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El 31 de agosto venció el plazo para que los jubilados y pensionados completen el trámite de la Reparación Histórica, y se estima que 140 mil personas dejarían de percibir dicho beneficio en octubre hasta que no regularicen su situación.
Por ese motivo, la ANSeS abrió un nuevo plazo hasta el 30 de septiembre para normalizar los trámites.
Al respecto, hay diferentes situaciones que se pueden presentar, que se resumen a continuación:
Los que no aceptaron el acuerdo por internet
En ese caso, si es es que están de acuerdo, deben aceptarlo a través de la web de ANSeS, ingresando con clave.
Los que ya aceptaron el acuerdo por internet
En el caso de haber aceptado el acuerdo por internet, solo falta terminar el trámite en una oficina de ANSES, y hay tiempo hasta el 30 de septiembre para firmarlo en una oficina de ANSeS con el patrocinio de un Abogado.
Una vez aceptado por la web, hay dos opciones
Existen dos tipos de trámites, dependiendo del monto del reajuste:
Si el reajuste es inferior a $ 500 (procedimiento abreviado)
El trámite es totalmente por internet y sin necesidad de un abogado. Sólo será necesario que el jubilado o pensionado acepte la propuesta desde Mi ANSES/Reparación Histórica y se dará por finalizado el trámite.
Si el reajuste es superior a $ 500 (procedimiento general)
El trámite se inicia por internet y luego, para la suscripción del acuerdo, el titular o su apoderado deberá presentarse con su abogado en una oficina de ANSES con turno.
Cuando el titular no pueda presentarse, el abogado deberá retirar el acuerdo impreso y hacérselo llegar para que lo firme:
- Si está imposibilitado de moverse, donde se encuentre en presencia de un escribano.
- Si no está en el país, suscriba el acuerdo certificando tu firma vía Consulado.
Luego el abogado lo deberá presentar en la oficina de ANSES de donde lo retiró y firmarlo frente a un funcionario del organismo.
Paso para acepar al reparación
1. Aceptar el acuerdo: desde www.anses.gob.ar, hay que ingresar a la sección Accesos Rápidos, opción Mi ANSES, con su CUIL y la Clave de la Seguridad Social, visualizar la propuesta y aceptarla.
2. Designar a un abogado patrocinante: en la sección Mi ANSES, la persona debe ingresar el número de CUIL/CUIT de su abogado para que lo acompañe durante el trámite.
3. Firmar el acuerdo: tanto el beneficiario como el abogado deben acercarse a una oficina de ANSES (con turno previo).
Aceptar o no aceptar la reparación
Es un pregunta frecuente pero que no tiene una respuesta única, ya que depende de cada caso en particular, por lo cual se aconseja asesorarse con un abogado previsional.
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