• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Renta Financiera: cómo y cuándo se debe pagar el nuevo impuesto

29 abril, 2019 Por Ignacio 17 comentarios

Índice de Contenidos

  • Los principales aspectos a tener en cuenta son:
    • Presentación de la DDJJ
    • Alta de Oficio
    • Aplicativo
    • Vencimiento de la Declaración Jurada y Pago
    • Códigos del Impuesto
    • Compensación del Impuesto Cedular con saldos de libre disponibilidad
  • Alícuotas según tipo de colocación
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

Fechas de pago y vencimiento del impuesto cedular, códigos de impuesto y más.

Mediante la RG 4468, la AFIP estableció precisiones sobre la forma, el plazo y demás condiciones que deben observar las personas humanas para el ingreso del impuesto cedular sobre la renta financiera y por la venta de inmuebles.

Los principales aspectos a tener en cuenta son:

Presentación de la DDJJ

Los sujetos alcanzados por el impuesto Cedular deberán presentar la declaración jurada cuando la misma arroje impuesto determinado.

Alta de Oficio

Cuando se trate del ingreso del impuesto cedular por la renta financiera, los contribuyentes serán dados de alta de oficio por la AFIP en dicho impuesto.

Aplicativo

La declaración jurada deberá realizarse a través de la Web de la AFIP, utilizando el servicio informático “Ganancias Personas Humanas – Portal Integrado”, ingresando a la opción que corresponda según el tipo de renta a declarar.

Como resultado de la transmisión de la información, el sistema generará el:

Formulario F. 2022 cuando se declaren rendimientos producto de la colocación de capital en valores, intereses de depósitos a plazo efectuados en entidades financieras y/o resultados provenientes de la enajenación de acciones, valores representativos y certificados de depósitos de acciones y demás valores,

Formulario F. 2023 de tratarse de rentas obtenidas por la enajenación o transferencia de derechos sobre inmuebles.

Vencimiento de la Declaración Jurada y Pago

Las fechas de vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada y pago del impuesto son las siguientes:

CUIT Fecha de presentación Fecha de pago
0, 1, 2 y 3 19/6/2019 21/6/2019
4, 5 y 6 21/6/2019 24/6/2019
7, 8 y 9 24/6/2019 25/6/2019

Códigos del Impuesto

El código de impuesto 1025 para el impuesto cedular sobre la renta financiera y el código de impuesto 1026 para el impuesto cedular para enajenación de inmuebles.

IMPUESTOCONCEPTOSUBCONCEPTO
1025 – Impuesto Cedular Renta Financiera019019
1026 – Impuesto Cedular Enajenación de Inmuebles019019

Compensación del Impuesto Cedular con saldos de libre disponibilidad

La resolución establece que el impuesto cedular podrá ser compensado con saldos de libre disponibilidad provenientes de otros impuestos.

Alícuotas según tipo de colocación

Tipo de colocaciónTasa aplicable
Depósitos bancarios, títulos públicos, obligaciones negociables, cuotapartes de fondos comunes de inversión, títulos de deuda de fideicomisos financieros y contratos similares, bonos y demás valores, en moneda nacional sin cláusula de ajuste5%
Depósitos bancarios, títulos públicos, obligaciones negociables, cuotapartes de fondos comunes de inversión, títulos de deuda de fideicomisos financieros y contratos similares, bonos y demás valores, en moneda nacional con cláusula de ajuste o en moneda extranjera15%

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: AFIP

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. dolar-peso dice

    16 septiembre, 2020 a las 10:16 am

    Dudas sobre la conversion de dolares a pesos, que no se encuentra en las notas sobre impuestos

    En Impuesto a las Ganancias ¿los dolares comprados se declaran en pesos al valor indicado en el recibo de compra ?

    En Impuesto a la . Renta Financiera ¿los intereses en dólares se declaran en pesos a valor dolar divisa Comprador Banco Nación, o se declara el valor diferente en pesos (a Dolar Billete comprador Banco Nacion) que informo el Banco Nacion a la Afip?

    Responder
  3. Lorena dice

    23 agosto, 2019 a las 6:16 pm

    Quisiera saber cómo puede pagar una persona que no posee cuenta bancaria x ser personal eventual (pero tuvo P.fijo en 2018 xq cobro un seguro x accidente). No se lo cobran en Rapipago con el código 1025 concepto y subconcepto 19. Muchas gracias

    Responder
  4. MARI dice

    23 julio, 2019 a las 9:07 am

    Buenos dias Ignacio, en qué se puede usar el saldo de libre disonibilidad de 1025 – CEDULARES- VALORES O DEPOSITOS, intento compensarlo con MULTA ART. 38º Y NO ME DEJA

    Responder
  5. JORGE H, ERICE dice

    13 julio, 2019 a las 1:28 am

    Consulta: Los retiros q realizan los socios, se consideran: ¿Ganancias gravadas o exentas? Gracias

    Responder
  6. Gabriela dice

    1 julio, 2019 a las 2:12 pm

    Esta presentado el impuesto cedular, el sistema ya calcula intereses, pero no me permite compensar con saldo de libre disponibilidad, me aparece un cartel diciendo “deuda controlada por sistema ics”. No puedo crear destino y no aparece deuda para compensar. Como se hace? Gracias!!

