Bs. As., 23/3/2010
Publicación en B.O.: 30/03/2010
VISTO las atribuciones conferidas por los Artículos 18º inc. b y 31 Inciso 2º de la Ley 13.047 y;
CONSIDERANDO;
Que los distintos representantes gremiales del personal no docente han solicitado por ante este Consejo se apruebe una recomposición salarial del sector (Sindicato Argentino de Empleados y Obreros de la Enseñanza Privada – S.A.E.O.E.P.) mediante Actuación Interna Nº 79/2010 y Sindicato de Obreros y Empleados de la Educación y de la Minoridad (S.O.E.M.E.) por Actuación Interna 80/2010); Que este Consejo Gremial de Enseñanza Privada ha considerado oportuno hacer extensivo dichos beneficios al personal no docente comprendido en los incisos b) y c) del Art. 18 de la Ley 13.047; Que, por sesión de fecha 23 de marzo de 2010, se aprobó por unanimidad el dictado del presente acto administrativo, conforme lo determina la Ley 13.047 en sus Artículos 18 inciso b) y 31;
Por ello,
en uso de facultades propias EL CONSEJO GREMIAL DE ENSEÑANZA PRIVADA Reunido en sesión ordinaria
RESUELVE:
Artículo 1º — Establecer a partir del 1º de marzo de 2010 para todo el personal no docente incluido en el Artículo 18 inciso b) de la Ley 13.047, que se desempeña en los establecimientos privados de enseñanza comprendidos en el Art. 2º inciso a) de la referida normativa, los siguientes sueldos básicos:
a) Personal de Maestranza y Servicios, por 48 hs. semanales: $ 2.070,00
b) Personal Administrativo, por hora semanal de 60 minutos $ 55,79
Art. 2º — Establecer a partir del 1º de Marzo de 2010 para todo el personal no docente incluido en el Artículo 18 inciso b) de la Ley 13.047, que se desempeña en los establecimientos privados de enseñanza comprendidos en el Art. 2º incisos b) y c) de la referida normativa, los siguientes sueldos básicos:
a) Personal de Maestranza y Servicios, por 48 hs. semanales: $ 2.070,00
b) Personal Administrativo, por 48 hs, semanales: $ 2.070,00
Art. 3º — Cuando el personal a que se refieren los artículos 1º y 2º cumpla tareas en tiempo inferior a 48 horas semanales, el sueldo mínimo se establecerá en forma proporcional.
Art. 4º — Las remuneraciones previstas en los artículos precedentes podrán ser compensadas hasta su concurrencia con los montos que, cualquiera sea su naturaleza o denominación, los empleadores se encontrarán abonando a su personal con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente resolución. El cumplimiento de esta Resolución no podrá importar en ningún caso disminución alguna de la retribución que el personal percibe en la actualidad.
Art. 5º — Desglosar la presente Resolución para su registro y archivo previa sustitución por copia autenticada en estos actuados remitiendo copia a los Ministerios de Educación de las Provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Notifíquese a la Dirección Nacional de Comercio Interior y a la Administración Federal de Ingresos Públicos a sus efectos.
Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
— Erica V. Covalschi. — Norberto Baloira. — Elena Otaola. — Guillermo Marconi. — Enrique Martín. — Edgardo Rodríguez. — Silvia Squire. — Horacio Ferrari. — Daniel Di Bartolo. — Pablo Olocco. — Manuel Gómez. — Alicia Velich.
Anónimo dice
Hola, soy Cecilia me ofrecieron un nuevo trabajo como empleada administrativa de un jardin maternal(que inici actividad en el 2011) mi convenio seria 88/90 (sindicato de empleados y obreros de enseñanza privada) administrativa 1º categoria,con un basico de $2679.6 segun convenio mas 7% por titulo, ya que soy Lic. en Administracion. Y como me estoy encargando actualmente de realizar todas las inscripciones ante DIPREGEP,IPS,etc,a pedido de la dueña de la institucion,tambien me ofreció el cargo de representante legal de la institución, para q me pueda manejar con autonomia en mi cargo…mi pregunta es,deberia cobrar algo mas por la reponsabilidad de ser representante legal? quien lo rige? o deberia facturarlo como profesional? de cuanto dinero estamos hablando aproximadamente? Como lo manejo Ignacio? espero tu respuesta, Gracias!!
Y quién les paga las asignaciones familiares a las porteras de esa escuela privada? xq ANSES respondió que no.
Saludos, Luz.-
Hola Laura, que obra social tenés, cual es el básico, algún dato como para orientarme?
