A través de los Decretos 894/2016 y 895/2016, publicados hoy en el B.O. el Poder Ejecutivo Nacional reglamentó la ley 27260 de Blanqueo y la Reparación Histórica para los jubilados.
El decreto Decreto 895/2016 se reglamenta el régimen de sinceramiento fiscal, exteriorizar la tenencia de moneda nacional o extranjera, títulos valores, así como también bienes muebles e inmuebles para las personas físicas, preexistentes a la fecha de promulgación de la ley 27.260, y para las sociedades, 1º de enero de 2016.
De todos modos, todavía son necesarias normas de AFIP, ANSES, CNV y BCRA para que la exteriorización de bienes esté plenamente operativa. Habrá plazo hasta el 31 de marzo de 2017 para adherir al Régimen de Sinceramiento Fiscal.
El decreto 895 autoriza en su artículo 13 el ingreso al régimen de quienes tengan juicios por dinero sin declarar, al establecer que abarca “las obligaciones que se encuentren en curso de discusión administrativa, contencioso administrativa o judicial en los ámbitos penal tributario, penal cambiario y aduanero”.
En tanto, por medio del Decreto 894/2016 se publica la reglamentación del Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados, que permitirá comenzar a pagar las deudas previsionales a quienes hayan o no iniciado juicios contra el Estado por la mala liquidación de sus haberes.
Según la normativa, a partir de hoy la ANSeS actualizará su página web para que los jubilados, por medio de su clave de la seguridad social, puedan visualizar en la pantalla si tienen derecho o no a cobrarla.
De este modo, quedará habilitado después del mediodía el sitio www.anses.gob.ar/reparacionhistorica para iniciar el trámite.
Fuente: El Cronista
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