ARCA deroga la normativa que regulaba la Iniciativa de Seguridad en Tránsito Aduanero (ISTA).
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha anunciado, mediante la Resolución General 5622/2024, la abrogación de la Resolución General 4.288, la cual regulaba la Iniciativa de Seguridad en Tránsito Aduanero (ISTA). Esta medida forma parte de una política de simplificación normativa y modernización de los procesos aduaneros.
¿Qué implicaba el régimen ISTA?
El régimen ISTA exigía que los transportistas que realizaran operaciones de tránsito terrestre de importación estuvieran inscriptos en los “Registros Especiales Aduaneros”. Esto implicaba una serie de requisitos y garantías específicas para garantizar el cumplimiento de las operaciones aduaneras.
Motivos de la derogación:
- Reducción de la carga administrativa para los operadores de comercio exterior.
- Evitar duplicación de normativas con otros regímenes vigentes, como el Tránsito Aduanero Monitoreado de Importación (TRAM) regulado por la Resolución General N° 5.451.
- Agilización y simplificación de los procesos de registro en el ámbito aduanero.
Cambios en el Manual del Usuario del Sistema Registral:
- Se eliminó el cuadro correspondiente al “Transportista ISTA” en el Título “Registros Especiales”.
Objetivo:
- Mayor eficiencia en los procesos de tránsito aduanero.
- Reducción de costos operativos para los transportistas y operadores del comercio exterior.
- Simplificación en los trámites de registro aduanero.
La Resolución General 5622/2024 entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, el 27 de diciembre de 2024.
Resolución General 5622/2024
AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
RESOG-2024-5622-E-AFIP-ARCA – Iniciativa de Seguridad en Tránsito Aduanero (ISTA). Resolución General N° 4.288. Su abrogación.
Ciudad de Buenos Aires, 23/12/2024
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2024-01725251- -AFIP-DIREPA#DGADUA y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución General N° 2.570 y sus modificatorias, aprobó el “Sistema Registral” y dispuso la creación de los “Registros Especiales Aduaneros”, integrados por los operadores de comercio exterior.
Que la Resolución General N° 4.288 estableció que los transportistas que pretendan realizar destinaciones de tránsito de importación por la vía terrestre en el marco de la “Iniciativa de Seguridad en Tránsito Aduanero (ISTA)”, deberán estar inscriptos en los “Registros Especiales Aduaneros”.
Que, posteriormente, la Resolución General N° 5.451 estableció un nuevo esquema de garantías a ser constituídas por los Prestadores ISTA para responder por los gravámenes y sanciones eventualmente aplicables en caso de incumplimiento de las operaciones de Tránsito Aduanero Monitoreado de Importación (TRAM).
Que este Organismo se encuentra abocado a la revisión de diversos registros y regímenes de información implementados que pudieran obstaculizar la agilización de los procesos y la facilitación del comercio, llevando a cabo la simplificación normativa, así como la eliminación de aquellas normas cuya aplicación ya no cumplan la finalidad prevista con su dictado.
Que atento a la experiencia recogida, en función de las necesidades actuales y analizando lo establecido por la Resolución General N° 5.451, resulta oportuna la abrogación de la Resolución General N° 4.288.
Que, en consecuencia, corresponde modificar el Anexo “Manual del Usuario del Sistema Registral” de la Resolución General N° 2.570 y sus modificatorias.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Técnico Legal Aduanera, Control Aduanero, Recaudación, Operaciones Aduaneras Metropolitanas, Operaciones Aduaneras del Interior y Sistemas y Telecomunicaciones, y la Dirección General Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, y el Decreto N° 953 del 24 de octubre de 2024.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Abrogar la Resolución General N° 4.288.
ARTÍCULO 2°.- Modificar el Anexo “Manual del Usuario del Sistema Registral” de la Resolución General Nº 2.570 y sus modificatorias, en la forma que se detalla seguidamente:
- Derogar en el Título “Registros Especiales”, 10. Requisitos Particulares, el cuadro correspondiente al “Transportista ISTA”.
ARTÍCULO 3°.- Esta resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial, difúndase en el Boletín de la Dirección General de Aduanas y archívese.
Juan Alberto Pazo
e. 27/12/2024 N° 93499/24 v. 27/12/2024
Fecha de publicación 27/12/2024
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