El proyecto de ley prevé la modificación del artículo 16 de la ley 26.065, con el propósito de determinar que los bancos y las financieras emisores de tarjetas sólo puedan aplicar intereses compensatorios o financieros que no superen el equivalente a dos veces la tasa de interés calculadasobre el promedio de las tasas que pagan por depósitos a plazo fijo de más de un millón de pesos.
“Establecer un tope a las tasas de interés tiene por fin defender los derechos de los consumidores al crédito justo, es decir, este proyecto tiene como objetivo proteger derechos individuales”, afirma en sus fundamentos la iniciativa para regular las tarjetas presentada por el diputado jujeño, del Frente para la Victoria.
El proyecto deberá esperar “probablemente hasta fines de abril” para empezar a ser estudiado, ya que durante los próximos 15 días casi no habrá actividad en el Parlamento nacional, debido a los feriados del Día de la Memoria y Semana Santa.
ARTICULO 1º .- Sustituyese el articulo 16 de la ley 26.065 -ley de tarjetas de credito- por el siguiente:
“ART. 16 – Interes compensatorio o financiero. los emisores bancarios y no bancarios de tarjetas de credito podran aplicar al titular, intereses compensatorios o financieros que no podran superar el equivalente a dos veces la tasa de interes calculada o del Banco Central de la Republica Argentina sobre el promedio de las tasas que pagan por depositos a plazo fijo de mas de un millon de pesos, las entidades bancarias de Capital Federal y gran Buenos Aires.
La entidad emisora debera obligatoriamente exhibir al publico en todos los locales la tasa de financiacion aplicada al sistema de tarjetas de credito.”
ART.2- De forma.
Fuente: iprofesional
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