MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 1323/2012
Tope Nº 489/2012
lmporte promedio de las
remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo
homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1190 del 16
de agosto de 2012 y registrado bajo el Nº 976/12 suscripto entre la
UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES, por la parte
sindical y la FEDERACION ARGENTINA DE CLUBES DE CAMPO por la parte
empresarial, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante
de la presente.
Bs. As., 7/9/2012
VISTO el Expediente Nº 1.490.411/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1190 del 16 de agosto de 2012, y
CONSIDERANDO: Que a fojas 8/10 del Expediente Nº 1.490.411/12 obran las escalas salariales pactadas entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES, por la parte sindical y la FEDERACION ARGENTINA DE CLUBES DE CAMPO por la parte empresarial, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 581/10, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1190/12 y registrado bajo el Nº 976/12, conforme surge de fojas 36/38 y 41, respectivamente.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 49/53, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y en el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente. Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:
ARTICULO 1º — Fíjanse el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1190 del 16 de agosto de 2012 y registrado bajo el Nº 976/12 suscripto entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES, por la parte sindical y la FEDERACION ARGENTINA DE CLUBES DE CAMPO por la parte empresarial, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
ANEXO Expediente Nº 1.490.411/12
PARTES SIGNATARIAS | FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA | BASE PROMEDIO | TOPE INDEMNIZATORIO |
UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES C/ FEDERACION ARGENTINA DE CLUBES DE CAMPO CCT Nº 581/10 | 01/03/2012 | $ 4.766,85 | $ 14.300,55 |
01/07/2012 | $ 5.200,29 | $ 15.600,87 | |
01/09/2012 | $ 5.460,12 | $ 16.380,36 |
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