Reunión clave entre el Gobierno y las prepagas para aclarar dudas y definir cómo se completa la declaración jurada de ingresos del decreto 743/22.
Como si no fuera sufiente con el vago e indefinido decreto 841/22 que tratamos de diluciar en diciembre, ahora, en enero, tenemos el impreciso decreto 743/22 para jugar a interpretarlo.
Con la publicación en el Boletín Oficial el Decreto 743/22, se estableció un nuevo esquema de aumentos de las cuotas para los planes ofrecidos por los sujetos alcanzados en la Ley de Medicina Prepagas N° 26.682, y se extendió el sistema de copagos.
El Decreto establece que, a partir del 1° de febrero de 2023 y por el plazo de 18 meses, el incremento del valor de las cuotas, tendrá como tope máximo el 90 % del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) del mes inmediato anterior publicado.
Lo que determina que se aplique el aumento menor ( 4,91%) depende que el ingreso neto que declare el afiliado para el período diciembre 2022 sea inferior a 6 SMVM ( Salario Mínimo, Vital y Móvil) equivalente a $ 371.718.
Y para gozar de este beneficio las personas deberán completar del día 1 al 20 de cada mes la DDJJ de certificación de ingresos accediendo a través del aplicativo que estará disponible en el sitio web institucional de la Superintendencia de Servicios de Salud.
Pero, además de lo engorroso que resulta tener que completar todos los meses un formulario para demostrar que sos pobre, se generan muchas dudas al momento de presentar las declaración jurada.
Hasta el momento sabemos que hay que completar una declaración jurada informando los “ingresos netos” del mes inmediato anterior, es decir que en este caso sería diciembre 2022.
Dudas sobre la Declaración Jurada de Certificación de Ingresos
Ingresos netos: netos de qué sería la pregunta. En principio de los descuentos de los aportes obligaotorio por ley y sindicato. Pero, por ejemplo ¿Qué sucede con los ingresos de los monotributistas?
Además, ¿qué se entiende por “ingreso”? Sólo los de sueldos, jubilaciones y pensiones, o también incluye rentaa financieras, como un plazo fijo o un FCI.
Luego, ¿se trata de ingresos devengados o percibidos? Diciembre es un mes atípioco, tenemos vacaciones, aguinaldo, SAC, en algunos casos gratificaciones, etc.
Asimismo, se trata los ingresos netos del titular de la prepagas o, en caso de grupo familiar, de todo el grupo familiar. Las prepagas dicen que el titular debe declarar sus ingresos si es un afiliado individual o los ingresos del grupo familiar adherido al plan.
En el caso de los Monotributistas el ingreso neto ¿corresponde a la facturación realizada o a la categoría en la que reviste? Y los autónomos?
A esas dudas debemos sumarle que hay que hacer el trámite todos los meses, que estamos en enero, sólo se puede hacer via web, hay que dar de alta la clave fiscla nivel 3 en AFIP.
En definitiva, son más dudas que certeza y más complicaciones que simplificaciones, solamente para tener unos puntos menos de aumento.
Y como si eso fuera poco, las prepagas comenzaron con sus amables comunicado amenzaante, advirtiendo que “la declaración jurada, a los efectos de aplicar el ajuste mencionado, deberá ser real y veraz, resultando cualquier omisión o inexactitud causal suficiente para iniciar las acciones judiciales que pudieran corresponder”.
Además, “la falta de veracidad en la declaración jurada, será considerada en los términos del Art. 9 de la Ley 26.682 como una causal de rescisión del contrato, además de las acciones legales que pueda corresponder efectuar a la Obra Social por los daños y perjuicios que dicha conducta ocasione”.
Reunión entre la Superintenencia de Salud y las prepagas
Para aclarar este y otros temas, hoy se reunen las empresas de medicina prepaga y la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), con el fin de establecer certezas a la hora de completar el formulario.
Algo que deberían haber pensado antes de emitir la normativa.
