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En CABA, los Profesionales están exentos en Ingresos Brutos cuando posean título de grado por carreras de 4 años.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los profesionales que ejercen su profesión liberal universitaria no organizada en forma de empresa, se encuentran exentos de pleno derecho al pago del impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Esto es en virtud de lo establecido en el Art. 179, inc. 7 del Código Fiscal vigente y Decreto Reglamentario 2033-GCBA-2003.
Pero sucede, que muchas empresas solicitan un certificado de exención. Por esta razón, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), ha creado el “Registro de Profesionales Autodeclarados Exentos”.
Esta herramienta, de carácter voluntario, es para que los sujetos exentos de pleno derecho no sean alcanzados por retenciones y/o percepciones en el impuesto sobre los Ingresos Brutos por parte de los Agentes de Recaudación e Información.
¿Qué profesionales están exentos de Ingresos Brutos?
Para que los ingresos derivados de la actividad profesional resulten exentos, es necesario que la carrera de grado universitaria posea una duración no inferior a 4 años, por lo cual en el transcurso del trámite se le requerirán una serie de datos complementarios.
Requisitos para acceder a la exención
- Título universitario
- Carrera de grado con duración de 4 años o más (en UBA el CBC se cuenta como primer año)
- No estar organizado en forma de empresa
- Estar matriculado. Para los casos en que sea condición para la práctica profesional, como es el caso de los Contadores.
¿Cómo se realiza el trámite de exención?
1. Gestionar previamente la Clave Ciudad Nivel 1 haciendo clic aquí
2. Adherir al servicio de Registro de Profesionales Exentos, aportando nombre y apellido, Nº de CUIT y dirección de correo electrónico, entre otros datos.
3. Una vez finalizada la inscripción, el contribuyente deberá validar por correo electrónico la dirección consignada y posteriormente recibirá otro correo que acreditará que la información ha sido registrada.
La permanencia en el presente Registro dependerá de que el contribuyente no modifique la situación frente al impuesto.
Mariela Antueno dice
Hola Ignacio: los licenciados en economia tienen que estar matriculados,
Daiana dice
Hola Ignacio. Soy monotributista hace 1 año y medio pero no tengo el titulo todavía. No pago IIBB ya que me acabo de enterar que debo pagarlo gracias a tu blog. No me salta ninguna deuda en AGIP, debo hacer el tramite con fecha pasada?
Gracias
agustina dice
Hola! Si soy escribana y tengo domicilio en santa cruz, y comienzo a facturar en CABA, debo inscribirme en convenio y solicitar la excencion?
Gracias
Ignacio dice
Hola, si, sería convenio y tramitas el registro de la exención
Profesional auto declarado exento en Capital, ademas poseo un inmueble en alquiler, estoy en régimen simplificado de IIBB en AGIP, para recategorizarme debo tomar el total de ingresos o solo el de los alquiles?
Hola. Soy ingeniero en sistemas de la Utn de buenos aires. Presente la exención, primero me la dieron, me di de alta como monotributista excento y después me llegó un mail diciendo que la rechazaban porque necesito matrícula. Van a cruzar los datos o puedo seguir como excento?
Hola, pudiste determinar si las Ciencias de la Computación están excentas o hay que matricularse en Copitec para solicitar la exención? Gracias
Ignacio,
¿Sabes si los profesorados de 4 años de duración entran en este regimen también? Gracias!
Ignacio, soy abogado y tengo otra segunda categoría como transportista en IIBB capital, quiero dar de alta la en ISIB la categoria PROFESIONALES EXCENTOS para ponerla en el prinicipal y no tengo el codigo ni tipo de actividad en el nomenclador.
Vos sabes como se busca o como se ingresa?
Hola Augusto, cuál de las actividades es la que no encontras?
Hola Ignacio, el régimen de profesionales exentos auto declarados.
Tiene algun nro. de actividad?
Gracias
hola ignacio quiero saber si me podes orientar en algo básico pero que desconozco, soy monotributista con domicilio en PBA Y Facturo el alquiler de un inmueble que también esta en pba y de eso pago en Arba las declaraciones juradas mensuales del 3,5 % aunque también facturo en caba por servicios profesionales exentos (con domicilio del cliente en caba) y me llego una notificación de Arba que hay inconsistencias en las detectadas en mis declaraciones de entre ibis y monotributo, como hago para cumplir con la obligación? integro el registro de profesionales por ser psicólogo., matriculado, con una carrera de mas de 4 añosde plan de estudios y no estoy organizado en forma de empresa.
desde ya muchas gracias.
Hola
Hay que ver cuales son las inconsistente a la que hace referencia ARBA y actuar en consecuencia, tenés que entrar a la web y ver que es lo que reclaman, te recomiendo que consultes con un colega.
Hola ignacio, para que preceda la exención debe estar matriculado en CABA, ej. odontologo matriculado en pcia. Bs as, presta servicios en CABA esta exento?….obvio esta incluido en convenio.
Hola!! Tengo la duda si soy un profesional extranjero también puedo quedar exento de este impuesto? Gracias de antemano
Hola Gabriela,
Pudiste solucionarlo? yo estoy con el mismo inconveniente.
Gracias
Hola! En el caso del farmacéutico que factura a la farmacia por la dirección técnica de la misma. Corresponde la exención??
Gracias!
Yanina
Soy argentino pero mis títulos universitarios sond e universidades de Canadá y EEUU.
El aplicativo de AGIP no prevé esa posibilidad. ¿Qué hago? y qué corresponde?
Hola Ignacio, mi esposa es profesional pero nosotros no sabiamos de esta exencion y ya desde hace años que estaba inscripta en RS y pagando las obligaciones mensuales. Hace un par de dias nos informan que queda excluida del RS por ingresos y pasa al RG. Ahi nos enteramos del tema exencion y ya gestionamos lo de registro de exclusiones. Ademas de eso, tendria que darle de baja en el RG ? Ella igual va a poder seguir facturando si le damos de baja ? Gracias por tu tiempo
Hola,
Contador Publico, matriculado en CABA, domicilio real en Prov Buenos Aires, que va a facturar desde Monotributo a clientes de CABA, es necesario inscribirlo en Convenio Multilateral?
Gracias!
Hola, si, convenio régimen especial
Consulta, en este caso (CM art 10°), hay que hacer igualmente el trámite de inscripción en el Registro de Profesionales Autodeclarados Exentos? Gracias!
Hola. Muy esclarecedor el articulo. Pero tengo una duda, yo tengo titulo universitario de España, me lo aceptaran en el tramite o deberia hacer una convalidacion?
gracias