Reunión clave entre el Gobierno y las prepagas para aclarar dudas y definir cómo se completa la declaración jurada de ingresos del decreto 743/22.
Como si no fuera sufiente con el vago e indefinido decreto 841/22 que tratamos de diluciar en diciembre, ahora, en enero, tenemos el impreciso decreto 743/22 para jugar a interpretarlo.
Con la publicación en el Boletín Oficial el Decreto 743/22, se estableció un nuevo esquema de aumentos de las cuotas para los planes ofrecidos por los sujetos alcanzados en la Ley de Medicina Prepagas N° 26.682, y se extendió el sistema de copagos.
El Decreto establece que, a partir del 1° de febrero de 2023 y por el plazo de 18 meses, el incremento del valor de las cuotas, tendrá como tope máximo el 90 % del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) del mes inmediato anterior publicado.
Lo que determina que se aplique el aumento menor ( 4,91%) depende que el ingreso neto que declare el afiliado para el período diciembre 2022 sea inferior a 6 SMVM ( Salario Mínimo, Vital y Móvil) equivalente a $ 371.718.
Y para gozar de este beneficio las personas deberán completar del día 1 al 20 de cada mes la DDJJ de certificación de ingresos accediendo a través del aplicativo que estará disponible en el sitio web institucional de la Superintendencia de Servicios de Salud.
Pero, además de lo engorroso que resulta tener que completar todos los meses un formulario para demostrar que sos pobre, se generan muchas dudas al momento de presentar las declaración jurada.
Hasta el momento sabemos que hay que completar una declaración jurada informando los “ingresos netos” del mes inmediato anterior, es decir que en este caso sería diciembre 2022.
Dudas sobre la Declaración Jurada de Certificación de Ingresos
Ingresos netos: netos de qué sería la pregunta. En principio de los descuentos de los aportes obligaotorio por ley y sindicato. Pero, por ejemplo ¿Qué sucede con los ingresos de los monotributistas?
Además, ¿qué se entiende por “ingreso”? Sólo los de sueldos, jubilaciones y pensiones, o también incluye rentaa financieras, como un plazo fijo o un FCI.
Luego, ¿se trata de ingresos devengados o percibidos? Diciembre es un mes atípioco, tenemos vacaciones, aguinaldo, SAC, en algunos casos gratificaciones, etc.
Asimismo, se trata los ingresos netos del titular de la prepagas o, en caso de grupo familiar, de todo el grupo familiar. Las prepagas dicen que el titular debe declarar sus ingresos si es un afiliado individual o los ingresos del grupo familiar adherido al plan.
En el caso de los Monotributistas el ingreso neto ¿corresponde a la facturación realizada o a la categoría en la que reviste? Y los autónomos?
A esas dudas debemos sumarle que hay que hacer el trámite todos los meses, que estamos en enero, sólo se puede hacer via web, hay que dar de alta la clave fiscla nivel 3 en AFIP.
En definitiva, son más dudas que certeza y más complicaciones que simplificaciones, solamente para tener unos puntos menos de aumento.
Y como si eso fuera poco, las prepagas comenzaron con sus amables comunicado amenzaante, advirtiendo que “la declaración jurada, a los efectos de aplicar el ajuste mencionado, deberá ser real y veraz, resultando cualquier omisión o inexactitud causal suficiente para iniciar las acciones judiciales que pudieran corresponder”.
Además, “la falta de veracidad en la declaración jurada, será considerada en los términos del Art. 9 de la Ley 26.682 como una causal de rescisión del contrato, además de las acciones legales que pueda corresponder efectuar a la Obra Social por los daños y perjuicios que dicha conducta ocasione”.
Reunión entre la Superintenencia de Salud y las prepagas
Para aclarar este y otros temas, hoy se reunen las empresas de medicina prepaga y la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), con el fin de establecer certezas a la hora de completar el formulario.
Algo que deberían haber pensado antes de emitir la normativa.
