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¿Quienes cobran la asignación por Ayuda Escolar?

20 febrero, 2015 Por Ignacio 129 comentarios

Qué requisitos que se deben cumplir para cobrar la asignación por Ayuda Escolar que paga la ANSES. 

¿Quienes cobran la asignación por Ayuda Escolar?

La Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual es el pago anual por escolaridad o rehabilitación del hijo o hijo con discapacidad, que ANSES abona a:
  • trabajadores registrados (en blanco)
  • titular de la Prestación de la Ley de Riesgos del Trabajo
  • titular de Prestación por Desempleo, 
  • Jubilados y Pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) 
  • titular de una pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.  

Se abona siempre que el titular tenga derecho al cobro de la asignación familiar por hijo o hijo con discapacidad, al menos en un mes dentro del año calendario.

  DEL TITULAR  
– Ser trabajador en relación de dependencia o titular de la prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo de empresas incorporadas a SUAF, titular de la Prestación por Desempleo, titular jubilado o pensionado del Sistema Integrado Previsional Argentino o titular de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
– Tener derecho al cobro de la Asignación Familiar por Hijo y/o Hijo con Discapacidad, al menos
en un mes, entre los meses de enero a diciembre de cada año.
– Presentar cada año el Formulario PS.2.68 “Acreditación de Escolaridad/ Escolaridad
Especial/ Formación”.
  DEL HIJO  
– Que el hijo concurra a Establecimientos Nacionales, Provinciales, Municipales o Privados (subvencionados o no), que se encuentren incorporados a la enseñanza oficial, que estén reconocidos y funcionen con permiso expreso de la autoridad educacional oficial, en los cuales se imparta:
  • Educación Inicial (*) – Desde los 45 días de vida hasta los 5 años de edad
  • Educación Primaria o Educación General Básica (EGB),
  • Educación Secundaria o Polimodal, o
  • Educación Diferencial o Especial en establecimientos Oficiales o Privados.

(*)Nivel Inicial: comprende a los niños entre los 45 días de vida hasta las Salas de 5 años inclusive,
abarcando Jardines Maternales, Jardines de Infantes, Salas Multiedades o Salas Rurales, Preescolar,
incluyendo las distintas secciones y ciclos que respondan.
  DEL HIJO CON DISCAPACIDAD  
– Que el hijo con discapacidad, que cuente con autorización expresa de ANSES vigente, concurra
a los establecimientos y niveles detallados en “DEL HIJO” o bien cuando reciba:
  • Educación Diferencial o Especial impartida por maestros particulares que posean matrícula
  • registro/legajo habilitante, o
  • concurra a Talleres Protegidos o Instituciones de Formación Laboral que ayuden al
  • desarrollo e inserción de la persona con discapacidad, o
  • reciba rehabilitación en Establecimientos oficiales o privados.

Para la percepción de la Asignación por Ayuda Escolar Anual por Hijo, los Ingresos del Grupo Familiar deben encontrarse entre los topes mínimo y máximo dispuestos por la normativa vigente, tanto el individual como el del grupo familiar. Actualmente es de $15.000 y 30.000 pesos respectivamente.
En el caso de la Asignación por Ayuda Escolar Anual para el Hijo con Discapacidad que cuente con
Autorización expresa de ANSES vigente, no rigen topes mínimos ni máximos de Ingresos del Grupo Familiar.

Fechas de cobro
• Trabajadores en relación de dependencia: a partir de 1º de marzo 
• Jubilados y pensionados: junto con el haber de marzo de 2015 desde el jueves 5. 

Monto a cobrar:  




En todos los casos, deberá presentarse en cualquier momento del año el certificado de escolaridad ante la ANSES de los niños, niñas y adolescentes.

Por último, se recuerda que para solicitar esta prestación es necesario contar con la información del titular y su grupo familiar registrada

en las bases de ANSES. Si usted ya cuenta con sus datos actualizados no será necesario que presente 
nuevamente la documentación.
En caso contrario, solicite la Cartilla “ACTUALIZACIÓN DE VÍNCULOS FAMILIARES” para consultar la documentación que deberá presentar para acreditar sus datos personales como los de sus relaciones familiares y para actualizar el domicilio de su grupo familiar.

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: ANSeS, Ayuda Escolar, Ayuda Escolar 2015, Preguntas Frecuentes

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    26 junio, 2015 a las 2:41 pm

    hola yo tengo dos hijos soy separada, solo cobre el embrazo, me dijeron en el anses que no puedo cobrar la asignacion porq en la partida no figura el numero de documento del padre el los registro con su pasaporte peruano y bueno el se desaparecio y mis hijos ahora no cobran asignacion que puedo hacer.

