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Prepagas: cambios en la declaración jurada para evitar el aumento

6 septiembre, 2023 Por Ignacio 71 comentarios

Cómo completar la declaración jurada para congelar el aumento por 90 días.

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La Superintendencia de Servicios de Salud habilitó en el sitio del organismo el formulario digital. El congelamiento del aumento de las cuotas tiene vigencia por 90 días.

El trámite es similar al que se hacían hasta ahora para quienes tenían ingresos menores a 6 salarios mínimos vitales y móviles y para evitar el aumento pleno debían presentar la Declaración Jurada de Ingresos.

Hasta el momento, la presentación de la Declaración, si el ingreso era menos a 6 SMVM, no evitaba el aumento, pero si se obtenía como beneficio un aumento menor.

Ahora, quienes presenten la Declaración jurada, tendrán el congelamiento por 90 días del monto abonan por la prepaga.

La declaración jurada para los usuarios de prepagas en esta condición se debe completar los días 1 y 20 de cada mes.

Y a diferencia de la anterior declaración jurada, pide algunos datos más, ya que tiene mayor cantidad de requisito, pero bueno es que ahora es ingreso bruto por mes tiene que ser menor a $2.000.000 para gozar del beneficio.

Requisitos completos:

  • Mi grupo familiar NO posee ingresos brutos mensuales iguales o superiores a $ 2.000.000 (dos millones de pesos).
  • Mi grupo familiar NO es propietario de DOS (2) o más inmuebles.
  • Mi grupo familiar NO es propietario de TRES (3) o más vehículos (excepto los hogares donde exista al menos uno o una conviviente con Certificado Único de Discapacidad).
  • Mi grupo familiar NO es propietario de UNA (1) o más aeronaves o embarcaciones de lujo según la tipología aplicable por AFIP.
  • Mi grupo familiar NO es titular de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.

¿Cómo tramitar la excepción al aumento?

1) Primero, para acceder al formulario se debe habilitar el servicio Mi SSSalud, en la página de AFIP. Este sitio aclara que “la Certificación de ingresos de Entidades de Medicina Prepaga, se realiza exclusivamente online”.

2) Luego de la habilitación, se debe ingresar a la página de AFIP con clave fiscal, ir a mis servicios y hacer click en administrador de relaciones de clave fiscal.

3) Se desplegará un listado de organismos estatales, donde se debe hacer click en el logo de la superintendencia de servicios de salud y elegir Mi SSSalud.

4) Luego, de confirmar la adhesión, hay que “desloguearse” y volver a entrar con clave fiscal a la página de la AFIP, para chequear que el servicio haya quedado incorporado.

5) Una vez hecho eso, se podrá ingresar desde la página Mi SSSalud a los servicios de la Superintendencia, entre los que se debe elegir el correspondiente a la declaración jurada de ingresos.

6) En el formulario, el primer dato que se pide es el de la prepaga a la cual la persona está afiliada, luego de seleccionar la opción correcta se debe ingresar el CUIT de la entidad y responder dos declaraciones juradas, para finalizar el trámite.

En el sitio “Mi SSSalud” se aclara que la Certificación de ingresos de Entidades de Medicina Prepaga, se realiza exclusivamente online

7) En el sitio aparece el formulario digital para que los afiliados a la medicina prepaga declaren si cumplen con los requisitos para que les congelen o no la cuota del mes de octubre. El afiliado deberá tildar SI O NO en el casillero correspondiente.

8) El formulario dice: “Acepto que la información declarada tiene carácter de declaración jurada”.

9) A continuación la declaración jurada consigna una serie de requisitos que deben ser cumplidos para acceder al congelamiento de las cuotas y manifiesta que “a los efectos de la presente declaración jurada se considera para el grupo familiar el ingreso mensual y la tenencia de bienes del Titular y/o de sus cotitulares y afiliados adicionales”. Estos son:

10) Por otra parte, el afiliado debe señalar: “Declaro cumplir con las condiciones mencionadas. Autorizo a la Superintendencia de Servicios de Salud a validar los datos ingresados con otros Organismos”, lo que da por concluido el trámite online obligatorio.

Hay que señalar que los afiliados al servicio que brindan las empresas de medicina privada están recibiendo comunicaciones que la cuota aumentará 6,97% a partir de octubre, contraponiéndose al anuncio del congelamiento por 90 días anunciado por el ministro de Economía, Sergio Massa.

