¿Se proporciona la suma no remunerativa de $5000 del decreto 1043/18?
Respecto a si se debe proporcionar el “bono” de $5000 del decreto 1043/18, hay que decir que la misma normal lo establece en su artículo 2:
ARTÍCULO 2°.– Cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal o convencional, los trabajadores percibirán la asignación en forma proporcional, de acuerdo a los mecanismos de liquidación previstos en el convenio colectivo aplicable o, supletoriamente, según las reglas generales contenidas en la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Por lo tanto, los trabajadores que realicen jornada parcial, percibirán la asignación no remunerativa de manera proporcional a la jornada que realicen.
Por ejemplo, si el empleado trabaja media jornada, la suma no remunerativa se divide por 2, pasando a ser de $2.500 y a abonarse en dos pagos, de $1.250 en noviembre 2018 y enero 2019.
Es decir que, en la misma proporción que se realiza la jornada, se debe pagar el bono.
Ingresos y egreso durante Noviembre
Ahora, respecto a la proporcionalidad para empleados que ingresaron con posterioridad al 1° de noviembre, el decreto no aclara si se el pago es proporcional. El mismo problema se presenta si se produjo la extensión del contrato de trabajo antes del 30 de noviembre.
A mi entender, a falta de aclaración debería pagarse la suma en su totalidad. De todos, entiendo que se presentarían algunas sitauciones injustas.
Por lo que seria razonable, que el Ministerio de Producción y Trabajo se pronunciara en este sentido, y así evitar futuros reclamos o situaciones polémicas.
De hecho, el decreto en su artículo 10 establece que el Ministerio “en su carácter de Autoridad de Aplicación, queda facultado para dictar las normas complementarias y aclaratorias del presente.” Lamentablemente, hasta el momento esto no ha sucedido.
Gaston dice
De lo contrario nos dijeron q mostremos un documento donde diga q no se devuelve el bono
Hola me descontaron el bono pq la empresa dice q hay un decreto donde dice q se devuelve con futuros aumentos . Es así?
Buen dia.
Mi consulta es la siguiente.
El bono se descuenta en futuras remuneraciones???
No, se puede descontar, en algunos casos, de acuerdos de ajuste 2018
Buen día, Los empleados en el convenio de UOCRA, que empezaron a trabajar en enero 2019. ¿le corresponde cobrar la segunda cuota de $1500?
en uocra me informaron que sí, proporcional si el ingreso no fue el primer día de la quincena
Hola ingrese a trabajar jornada completa el 25/01/2019 me corresponde cobrar la segunda cuota de $2500?
buenos días, una consulta, para un trabajador que se desvinculó el 21/01/2019, el valor de la 2º cuota del bono, es proporcional o va por su totalidad???. Gracias
HOLA, INGRESE A TRABAJAR JORNADA COMPLETA EN COMERCIO EL 3 DE DICIEMBRE DE 2018, ME CORRESPONDE COBRAR EL BONO, EN CASO AFIRMATIVO CUANTO SERIA LO QUE TENGO QUE COBRAR ??
Si, los 2500 que se cobran en enero
Hola Ignacio,
Buenas tardes, gracias por la información.
Mi nombre es Florencia, en el recibo de sueldo de Noviembre cobré los $ 2.500 según decreto 1043/18.
A partir de Enero, envié mi telegrama para reducir mi jornada laboral a medio día.
Considerando esta reducción de jornada a partir de Enero, en el recibo de Febrero, debo cobrar los 2.500 enteros o un proporcional ?
gracias y saludos,
Florencia
proporcional
Un empleado que ingresó el 01/01/2019 tiene derecho a cobrar la segunda cuota del bono que se paga en Febrero? y uno que ingresó el 01/12/2018?
Gracias
A mi entender si
HOLA!
EMPLEADOS DE LAS CONSTRUCCION QUE INGRESARON EL 14/1/2019. COMO PAGAMOS EL BONO? ES PROPORCIONAL O 100%?
Quería saber en el caso de construcción
1- Empleados que ingresan en enero y cobran quincenalmente por horas trabajadas, debemos pagar bono proporcional teniendo en cuenta 88 hs como 100 % ??
2- Los obreros que se dan de baja, deberían cobrar las cuotas pendientes del bono (Enero/Febrero) ?,
Porque solo cobraron la parte de diciembre al tener fecha de egreso 10/1 y los que egresaron 15/1 cuota bono dic y enero.
cuota febrero tiene que ser abonada ?
3-UOCRA / OSPECON retiene ob.soc. sobre bono, en una nomina de 150 obreros se utilizó el sistema de calculo para todos, a pesar que un 10 % de los obreros tienen elegida otra ob. social. Se debería discriminar el calculo por ob.soc. =?
Buenos días, quisiera consultarles si a los empleados con fecha de ingreso Enero 2019, se le debería abonar la 2 cuota junto con su primer liquidación?
Teniendo en cuenta, que el decreto se origino como bono extraordinario, en el caso de que la empresa no haya entregado alguno en el 2018 por inflación.
Aguardo sus comentarios,
Gracias y saludos,
A mi entender, no, solo la de enero
Gracias Ignacio, si se ha contemplado en su ingreso base la inflación del 2018, vos crees que debería abonarla igual?