El viernes vence el plazo para presentar la Declaración Jurada de Ingresos. La Superintendencia de Servicios de Salud no aclaró las situaciones más controvertidas.
El viernes vence el plazo para que los titulares de planes de medicina prepaga con ingresos netos inferiores a 6 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, el incremento del valor de la cuota tendrá como tope máximo el 90% del Índice de RIPTE del mes inmediato anterior publicado.
Quienes cumplan con este requisito, deberán presentar una declaración jurada informando su situación en la web de la Superintendencia de Servicios de Salud entre el 1 y el 20 de cada mes. De esta manera, el incremento sea solo de 4,91% en febrero, de lo contrario, el ajuste será del 8,21%.
La normativa, el decreto 743/22, establece que:
“Esta medida se aplicará respecto de los y las titulares contratantes que posean ingresos netos inferiores a SEIS (6) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles.”
Es la única referencia de la norma, no hay más que este pobre párrafo para aplicar a todas las situaciones que se presentan, lo que genera muchas dudas al momento de realizar la Declaración Jurada.
Dudas que oficialmente la Superintendencia de Servicios de Salud no respondió, no hay reglamentación, no hay instructivo, no hay declaraciones públicas de un funcionario.
Tan solo tenemos trascendidos de opiniones de funcionarios de la Superintendencia a través de los medios, sobre algunos puntos polémicos. Veamos que dijeron.
¿Qué se entiende por ingreso neto en el caso de un trabajador?
El concepto es amplio, se tienen en cuenta todos los ingresos que tengan los titulares en el mes correspondiente que “contribuyan a su capacidad de pago de la cuota”.
Por lo tanto, se tienen en cuenta el sueldos fijo, variable, horas extras, comisiones, aguinaldo, etc.
¿Se tienen en cuenta otro tipo de ingresos?
Si, se tiene en cuenta el mismo principio, ingresos que “contribuyan a su capacidad de pago de la cuota”, por lo tanto se tienen en cuenta también los ingresos por rentas financieras, como por ejemplo los ingresos de un plazo fijo.
¿El monotributista qué cuenta como ingreso?
Según informaron, se deberían tener en cuenta todos los ingresos del mes, los cuales obviamente deben estar facturados. Pero no aclaran como determinar el neto del ingreso. Recordemos que el decreto habla de ingresos netos,
¿Se toman los ingresos del titular o del grupo familiar?
El decreto se refiere claramente a los ingresos del titular del plan, no al grupo familiar. Por lo tanto, se deben tener los ingresos netos del titular y no del grupo familiar.
De todos modos, en los casos de unificación de aportes, ambos integrantes son titulares y utilizan los aportes y contribuciones que les corresponden, para se aplicados en forma conjunta a la cuota del plan.
Por lo tanto, en esos casos, corresponde tener en cuenta ambos ingresos en la declaración jurada. Entonces, deberá uno de los integrantes presentar la declaración jurada sumando ambos ingresos.
Que dicen las prepagas
Claudio Belocopitt, presidente de la Unión Argentina de Salud (UAS) y dueño de Swiss Medical dijo “Claramente bajo ninguna circunstancia compartimos que esto esté bien”
“Las empresas, utilizando todos los mecanismos que existen, como el Nosis o el Veraz, vamos a hacer nuestras propias revisiones para analizar si el sujeto tiene la realidad económica que dice tener”, afirmó.
Además, advirtió que las compañías del sector realizarán sus propias revisiones para corroborar que las declaraciones de ingresos que hagan quienes quieran contar con la bonificación.
El presidente de UAS mencionó que las empresas prestadoras de medicina privada tomarán la decisión de ofrecer “más o menos planes de acuerdo a sus necesidades comerciales” (de la Salud ni hablar).
Es evidente que las prepagas no tienen ningún interés en que los titulares de los planes presenten esta declaración jurada, lo cual es lógico, pueden encontrar en los medios muchas más declaraciones Belocopitt.
Lo que no van a encontrar son declaraciones de los funcionarios públicos de la Superintendencia de Servicios de Salud, danto las aclaraciones del caso.
Tutorial para presentar la Declaración Jurada de Ingresos
Milena dice
Hola, uno se toma el trabajo de hacer la DDJJ y si la prepara presenta un amparo no hacen ningún descuento, ni para el pancho y la gaseosa alcanza lo que te reintegran. Me parece que es una tomada de pelo para la gente que trabaja.
carina dice
hola, este mes por problemas personales olvide hacer la declaracion jurada, podre hacerla el mes siguiente y mantener el benefecio?