El congelamiento del aumento de las cuotas tiene vigencia por 90 días, por lo que aplica para los meses de octubre, noviembre y diciembre. 

A pesar de que la mayoría de los congelamientos de precios comenzaron en agosto, desde las cámaras de la medicina prepaga detallaron que “la cuota del mes de setiembre ya fue facturada en la última quincena de agosto, con lo cual el acuerdo tiene vigencia a partir de septiembre“.

De este modo, los afiliados deben pagar las facturas con el aumento de septiembre –del 7,18% o del 5,58%– porque fueron enviadas a los afiliados en la segunda quincena de agosto

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Publicado en: AFIP

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Comentarios

  1. -
  2. HUGO JULIO GARCIA dice

    17 diciembre, 2023 a las 10:45 am

    Siempre hice la declaracion jurada y ahora (Dic 23) la pagina de SSSalud no me deja ingresar me dice “error de privacidad) y un monton de items, yo no tengo conocimientos suficientes sobre informatica pues soy un adulto mayor

    Responder
  3. Alicia Ines Franco dice

    19 octubre, 2023 a las 7:46 pm

    La casa habitación se cuenta dentro de las dos propiedades.
    Y en caso de ser así no tengo posibilidades de tener un descuento en el indice de ajuste como venía teniendo. Meses anteriores

    Responder
  4. Ana dice

    3 octubre, 2023 a las 10:28 am

    Hola. Tengo que presentar la DDJJ para el aumento topeado, no para el congelamiento y no existe la opción. No existe más el topeado ?. Gracias.

    Responder
    • Eliana Lemos dice

      6 octubre, 2023 a las 9:11 pm

      Hay que ponersi o no?

      Responder
  5. Julio César dice

    21 septiembre, 2023 a las 12:28 pm

    No tengo clave fiscal de AFIP,soy jubilado tengo cuil no cuit para hacer el trámite como hago

    Responder
  6. Susana dice

    18 septiembre, 2023 a las 10:43 pm

    Yo presenté el 1/9 el formulario para agosto y ahora no me deja completar este nuevo formulario. Como se hace ahora? , aguardo respuesta. Muchas Gracias

    Responder
  7. Tito Lizardo dice

    11 septiembre, 2023 a las 7:47 pm

    Te cobran igual, por mas que presentes la ddjj.

    Responder
  8. Ruben dice

    11 septiembre, 2023 a las 6:00 pm

    Hola yo ya hice la declaración jurada los primeros días de septiembre,tengo que hacer esta nueva también.Gracias

    Responder
  9. damian dice

    11 septiembre, 2023 a las 2:32 pm

    yo presenté el 1/9 el formulario para agosto y ahora no me deja completar este nuevo formulario. Como se hace ahora?

    Responder
  10. Alejandra dice

    10 septiembre, 2023 a las 9:13 pm

    Hola como procedo si el dia 01/09 presentè la declaraciòn de 08/2023 para tope aumento prepagas con el formato anterior. Ahora intente hacer este nuevo formulario y no me deja porque ya existe la presentada el 01/09.

    Responder
  11. Daniel dice

    9 septiembre, 2023 a las 6:36 pm

    Y cómo se accede al aumento topeado previsto en el DNU 743/22 (vigente) si uno cumple con esos requisitos – ingresos inferiores a 6 SMVyM – (y no con los del “congelamiento”, por cierto no publicado en absolutamente ningún lado)?

    Responder
    • Ignacio dice

      9 septiembre, 2023 a las 11:00 pm

      presentando la misma DDJJ

      Responder
      • damian dice

        11 septiembre, 2023 a las 2:35 pm

        Tira error como ya presentado. Y es otra DDJJ una es de tope de aumento y este nuevo invento es de congelamiento.

        Responder
    • Natalia dice

      18 septiembre, 2023 a las 7:48 pm

      Hola, tengo la misma duda! tengo ingresos inferiores a 6SMVyM pero el grupo familiar tiene mas de dos propiedades, no quiero obtener el congelamiento pero sí el tope de aumento, pudiste hacerlo? o no se puede hacer?

      Responder
  12. Marina Escalante dice

    9 septiembre, 2023 a las 5:52 pm

    Para que la cuota sea congelada por 90 días tengo que hacer la misma declaración jurada todos los meses del 1 al 20?

    Responder
  13. Ana Maria Mari dice

    9 septiembre, 2023 a las 8:07 am

    Hola , la casa habitación cuenta dentro del requisito de tener dos o más propiedades?

    Responder
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