    Responder
  3. Anónimo dice

    22 junio, 2015 a las 2:51 pm

    hola yo cobro en negro igual mis hijos reciben ayuda escolar ono…

    Responder
  4. Anónimo dice

    19 junio, 2015 a las 11:10 pm

    Cuales son los requisitos para la ayuda escolar

    Responder
  5. Anónimo dice

    1 junio, 2015 a las 10:07 am

    Hola…….en anses m dijeron que solo por mi nena de 3 años cobro ayuda escolar por el de 6 y 11 no cobro no le corresponde m dijeron en anses. ….soy empleada dinástica y cobro asignación.. quisiera que m digas si es así o debo cobrar por los tres?? Gracias

    Responder
  6. Anónimo dice

    5 mayo, 2015 a las 12:11 am

    Espero que mi consulta sea respondida…ya que estamos muy por debajo de lo que sale la canasta familiar…y perdón si ofendi a alguien diciendo si teníamos que matar a alguien e ir presos para tener un beneficio,pero sinceramente no se dónde preguntar ya…

    Responder
  7. Anónimo dice

    5 mayo, 2015 a las 12:08 am

    Hola,a mi marido lo inscriben el trabajo de el como monotributista,y a partir de abril no me pagan la asignación ni ayuda escolar,ahora yo pregunto a caso no dicen que pueden cobrar las personas que cobren entre 200$ y 30.000$?…entre mi marido y yo no llegamos ni a 4.000$ que tenemos que hacer,matar a alguien,ir presos y así tener el beneficio???por favor necesito saber a quién reclamo o consulto…

    Responder
    • Anónimo dice

      10 mayo, 2015 a las 10:45 pm

      Buscá un abogado, en muchas ciudades hay abogados para consultas gratuitas. Saludos.

      Responder
  8. yiyo dice

    22 abril, 2015 a las 6:29 pm

    Trabajaba en blanco y en marzo presente las libretas y me siguen pagan 554 pesos y me deben diciembre enero y febrero y no me pagaron…y tengo un bebe q el papá figura en blanco pero yo no tengo contacto como hago para cobrarla yo??

    Responder
  9. yiyo dice

    22 abril, 2015 a las 6:28 pm

    Trabajaba en blanco y en marzo presente las libretas y me siguen pagan 554 pesos y me deben diciembre enero y febrero y no me pagaron…y tengo un bebe q el papá figura en blanco pero yo no tengo contacto como hago para cobrarla yo??

    Responder
    • Anónimo dice

      10 mayo, 2015 a las 10:42 pm

      No podés cobrarla vos porque el padre está en blanco. La ley dice que le da prioridad al que tiene trabajo. Y para tu caso deberías ir al tribunal de familia de tu ciudad y mencionar tu caso y la justicia hará lo que le corresponda. Saludos.

      Responder
  10. Anónimo dice

    6 abril, 2015 a las 11:34 am

    Hola, yo cobro la Asignacion universal x Hijo, puedo cobrar la Ayuda Escolar?

    Responder
    • Anónimo dice

      10 mayo, 2015 a las 10:40 pm

      Hola, no, no la podés cobrar porque cuando hacés la presentación de la libreta, luego te pagan el retributivo que te estuvieron descontando todos los meses.

      Responder
  11. Anónimo dice

    6 abril, 2015 a las 4:46 am

    Hola tengo una hija de dos años y no va a jardín me corresponde igual la ayuda escolar?

    Responder
  12. Anónimo dice

    5 abril, 2015 a las 9:26 pm

    Ola yo tengo turno para el 7 de abril para presenta el formulario q entrego el formulario y cuando me lo pagan

    Responder
  13. Anónimo dice

    3 abril, 2015 a las 2:07 pm

    hola ignacio cuando vas a contestar todos los mensajes q te dejamos con la gente como por ejemplo la pregunta q casi todos te hacen,tengo la asignacion universal por hijo ¿porque no cobro la escolaridad?

    Responder
  14. Cintia Guzman dice

    1 abril, 2015 a las 2:13 pm

    Hola Ignacio necesito saber si mi hijo con discapacidad le corresponde cobrar la asignacion por hijo con discapacidad teniendo ya la pension no contributiva , eN caso que no se pueda que me aconsejas porque mi marido el papá de mi hijo tambien es discapacitado y tiene cud .muchas gracias espero tu respuesta pronto

    Responder
  15. Cintia Guzman dice

    1 abril, 2015 a las 2:12 pm

    Hola Ignacio necesito saber si mi hijo con discapacidad le corresponde cobrar la asignacion por hijo con discapacidad teniendo ya la pension no contributiva , eN caso que no se pueda que me aconsejas porque mi marido el papá de mi hijo tambien es discapacitado y tiene cud .muchas gracias espero tu respuesta pronto

    Responder
  16. Anonimo dice

    31 marzo, 2015 a las 3:32 pm

    Hola Buen Día !! quería saber si me corresponde cobrar el salario familiar ,escolaridad y beca ya que yo estoy pagando un monotributo mínimo como para poder tener un aporte jubilatorio y una obra social para mi hija y para mi ya que soy mama soltera y mi trabajo es temporal.Desde ya muchas gracias espero su respuesta

    Responder
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