Cómo se realiza la declaración jurada para certificar ingresos
Los usuarios con ingresos inferiores a la suma de seis salarios mínimos podrán acceder al tope de incrementos completando una declaración jurada online todos los meses.
El formulario estará disponible del primero al 20 de cada mes en el sitio web de la Superintendencia de Servicios de Salud, para otorgar un margen de tiempo a las empresas para su facturación.
Una vez completado, el valor segmentado se reflejará en la factura de la prepaga del mes siguiente a su realización.
Como primer paso, se deberá contar con clave fiscal nivel 3 o superior en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Si no se cuenta con la misma, se la puede tramitar a través de la aplicación para celulares “Mi AFIP”, la cual requerirá una fotografía del rostro a través de la cámara frontal para validar la identidad y otra del DNI tarjeta.
La clave fiscal también se puede obtener de manera presencial solicitando un turno de forma gratuita en las dependencias de la AFIP. Contando con la clave fiscal, se debe adherir el servicio “Mi SSSalud” a la misma.
Para este paso -el cual se debe repetir por única vez-, se debe ingresar al sitio web de la AFIP (auth.afip.gob.ar) con el CUIL y clave fiscal. Luego, en el área “Mis Servicios”, se debe buscar en el menú el recuadro denominado “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”.
En la siguiente página, se cliquea en “Adherir Servicio”. En el listado se debe buscar el botón con el nombre de la SSN, cliquear en el, luego en “servicios interactivos” y seleccionar “Mi SSSalud”. Una vez completado este paso, debe presionarse el botón “confirmar” para adherir el servicio.
Realizado este procedimiento, para completar la declaración jurada todos los meses es necesario ingresar al portal “Mi SSSalud” disponible en sssalud.gob.ar/misssalud.
Tras ello, hay que cliquear en “ingreso”, colocar el CUIL y Clave Fiscal, y, tras ingresar al portal, presionar el recuadro “Declaración Jurada para Usuarios de Prepagas”.
En la siguiente pantalla, se debe cliquear en el botón “nueva declaración”.
En el formulario, primero se deberá hacer clic en “selección de entidad de medicina prepaga” pudiendo elegir en el desplegable la prepaga, o simplemente tipear el nombre o número de CUIT de la misma. Una vez seleccionada se debe cliquear “aceptar”.
Como último paso, se hace clic en “sí” en las dos casillas en las cuales se declara que se poseen ingresos menores a seis salarios mínimos y donde se autoriza a la SSS a validar los datos con otros organismos.
Una vez cliqueado “confirmar”, se deberá presionar “volver” y, finalmente, la página redirige a la pantalla inicial en la cual se enumeran cada una de las declaraciones juradas ingresadas con sus respectivas fechas de registro.
ANA dice
Hola, quería saber donde se completa ahora la declaracion jurada de ingresos para sueldos inferiores a los 6 SMVM ya que ahora sólo aparece para completar la declaración por suspensión provisoria de la aplicación de actualización de valores de planes de empresas de medicina prepaga de acuerdo con el acuerdo firmado entre el Gobierno Nacional y el sector.
Ivan dice
Buenas tardes, como anular una declaracion jurada ya realizada? la prepaga me informa que hay inconsistencias porque pense que era personal y no fliar. Aguardo ayuda
Néstor Jorge Blanco dice
Me dirjo a ustedes a fin de que me aclaren porque la DDJJ corespondiente al mes de Julio de 2023, No me la permite cargar, Tomado la DDJJ como la correspondiente al mes de Junio de 2023.
De esta manera no pude acceder al coeficiente que me correspondia al mes de Junio de 2023 y la Prepaga aplico el Coeficiente pleno pleno para el aumento, cuando yo cumplo con los requisitos para el coeficiente diferenciado.
Y ahora en el mes de Julio que intento hacerlo para cumplir con el requerimiento.
No me permite hacerlo para el mes de Julio, sino que toma el mes de Junio y aclara que el mes de Junio ya esta Ingresado.
Comotengo que hacer para que me permita hacerlo por el mes de Julio y permita llegar la Información Correcta a OSDE.
