Régimen de información de compras y ventas: Calendario de vencimientos.
Los obligados a cumplir con este régimen son los sujetos alcanzados por el régimen de factura electrónica (excepto los monotributistas), sujetos inscriptos en el impuesto al valor agregado a partir del 01/01/2014, sujetos inscriptos en el impuesto al valor agregado y que a al 01/01/2015 se encuentren alcanzados por el Régimen de Almacenamiento Electrónico de Registraciones y los designados a tal efecto por la AFIP, que se publicarán en www.afip.gob.ar/comprasyventas.
La primer información a proporcionar comprende el detalle de los meses de enero y febrero de 2015 y debe ser cumplimentada a la fecha de vencimiento de la declaración jurada de IVA del período mayo, es decir, en Junio 2015, de acuerdo a la terminación del CUIT:
Terminación de CUIT | Fecha de Vencimiento |
0-1
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18/06/2015
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2-3
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19/06/2015
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4-5
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22/06/2015
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6-7
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23/06/2015
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8-9 | 24/06/2015 |
Recuerde que el resto de los períodos deberá presentar el régimen informativo de acuerdo al siguiente cronograma:
Meses a informar | Fecha de Vencimiento |
Enero y Febrero de 2015
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Junio de 2015 (DDJJ IVA Mayo/15)
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Marzo y Abril de 2015
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Julio de 2015 (DDJJ IVA Junio/15)
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Mayo y Junio de 2015
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Agosto de 2015(DDJJ IVA Julio/15)
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Julio y Agosto de 2015
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Septiembre de 2015 (DDJJ IVA Agosto/15)
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Anónimo dice
Ignacio; en el mes de marzo 2015 nos dimos de alta en el Régimen de Factura en Línea Código de punto de venta 0002 exclusivamente para Ventas al Estado, (sin haber emitido ninguna factura). Las restantes operaciones las seguimos realizando manualmente.
Al ser RI e a partir del 1 de julio de 2015 estamos obligados a realizar toda la facturación de forma electrónica.
Nos queda la duda si la obligación del Régimen de Información de compras y ventas comienza en marzo o en julio. Gracias
Ignacio; en el mes de marzo 2015 nos dimos de alta en el Régimen de Factura en Línea Código de punto de venta 0002 exclusivamente para Ventas al Estado, (sin haber emitido ninguna factura). Las restantes operaciones las seguimos realizando manualmente.
Al ser RI e a partir del 1 de julio de 2015 estamos obligados a realizar toda la facturación de forma electrónica.
Nos queda la duda si la obligación del Régimen de Información de compras y ventas comienza en marzo o en julio. Gracias
Ignacio,disculpame,¿Podrás informarme la fuente de lo que comentaste de ingresar compras y ventas desde julio de 2015 si estoy alcanzado a esa fecha por factura electronica? Me la piden algunos clientes. Gracias.
Tenía la misma duda de la consulta anterior, ya que como es costumbre toda la implementación del sistema se hizo de manera "desordenada" por usar un término suave. Viene muy bien esa aclaración.
Muchas Gracias Ignacio
Ignacio, Si estoy obligado a emitir factura electronica a partir del 1 de julio de 2015 estaria alcanzado por este regimen a partir de esa fecha y por los comprobantes desde esa fecha? Saludos. Luis
Si, si quedas obligado a partir del 1 de julio, tenés que presentar desde esa fecha
Ignacio, acerca de la Resolución Nº 3711 sobre la DDJJ de IVA a través de Mis aplicaciones Web, se debe continuar presentando la DDJJ de Iva por el Siap también, o sólo se presenta por el Form 2002? No me quedó claro este punto, muchas gracias. Claudia