Hola Diego, la mayoría tiene lo que se llaman aportes "solidarios" que obligan a realizar un aporte al sindicato.
Con respecto al título, la verdad no lo se, tendría que leer el convenio
Hola Fernando, no entiendo bien, podrías ampliarme la situación.
Hola Luz, si están en UTEDYC, ese es el sindicato que las representa.
Hola Diego, trabajo bajo el mismo convenio. Tienen que pagarte el 7 por título secundario y el 8% si tenes alg?n título que corresponda especificamente a alguna capacitación en relaciómn a tu labor en la institución. Saludos!
Soy Luz. Me gustaría saber quien representa a las porteras de una escuela privada de la prov. de Bs.As.; xq actualmente están en el sindicato UTEDYC. Y quién les paga el salario familiar? xq la ANSES las excluyó explícitamente del SUAF.
alguien tiene idea si viene un aumento para el personal NO DOCENTE de universidades privadas antes de fin de año? si quedaron abiertas la paritarias? Gracias
SR MARCONI POR QUE NO SE DA UNA VUELTA POR LA UNIVERSIDAD DEL SALVADOR,PARA ESCUCHAR Y VER EN QUE CONDICIONES TRABAJA EL PERSONAL DE (SERVICIOS GENERAL)LOS DELEGADOS, NO EXISTEN ANTE LOS RECLAMOS(art 14 bis c,n,) DE LOS TRABAJADORES, SOLO TENEMOS RESPUESTAS NEGATIVAS.
ESPERAMOS UNA RESPUESTA URGENTE!! Y ASI EVITAR HACER LOS RECLAMOS PUBLICOS!
Soy Fernando , Me gustaria saver quien representa gremialmente a los Maestranzas Privados.
Porque no se hace una diferencia entre los porteros que realizan 40 hs.y cobran por 48 hs y el personal de Mantenimiento que hace 48 hs cobrando lo mismo.-
hola: soy diego, digo que me obligan porque es por ley.
El titulo no es un porcentaje de la categoría? corresponde o no? saludos
soy diego. digo que me obligan porque es por ley el aporte al sindicato.
El titulo no es un porcentaje de la categoría? corresponde o no? Saludos
Hola, no estoy en ninguna categoria específica, solo dice administrativo de media jornada, pero no estoy en el convenio de empleados de comercio tampoco. Me dijeron que soy personal no docente solamente.
Muchas gracias
Laura
Hola Diego, buenos días, cómo que te obligan? cómo lo hacen? te dan alguna explicación?
Anónimo 18, gracias por la información, es muy valiosa, si podés dejar mas datos del lugar donde te asesoraron, sería bueno para otras personas en tu misma situación.
Hola Laura, tenés alguna categoría específica?
Buenas tardes, trabajo en un colegio privado y soy auxiliar de dirección, figuro en el recibo de sueldo como administrativa de media jornada ya que trabajo 20 horas semanales. Quisiera saber cual debería ser mi sueldo y si ud. sabe las licencias que corresponden a mi cargo, o de donde la puedo sacar, ya que no soy docente. Muchas gracias
Laura
En los colegios privados pagan como se les da la gana, trabajo en uno que por 15 años no nos pagaron: Premio de asistencia y puntualidad, ni titulo, ni salario familiar,ni los dos uniformes que corresmponden por año, ni siquiera nos pagaban las vacaciones como marca la ley, porqure dicen que el colegio no esta en condiciones de hacerlo. Hasta que fui a la subsecretaria de trabajo y me ascesoraó una abogada en forma gratuita y me dio un modelo de carta documento, con la carta documento en mano fui a hablar con la empleada de personal, y con la Superiora del colegio,ante la posibilidad de tener problemas jurídicos,recien entonces pudieron hacerlo este año cobre mis vacaciones con el plus correspondiente. No estoy afiliada a ningun sindicato solo hice cumplir el convenio pues me descuentan el 1% obligatorio, de todos modos Wilson me atendio telefonicamente y me ascesoro. Asi que con el convenio que lo podes bajar de la pagina del sindicato y la ley
de contrato de trabajo en mano, podes reclamar todo lo mensionado anteriormente. Anónimo
hola soy diego, estoy en el convenio col trab 88/90 3ra categ. El sindicato que me obligaron a tener (por ley) es Saeoep. de guillermo marconi ex arbitro de futbol (que esta con fantino). Sabes algo del pago del titulo? como preguntaba arriba? Saludos nuevamente Diego. [email protected]
Hola Diego, en que convenio estas?