Desde ya muchas gracias y quedo a la espera de que me faciliten una solución.
Sin más los saluda atte.
Nestor
Ignacio dice
Hola, porque se presenta mes vencido
Tenemos un Plan ( con mi pareja) en una Prepago otorgado, con ciertos beneficios en el costo del mismo ya que fue gestionado por la Empresa en donde trabajaba . Esta Empresa, cerró y se fue del País era una filial del Brasil y en el Convenio de Desvinculación incluyó la Covertura Médica, que por supuesto y continuamos hoy con el beneficio pactado esto significa que estamos pagando menos que lo tarifa la Prepaga, he aquí que ahora somos Jubilados y entre ambos no superamos los 6 SMVM , por lo que en principio en el Decreto 743 , nos correspondería (Deconozco si se reglamentó?) pero no lo solicitamos porque en ese caso la Prepaga quiera desconocer el Convenio con la Empresa, ya misma no exite y entremos en un conflicto.
Cual sería su opinion y si existe alguna reglamentación al respecto.
. ¿Se puede hacer la declaración sin problemas habiéndome salteado un mes?
si, del 1 al 20 de cada ames
Me olvidé de hacer la declaración jurada correspondiente al mes de junio. ¿Para julio se puede hacer sin problemas habiéndome salteado un mes?
si
Si me olvide este mes de hacer la ddjj qué pasa ?hay manera de hacerlo por otra vía
?
no
Hola. Como puedo anular una declaración jurada de ingresos para la obra social?
Consulta. Realice tramite para DJ de prepagas para mi padre, Me han tomado la primera declaración jurada pero los dos siguientes no me los tomaron en cuenta y no descontaron nada, yo realice el tramite en tiempo y forma pero solo me descontaron la primera vez, y no se donde reclamar por el mismo.
Lei que a alguien mas le paso- Saben informarme donde y como reclamar.
Gracias.
me olvide de hacer la selección de entidad de medicina prepaga antes del dia 20 y no me aparece el cartel de Hacer Nueva Declaracion, por haberseme pasado la fecha, Pregunta: cuales son las consecuencias?
A mi padre le dicen en su prepaga que “no les sale la presentación de la ddjj que hizo él” y que por eso no pueden hacerle el aumento como corresponde, y le aumentan el porcentaje general. Según ellos, por lo que pueden ver en la Superintendencia o no sé dónde se fijan, mi padre no hizo las presentaciones de las DDJJ pero sí las hizo, tiene el comprobante y se lo muestra a la prepaga, pero la prepaga dice que si no les figura en sistema no pueden aplicar el aumento menor. ¿Qué se puede hacer en ese caso? Gracias.
Hola,
Alguien sabe si te sacan el cupo de dólares si hago la dj?
Gracia
en teoría no deberían, no es un subsidio del estado
Hola a mi me hicieron el descuento como bonificación y no como un derecho que establece el decreto, el tema es que al mes siguiente te toman como parámetro para el descuento el valor de la cuota con el aumento mayor y no hay nada que diga como implementarlo, soy jubilada y pago con mucho esfuerzo, no se si se entiende? La realidad le dieron a las prepagas libertad para implementar como quieran
Me he reido mucho con las inquietudes, es cierto el objetivo es no otorgar el Beneficio.
Yo también soy jubilada y monotributista, pero no necesariamente facturo como monotrobutista todos los meses. Son honorarios profesionales, hay meses que sí facturo y otros que no. Imagino que aquellos que no facturo no debo declarar ingreso.
Otro punto, si tengo un Plazo fijo, estimo que el ingreso no es el capital sino los intereses.
A mi OSDE me amenazó con el tema de que iban a seguir estudiando mi caso con información de la AFIP, ANSES y no se de cuantas instituciones más…. y que si yo había mentido me iban a dar de baja. Pero que ellos podían cometer errores por ser una norma nueva. Les contesté que yo también podía cometerlos….Así que si en algo me equivoqué,. lo que no creo, estamos a mano!