AFIP fija nuevas fechas para la presentación de agosto del LSD y el F.931.
El Consejo CABA informó que, luego de su pedido, la AFIP extenderá el plazo para presentación y pago del formulario F.931 de agosto, para el 13, 14 y 15 de septiembre.
Desde el Consejo se efectuó una presentación requiriendo dicha prórroga, para brindar mayor plazo para cumplir con las tareas profesionales.
Y en efecto, el Fisco prorrogá los vencimientos previstos para los días 11, 12 y 13 de septiembre para los días 13, 14 y 15 del mismo mes.
La solicitud se debe a la demora en la implementación ya adecuación del Libro de Sueldos Digital para aplicar el beneficio establecido en el decreto 438/23.
Por otra parte, aquellos que no se encuentren obligados utilizar el mencionado sistema , deberán informar las referidas sumas a través del sistema “Declaración en Línea” o mediante el aplicativo “SICOSS”, en el campo “Asignación no Remunerativa Dcto 438/23”del “Cuadro de Datos Complementarios.
FERNANDO dice
Buenos días … logramos presentar las cargas sociales y compensar lo abonado por el Bono DR 438/2023 contra las Contribuciones patronales, pero no nos aparece lo abonado por dicho concepto en la nómina del 931. ¿ Se sabe por qué podría ser ? Gracias, Saludos !
Silvana dice
Buen día: Les consulto Farmacias que dice que paguemos el bono y aclaran calculando sueldo neto (de bolsillo) y dentro de las aclaraciones del Decreto era Bruto + No rem. – Jub., Ley 19032 y Obra Social . Qu{e hicieron Uds?.
Otra: Sanidad: Hacen el reajuste dentro del mes de setiembre o rectifican Agosto?
Desde ya, muchas gracias por su colaboración.
A vos, Ignacio, siempre impecable. Gracias!
Manuel dice
Buen dia gente… Mi cliente ya me pidió que presente el 931 y ya lo pago, Si hago la rectificativa, y deduzco el pago del bono, como recupero la diferencia que ya pago de mas? Hay que hacer algun tramite?
Gracias!
Carlos dice
Va a quedar a favor el saldo. Desde cuentas tributarias podes aplicar ese saldo a favor a otro periodo y/o impuesto
Julieta dice
Alquien me puede decir si pudo cargar retenciones de seg social subiendo el archivo txt? desde ayer me sale un error y no me permite cargarlo
sofia dice
Fijate que puede ser por como se descarga el archivo en cuanto a su nombre. Cambiale el nombre y ya esta
Karina dice
Hice el F 931 y tomé la opcion sobre dec394, toma el calculo bien sobre el 15% y el pago a cuenta, calcula lo que es a pagar, pero cuando lo presentas desaparece el 351 Contrib de SS, tampoco aparece lo que es SIPA y No Sipa. Por supuesto el vep sale sin la contrib S.S.
No se si es un error de Afip o hay que poner algun codigo especial
Valeria dice
me paso! Luego volvi a entrar y si estaba… desastroso!!!
Néstor dice
Karina
Si tomastes lo del decreto 438/23 ( 30.000) + Decreto 394 (Deb-Cred) + Detracc art. 23 Ley 27.541 ($1.800) por ahi te cubrio todo lo que es (351) Contrib Seg Social. por eso te sale en 0.
Marcela dice
Claro..se divide Fíjate abajo en #totales a pagar# ahí te hace el descuento d impuesto a los debitos
Carolina dice
Buen día Karina
El vep del concepto 351 lo tenes que generar por separado desde sistema de Cuentas Tributarias, allí ya aparece el importe con los descuentos
Analía B dice
Me pasa exactamente lo mismo: en pantalla me muestra el formulario 931 correcto, con las contribuciones SIPA y NO SIPA discriminadas y descontado el 30% del impuesto a los débitos y créditos. Feliz, pongo ACEPTAR Y ENVIAR. Pero cuando voy a ver el formulario 931 presentado no coincide con el que se mostraba en pantalla, no descontó el impuesto a los débitos y créditos, y no muestra disciminadas las contribuciones SIPA y NO SIPA. Un desastre Afip.