Acta N°6 el Comité de Comité de Evaluación: Criterios de selección para acceder al REPRO II del devengado de Abril 2021.
Mediante el Acta N°6 el Comité de Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa REPRO II, fijó los criterios de preselección y selección para los beneficios del mes de abril 2021.
Además, se aplican tratamiento diferenciados para determinada actividades y cambios en el formulario de carga de la información requerida a las empresas.
Criterios de preselección Abril 2021
Los empleadores para atravesar la fase de preselección deben registrar una reducción de la facturación, entre el mes de referencia de 2019 y el mismo período de 2021, superior al 20% en términos reales para los sectores críticos y no críticos, y una reducción de la facturación en términos reales para el caso del sector salud, sin importar su magnitud
Para calcular las variaciones nominales que implican las variaciones reales planteadas por las normas, se utilizó la
serie de datos del nivel general del Índice de Precios al Consumidor (IPC) nacional.
Criterios de selección Abril 2021
Para acceder al beneficio del Programa REPRO II, los empleadores deben cumplir con las siguientes condiciones de acuerdo al sector que estén encuadrados y de acuerdo a los parámetros expresados en el cuadro precedente:
- Sectores afectados no críticos: cumplimiento de al menos cuatro de los siete parámetros establecidos,
de los cuales, serán de cumplimiento obligatorio, los siguientes tres indicadores: - Variación de la facturación.
- Variación porcentual de la relación entre el costo laboral y la facturación.
- Variación porcentual de las importaciones (para las empresas que declaran importaciones en los dos
períodos tomados como referencia para el cálculo del indicador). - Sector salud: cumplimiento de al menos cuatro de los siete parámetros establecidos, de los cuales,
serán de cumplimiento obligatorio, los siguientes dos indicadores: - Variación de la facturación.
- Cambios en el formulario de carga de la información requerida a las empresas.
- Variación porcentual de la relación entre el costo laboral y la facturación.
- Sectores críticos: cumplimiento obligatorio del indicador de la variación de la facturación en
términos nominales, expuesto en la sección anterior, y del indicador de liquidez corriente. - Las empresas con más de 15 trabajadoras y trabajadores dependientes deberán presentar
obligatoriamente la información requerida sobre los montos de activos y pasivos y patrimonio neto,
con la excepción de las empresas encuadradas en los sectores críticos cuya obligación se aplica para
los activos y pasivos corrientes. - Para el caso de las empleadoras y los empleadores inscriptos al Programa de Asistencia de
Emergencia al Sector Gastronómico Independiente, dispuesto en la Resolución 201/21, el Comité
propone que el parámetro correspondiente al indicador de liquidez sea inferior a 2,5. - Para los indicadores de cumplimiento obligatorio se requiere como condición necesaria que la
empleadora o el empleador solicitante declare valores positivos en algunos de los dos períodos de
referencia.
Cambios en el formulario de carga de la información requerida a las empresas.
Con el objetivo de adaptar el esquema de carga de información de las empresas solicitantes a las nuevas
definiciones dispuestas en la Resolución 198/21, el MTEySS implementó formularios diferenciados para las
empleadoras y los empleadores de los sectores críticos y para el acceso al Programa de Asistencia de Emergencia
al Sector Gastronómico Independiente.
En el marco de este proceso, se cometió un error material con un conjunto de empresas de determinadas
actividades que fueron orientadas al formulario específico aplicado para los sectores críticos cuando, en realidad,
pertenecían a los sectores afectados no críticos.
Esta situación se produjo con las empresas declaradas en los siguientes códigos de actividad: 110212, 452101, 477480, 477830, 651110, 651310, 561020, 561030, 562099.
Por último, dado que el formulario definido para los sectores críticos solo indaga sobre la facturación y la liquidez corriente, las empresas erróneamente clasificadas se vieron impedidas de declarar toda la información requerida por el
Programa. Por esta razón, de manera excepcional, el Comité recomienda que para evaluar el acceso al REPRO de
las empresas encuadradas en las actividades erróneamente clasificadas se les aplique los parámetros y las
condiciones exigidas a los sectores críticos.
NOSOTROS COBRAMOS EL ANTERIOR ATP AHORA PARECE QUE VARIOS LUGARES FUERON RECHAZADOS, SOY PERSONAL DE SALUD, DEBEN HABER REALIZADO OTRO TIPO DE SELECCION, AUNQUE NO ES MUY CLARO DEBIDO A QUE NADIE SABE SI SE COBRA O NO.. YA PASO UNA SEMANA QUE PAGARON A ALGUNOS PERO HAY OTROS TANTOS LUGARES QUE NO FUERON OTORGADOS… Y DIOS SABE PORQUE… YA QUE NO DAN RESPUESTAS
En caso de salir “favorecido”, la ddjj 931 de 04/2021 contempla el 100% de reduccion en el SIPA ?
Miren las Notificaciones de la ventanilla Electrónica.
Avisan por ese medio
No aun no hay novedades, normalmente primero pagan y luego informan a travez de DFE.
Pero este mes aun ni eso.
Lo extraño es que en todos los portales dice que la fecha de depósito era ayer 12/05.
A nuestros empleados aún no les han depositado, me preocupa.
Aunque creo todos estamos en la misma, verdad?
A mi me pasa lo mismo, me salen así y ninguno ha cobrado nada.
Me llegó la aprobación por Domicilio Fiscal Electrónico, dice que depositará en los próximos días.
Alguna novedad de esto ? todavía figuran todos como “tramite iniciado”
La mayoría dicen trámite iniciado. Se sabe cuando lo autorizan o rechazan y cuando depositan el monto a los empleados ?
Buenas, a mi me salió observado.. Por unos motivos que no se con exactitud a que refieren:
– Declaración Jurada: Datos erróneos, sin certificación de firma de profesional contable / sin legalización del Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas.
– Nómina de personal que presta servicios para prepagas u obras sociales: Falta de presentación u error en la confección de la misma. En caso de no contar con personal excluido, enviar planilla con un (0).-
Si alguno me puede ayudar, se lo agradezco.
Saludos.
Suena a que te piden balance certificado y de ser sector salud que envíes la nomina de empleados que prestan servicios en prepaga u O.S
Buenas, es la primera vez que presento REPRO, (antes había presentado varios ATP), es normal que aún no esté la respuesta? sigue como “trámite iniciado”
si, recién ayer se publicaron los parámetros a tener en cuenta
Buenos días, cuando es la fecha de pago de Repro II con respecto a los sueldos devengados de abril?
Carola,
Recibiste respuesta de la solicitud? Aprobada o denegada?
Hola! Yo no recibi respuesta alguna alguna aun sobre los sueldos de Abril.