Cómo se realiza la declaración jurada para certificar ingresos
Los usuarios con ingresos inferiores a la suma de seis salarios mínimos podrán acceder al tope de incrementos completando una declaración jurada online todos los meses.
El formulario estará disponible del primero al 20 de cada mes en el sitio web de la Superintendencia de Servicios de Salud, para otorgar un margen de tiempo a las empresas para su facturación.
Una vez completado, el valor segmentado se reflejará en la factura de la prepaga del mes siguiente a su realización.
Como primer paso, se deberá contar con clave fiscal nivel 3 o superior en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Si no se cuenta con la misma, se la puede tramitar a través de la aplicación para celulares “Mi AFIP”, la cual requerirá una fotografía del rostro a través de la cámara frontal para validar la identidad y otra del DNI tarjeta.
La clave fiscal también se puede obtener de manera presencial solicitando un turno de forma gratuita en las dependencias de la AFIP. Contando con la clave fiscal, se debe adherir el servicio “Mi SSSalud” a la misma.
Para este paso -el cual se debe repetir por única vez-, se debe ingresar al sitio web de la AFIP (auth.afip.gob.ar) con el CUIL y clave fiscal. Luego, en el área “Mis Servicios”, se debe buscar en el menú el recuadro denominado “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”.
En la siguiente página, se cliquea en “Adherir Servicio”. En el listado se debe buscar el botón con el nombre de la SSN, cliquear en el, luego en “servicios interactivos” y seleccionar “Mi SSSalud”. Una vez completado este paso, debe presionarse el botón “confirmar” para adherir el servicio.
Realizado este procedimiento, para completar la declaración jurada todos los meses es necesario ingresar al portal “Mi SSSalud” disponible en sssalud.gob.ar/misssalud.
Tras ello, hay que cliquear en “ingreso”, colocar el CUIL y Clave Fiscal, y, tras ingresar al portal, presionar el recuadro “Declaración Jurada para Usuarios de Prepagas”.
En la siguiente pantalla, se debe cliquear en el botón “nueva declaración”.
En el formulario, primero se deberá hacer clic en “selección de entidad de medicina prepaga” pudiendo elegir en el desplegable la prepaga, o simplemente tipear el nombre o número de CUIT de la misma. Una vez seleccionada se debe cliquear “aceptar”.
Como último paso, se hace clic en “sí” en las dos casillas en las cuales se declara que se poseen ingresos menores a seis salarios mínimos y donde se autoriza a la SSS a validar los datos con otros organismos.
Una vez cliqueado “confirmar”, se deberá presionar “volver” y, finalmente, la página redirige a la pantalla inicial en la cual se enumeran cada una de las declaraciones juradas ingresadas con sus respectivas fechas de registro.
Un familiar hizo la declaracion jurada con el ingreso del titular que no llega a seis salarios mínimos, pues así interpretó, luego se difundió más amplio el explicativo y es el grupo familiar y excede ese monto.¿ Cómo y donde anular la declaración Jurada, pues no corresponde como se efectuó ?Gracias.
Yo lo hice ,pero en ningún lado me pidió monto de sueldo ,solo que declare si ganaba menos de 6 mínimos ,está bien así ?
Hoy conseguí la clave nivel 3..Tengo las mismas dudas de todos, somos jubilados y seguimos manteniendo a las empresas.¿ Quienes las controlan?,ahora el Socio de una prepaga( por necesidad) porque la Obra Social para la que aporto toda la vida, no le sirve y por ende no la ocupa, es objeto de cambio…de moneda útil para ser explotado hasta el final de sus días.El virus del CoVid19 se llevó a muchos viejos, ahora las prepagas con la AFIP vienen por los que sobrevivimos..Encima amenazados…como si estuviesen claras las condiciones en que nos ponen.Recuerden ” los muertos no pagan las deudas”.
Buenas tardes, yo tengo O.S. DEL PERSONAL DE LA ACTIVIDAD CERVECERA Y AFINES, pero pago una diferencia porque tengo Galeno. puedo hacer la DJ? puse en Ob. Social Galeno y me dice que verifique bien los datos. gracias
Si tenés Galeno, si
Gracias por responderme!
