respuestas que obtenemos todo es eso no figura en su convenio, pero cual es nuestro convenio, somo tres empleados que estamos en la misma situación, podrían ayudarnos. Desde ya muchas gracias
Buenas tardes, trabajo en una escuela privada y mi sueldo básico es de 1.022 pesos, en mi recibo figuro que trabajo 20 hs semanales cuando en realidad trabajo 30 hs, quería saber de cuanto tendría que ser mi básico, desde ya muchas gracias.
Hola, trabajo en un colego privado 35 hs. semanales atiendo la puerta; el teléfono; al público y me encargo de la limpieza de uno de los patios, la porteria y tres oficinas. No tengo tiempo de descanzo y para poder ir al baño tengo que esperar a que me vengan a suplir.En el recibo figuro como maestranza. Quería saber si esto esta bien y cuanto debería estar cobrando? Gracias.
anonimo 7 de febrero de 2013
holasoy e mpleada auxiliar de un colegio privado categoria 4ta tengo a cargo las llaves de abrir y cerrar el colegio y jardin trabajo 9hs x dias 6hs en jardin y 3hs en colegio todo de la misma institucion cual es mi sueldo especifico.espero tu respuesta. mil gracias.
Hola! soy empleada administrativa de un instituto privado, me voy a casar la semana que viene y pedi 2 dias… me los quieren descontar. tengo entendido que me corresponden mucho mas q 2 dias sin descontarme nada… cuantos me corresponden? como podria hacer en este caso? gracias. Belen
Buenas. Soy cajero en una Univ. Privada, bajo el cct 1/88, qué categoría tendría que figurar en mi recibo? Cuánto debería cobrar de básico? Gracias