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Reincorporación al Monotributo: Nueva Oportunidad para Pequeños Contribuyentes Excluidos o que hayan renunciado este año al Régimen.
La Ley 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, también conocida como Paquete Fiscal, introdujo un beneficio importante para los monotributistas que fueron excluidos del régimen desde el 1° de enero de 2024.
Puntualmente, el artículo 96 de la ley, permite a estos contribuyentes volver a adherirse al Monotributo sin tener que esperar el plazo de 3 años calendarios:
“Los pequeños contribuyentes que hubieran quedado excluidos de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes desde el 1° de enero de 2024 por aplicación de los parámetros existentes con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, podrán volver a adherirse, por única vez, sin tener que aguardar el plazo previsto en el artículo 19 del anexo de la ley 24.977 y sus modificaciones, en la medida que reúnan los requisitos subjetivos y objetivos exigidos por la normativa vigente. La Administración Federal de Ingresos Públicos establecerá las modalidades, plazos y condiciones para efectuar dicha adhesión.”
Reglamentación mediante Decreto 661/24
Ahora, el Poder Ejecutivo Nacional ha reglamentado este beneficio a través del decreto 661/24, estableciendo una serie de pauta, para que los contribuyentes afectados puedan reingresar al régimen de monotributo.
Esta medida es aplicable a aquellos que fueron excluidos o renunciaron al Monotributo con el fin de inscribirse en el Régimen General de tributos, durante el período comprendido entre el 1° de enero de 2024 y el 31 de julio de 2024.
Pueden volver excluidos y quienes renunciaron
Los contribuyentes que fueron excluidos del Monotributo o que Renunciaron para inscribirse en el Régimen General, podrán optar por adherirse nuevamente al RS sin esperar que transcurra los 3 años calendario posteriores al de efectuada la renuncia o realizada la exclusión.
Similares disposiciones aplican para los trabajadores independientes inscriptos en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente, que excedieron los límites fijados por la reforma.
Obligaciones y Condiciones
Los monotributistas de actividades servicios, a quienes aplicaba el límite máximo de la categoría H y que superaron el monto máximo de ingresos brutos entre el 1° de enero y el 31 de julio de 2024, serán considerados en cumplimiento si pagaron los importes correspondientes a la categoría H y no excedieron el límite de la categoría K.
Limitaciones
Es importante destacar que, en ningún caso, se permitirá el recupero de las sumas abonadas anteriormente bajo ningún mecanismo.
Plazo
Además, podrán regresar al Régimen Simplificado, sin esperar el plazo de 3 años anteriormente previsto para estos casos, quienes hayan renunciado o hubiesen sido excluidos del monotributo para pasar al régimen general, desde el 1° de enero al 31 de julio de 2024, ya que los cambios en las categorías son retroactivos al 01 de enero del presente año.
Esta posibilidad de regresar al monotributo está disponible únicamente hasta el 30 de setiembre de 2024.
CAROLINA EUGENIA CAMPI dice
Dicen que se podrá reingresar a monotributo hasta el 30 de sept 2024, pero aún no establecen como hacerlo?
ailin dice
Y como se manejan los que no se excluyeron pero no estaban en categoría H? tengo un caso asi, en categoría G, que se pasaba en mayo, y decidió esperar la exclusión la cual nunca sucedió. Ahora está en condiciones de permanecer en el monotributo, pero no cumple la condición de haber abonado la H, hay manera de solucionarlo?
Ana Maria dice
Hola Me exclui de Monotributo en abril 2024y me pase al régimen general. Con los nuevos parámetros podría volver al Monotributo. A partir de qué fecha puedo reingresar? Tengo que abonar los meses en que pagué como Resp. Inscripto al Monotributo? Cómo se efectuar el pase?
Monica Navarrete dice
Buenos días! Me di de baja en el monotributo por superar los límites de facturación en febrero de 2024 y me inscribí en IVA, Ganancias e IIBB y pagué las posiciones mensuales. Como hago en la práctica para volver al monotributo ya que con los nuevos parámetros lo puedo hacer. Tengo que esperar al 31 de julio para saber la facturación hasta esa fecha? Me vuelvo a dar de alta a partir del 1 de agosto? Tengo que abonar las cuotas del monotributo categoría H por los meses en los que estuve fuera del régimen?