Si derivo aportes por medio de una Obra social a Osde, en la DDJJ debo poner OSDE o la obra social q deriva mis aportes? si alguien me ayuda, gracias
La página de la Superintendencia de Salud está bloqueada desde ayer? Que se puede hacer?
Hacelo directamente desde la pág de AFIP. Yo desde sss no pude.
Saludos
Soy mon0yributista y jubilada. Tengo que sumar los dos ingresos y agregar tambien los de mi grupo familiar?
No esta bien aclarado
Si es asi es una broma lo de rebaja !!!
Lo que no me queda claro aún es: si yo presento la DDJJ para un menor aumento me cobran un copago?? Porque al final seria lo mismo que no presentarla. O es que ya en algunas prepagas ya existen planes menores con copago y si no los tienen los tienen que agregar como otra alternativa para cambiar a un plan menor,?? Si alguien puede responder mi duda les agradecería mucho.
Son dos cosas distintas. Una el tema del aumento si cobras menos de los 370.000 podés hacer la declaración para q te aumenten 4.5 y no 9.
Después el tema de los planes, mis hijos tienen prepaga y existe, te doy un ejemplo. Un plan sin copagos por $10.000 y otro de $7.500 pero no copagos. Elejir el plan depende de lo q uses el servicio hay q ver q te conviene a vos.
Espero te sirva
No me queda claro si después de la declaración jurada ( bastante engorrosa) para los jubilados, habría que pagar copagos, de ser así no lo entiendo en absoluto, gracias por simplificar los trámites ?♀️?♀️
Los de los copagos es otra cosa. Es una obligación para las prepagas, que deben ofrecer un plan sin copagos y otro más barato pero con copagos.
Estamos gobernados por gente con antecedentes y causas, ¿cuando vamos a tener al claro y sin trampa?, todo lo que hacen, ES MUY SOSPECHOSO Y MAL INTENCIONADO, NUNCA PENSANDO EN LA GENTE
Complete la ddjj. No pide informar ingresos netos. Entiendo que no se incluye el SAC.
BUenoa dias, Es deci, que un Jubilado con el poco acceso a Tramites Online que seguro tiene, debe sacar Clave Fiscal y encima NIVEL 3, y a todo esto saber utilizar la aplicacion para realizar dicho tramite ? que locura esta gente tiene en la cabeza…
Exacto una locura
Mi pregunta es, una vez “adquirido” el descuento, todo muy entre comillas, limitaran el cupo de usd para los beneficiados? a estos les das la mano y te agarran hasta la axila
No sé qué tan legal es el trámite y la complejidad del mismo ya que esas cosa las deberían seguir realizando la prepaga y las obras sociales ya que son temas que te piden en el ingreso y es administrativo.
Hace tiempo que me quiero comunicar con la superintendencia de servicio de salud de la nación para hacer varios reclamos y verificar si no quebró la prepaga. Tengo una discapacidad y no cumplen con nada. Sé lo que tengo que hacer pero para alguno está la superintendencia de servicio de salud de la nación.
Buen día, con respecto a las pre pagas, quisiera saber si me podrían informar lo siguiente, soy jubilada, derivo aportes a la Obra Social de Relojeros y a través de ellos tengo Plan de Salud del hospital Italiano, el tema es que ellos me facturan con factura B( con I.V.A.) tengo entendido que deberían facturar EXCENTO. Lo que ellos hacen es usar mis aportes para cancelar el IVA facturado y la diferencia ( MAGRA) se aplica para descuento en la cuota.
Si están facturando mal, ya que debería ser excepto y no responsable no inscrito, alguien podría asesorarme?. Muchas gracias y disculpen
Hola. Deben facturarte sin iva y netear el valor capita (magro) que pami deriva a relojeros por ser jubilada.
Buen dia ud. tiene mal entendido que deberían facturar EXENTO.