    Responder
  7. Mariel acosta dice

    10 mayo, 2019 a las 3:40 pm

    Tengo la misma consulta que Daniela. Se pone el total de los intereses de todo el 2018? Se le resta el MNI? Además coincido. En la página no está la información aún.
    Los que tienen con renovación automática. Hay que pedir al Banco detalle por detalle? De los intereses de cada vencimiento…?

    Responder
  8. Silvia Vidán dice

    5 mayo, 2019 a las 11:36 am

    Cuando la Afip piensa publicar los rendimientos de los plazos fijos del año 2018 en nuestra parte ??? Gracias

    Responder
  9. Javier dice

    30 abril, 2019 a las 7:49 pm

    Hola. Mi consulta es si la diferencia de cambio por tenencia de dólares está gravada. Los dolares están en una caja de ahorro
    Gracias.

    Responder
    • Pablo Dannemann dice

      28 mayo, 2019 a las 11:37 am

      Como Regla general, se liquida por lo “percibido”, de modo que la tenencia no está gravada.

      Responder
    • ISABEL MEJUTO dice

      20 junio, 2019 a las 7:31 pm

      No, no está gravada.

      Responder
  10. Ricardo Gutiérrez Somoza dice

    30 abril, 2019 a las 1:34 pm

    1) Caso de un “Persona Física” inscripta en DGI que efectuó una inversión financiera de importe significativo en U.S.A. (EEUU) en un fondo de inversión. Oportunamente se presentó en el blanqueo de AFIP por ese importe.

    2) Pero durante el año 2018 (al 31/12/2018) tuvo una pérdida muy importante (casi del 40 – 50 %) de su inversión original.

    3) En los primeros meses de 2019 ha tenido una recuperación del 5 – 7 % que espera se vuelva a incrementar en el resto del años 2019 y en años posteriores respecto de la situación al 31/12/2018.

    4) Esta situación para los casos de las “”Personas Jurídicas” se encuentra adecuadamente contemplada por la ley y los correspondientes aplicativos y formularios pudiendo compensarse las pérdidas con utilidades futuras durante un lapso de 10 años..

    5) PREGUNTA: En el caso de las “Personas Físicas” que se encuentran en la situación indicada al inicio VER PUNTOS 1), 2) y 3)
    a) Cual debe ser el tratamiento impositivo y la exposición para las presentaciones de la DDJJ al 31 de diciembre 2018 y 31 de diciembre de 2019 en los Impuestos a las Ganancias y a los Bienes Personales.
    b) Futuras utilidades pueden ser compensadas con perdidas de años anteriores. Concretamente como se podría hacer en funcion de los aplicativos existentes.
    c) Idem a) y b) se hubiera sido una inversión en Argentina.

    Agradezco mucho vuestra respuesta.
    Ricardo Gutiérrez Somoza

    Responder
  11. Daniela Daher dice

    29 abril, 2019 a las 1:39 pm

    Estimado buen día
    Consulta con tema Plazos Fijos: la entidad financiera informa Tenencia PF al 31/12/2018 el valor capital del último Plazo Fijo gestionado en Dic/18, pero los intereses detallados no reflejan la ganancia de todo el año (renovaciones mensuales) Nos tomamos el trabajo de sumar los intereses con cada renovación que se efectuó durante el 2018.
    Qué se debe informar a Afip? Se debe respetar el informe del Banco o ingresar manualmente la ganancia que se generó en todo el 2018 con las renovaciones que se hayan efectuado?
    Muchas gracias

    Responder
    • Gri dice

      24 junio, 2019 a las 10:10 am

      Me paso lo.mismo, ya que por los decimales al cargar la tasa de interés aplicada a cada capital de plazo generado me va quedando diferencia con respecto al.interés del banco.

      Responder
  12. roberto ramos dice

    29 abril, 2019 a las 11:58 am

    ESTIMADO SEÑOR, tengo la duda si el resultado de la compra-venta de FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN debe pagar este impuesto.- ATENTAMENTE

    Responder
    • Ignacio dice

      29 abril, 2019 a las 2:09 pm

      Si

      Responder
      • Laly dice

        29 abril, 2019 a las 4:20 pm

        a partir de que monto?

        Responder
        • Damian dice

          30 abril, 2019 a las 12:05 pm

          Sería conveniente contactarse con un contador matriculado. Saludos cordiales

          Responder

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1499) AGIP (173) Aguinaldo (78) Aguinaldo - SAC (109) ANSeS (522) Aplicativos (206) ARBA (350) Asignación Universal por Hijo (246) Autónomos (122) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (261) Casos Prácticos (217) CNTA (92) Convenio Multilateral (88) coronovirus (89) Escala Salarial (188) Factura Electrónica (78) FAECYS (395) FATSA (77) Ganancias (420) Homologación Acuerdos (126) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (119) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (83) Monotributistas (172) Noticias (87) Paritarias (532) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (189) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (87) Recibo de Sueldos (209) Resoluciones (493) Sanidad (94) SEC (101) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (125) UOM (217) UTEDYC (148)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d