El viernes vence el plazo para presentar la Declaración Jurada de Ingresos. La Superintendencia de Servicios de Salud no aclaró las situaciones más controvertidas.
El viernes vence el plazo para que los titulares de planes de medicina prepaga con ingresos netos inferiores a 6 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, el incremento del valor de la cuota tendrá como tope máximo el 90% del Índice de RIPTE del mes inmediato anterior publicado.
Quienes cumplan con este requisito, deberán presentar una declaración jurada informando su situación en la web de la Superintendencia de Servicios de Salud entre el 1 y el 20 de cada mes. De esta manera, el incremento sea solo de 4,91% en febrero, de lo contrario, el ajuste será del 8,21%.
La normativa, el decreto 743/22, establece que:
“Esta medida se aplicará respecto de los y las titulares contratantes que posean ingresos netos inferiores a SEIS (6) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles.”
Es la única referencia de la norma, no hay más que este pobre párrafo para aplicar a todas las situaciones que se presentan, lo que genera muchas dudas al momento de realizar la Declaración Jurada.
Dudas que oficialmente la Superintendencia de Servicios de Salud no respondió, no hay reglamentación, no hay instructivo, no hay declaraciones públicas de un funcionario.
Tan solo tenemos trascendidos de opiniones de funcionarios de la Superintendencia a través de los medios, sobre algunos puntos polémicos. Veamos que dijeron.
¿Qué se entiende por ingreso neto en el caso de un trabajador?
El concepto es amplio, se tienen en cuenta todos los ingresos que tengan los titulares en el mes correspondiente que “contribuyan a su capacidad de pago de la cuota”.
Por lo tanto, se tienen en cuenta el sueldos fijo, variable, horas extras, comisiones, aguinaldo, etc.
¿Se tienen en cuenta otro tipo de ingresos?
Si, se tiene en cuenta el mismo principio, ingresos que “contribuyan a su capacidad de pago de la cuota”, por lo tanto se tienen en cuenta también los ingresos por rentas financieras, como por ejemplo los ingresos de un plazo fijo.
¿El monotributista qué cuenta como ingreso?
Según informaron, se deberían tener en cuenta todos los ingresos del mes, los cuales obviamente deben estar facturados. Pero no aclaran como determinar el neto del ingreso. Recordemos que el decreto habla de ingresos netos,
¿Se toman los ingresos del titular o del grupo familiar?
El decreto se refiere claramente a los ingresos del titular del plan, no al grupo familiar. Por lo tanto, se deben tener los ingresos netos del titular y no del grupo familiar.
De todos modos, en los casos de unificación de aportes, ambos integrantes son titulares y utilizan los aportes y contribuciones que les corresponden, para se aplicados en forma conjunta a la cuota del plan.
Por lo tanto, en esos casos, corresponde tener en cuenta ambos ingresos en la declaración jurada. Entonces, deberá uno de los integrantes presentar la declaración jurada sumando ambos ingresos.
Que dicen las prepagas
Claudio Belocopitt, presidente de la Unión Argentina de Salud (UAS) y dueño de Swiss Medical dijo “Claramente bajo ninguna circunstancia compartimos que esto esté bien”
“Las empresas, utilizando todos los mecanismos que existen, como el Nosis o el Veraz, vamos a hacer nuestras propias revisiones para analizar si el sujeto tiene la realidad económica que dice tener”, afirmó.
Además, advirtió que las compañías del sector realizarán sus propias revisiones para corroborar que las declaraciones de ingresos que hagan quienes quieran contar con la bonificación.
El presidente de UAS mencionó que las empresas prestadoras de medicina privada tomarán la decisión de ofrecer “más o menos planes de acuerdo a sus necesidades comerciales” (de la Salud ni hablar).
Es evidente que las prepagas no tienen ningún interés en que los titulares de los planes presenten esta declaración jurada, lo cual es lógico, pueden encontrar en los medios muchas más declaraciones Belocopitt.
Lo que no van a encontrar son declaraciones de los funcionarios públicos de la Superintendencia de Servicios de Salud, danto las aclaraciones del caso.
Tutorial para presentar la Declaración Jurada de Ingresos
natalia dice
Buen dia,yo empece a hacer la declaracion jurada el 20 de marzo para queme apliquen el beneficio en abril pero me aumentaron de la misma manera que si no lo hubiese hecho,ademas cuando hoy volvi a generar la declaracion me di cuenta que me pone para periodo 03/23 y en el anterios 02/23 por lo cual no voy a estar al dia nunca,como procedo?
Miriam dice
Buenos dias, los jubilados tambien pueden pedir el descuento? mi mama tiene el Italiano y tiene pami pero no lo usa por ahora, el codem le sale la obra social de Pami
se puede hacer? coloca esa?
Ana dice
Hola,
Tengo osde y con mi esposo unificamos aportes. En este caso cada uno deberia hacer la DDJJ desde su usuario de AFIP? o solo lo presenta el titular que figura en la factura?
Gracias por la respuesta.
Ana dice
Quisiera saber cuando se habilita la declaración para el periodo 02/2023. Dado que en el servicio Mi salud la primer declaración la realice el 13/01/2023 y figura para el periodo 12/2022. Y la segunda declaración la realice el 02/02/2023 y figura periodo 01/2023. Y si intento volver a realizar la declaración este mes antes del 20/02 me marca que corresponde el periodo 01/2023.
Desde ya muchas gracias
JOSE DANIEL dice
Hola, quería saber si esta declaración jurada tenemos que hacerla todos los meses? de ser así, ahora en el mes de Febrero cual seria el tope que tendríamos que tener en cuenta?.
gracias…
Ignacio dice
todos los meses del 1 al 20
Por favor me pueden orientar , quiero dar de baja el beneficio del descuento mensual.como hago ?
HOLA QUIERO DAR DE BAJA EL BENEFICIO OTORGADO EN EL DECRETO 743/2022 COMO DEB REALIZARSE O CON NO REALIZAR LA DECLARACION JURADA ES SUFICIENTE DESDE YA AGRADECIDO
Por favor me pueden orientar , quiero dar de baja a la declaracion jurada realizada , para obtener el beneficio del descuento mensual.como hago ? La hize mal porque no entendi lo que solicitaba.
Hola, quería saber si ingresos netos se refiere al efectivamente depositado en la cuenta sueldo o se debe considerar la deducción de impuesto a las ganancias
Neto es lo efectivamente cobrado.
Antes de las deducciones impositivas es ingreso bruto
Hola queria saber si servicios de emergencias entran como prepagas . mi madre tiene pami y paga un servicio de emergencias entra en prepaga?
31 de enero 2023
Hola yo hice la declaración jurada a término y fue aceptada pero ahora me informan de mi obra social (Unión Personal) que tengo un aumento del 7,66% o sea que no hay ningún beneficio con respecto al.nuevo decreto
Hola Ignacio, perdón la molestia en consultarle. Se me venció el plazo para hacerle la DDJJ a mi madre, que es jubilada con poco más de la mínima, discapacitada con CUD neurológico y está internada en una residencia. Leo que son varios que no pudieron ingresar la DDJJ, hay forma de presentarla luego del 20/01? Asi sea para que no le descuenten tanto a partir de marzo? Gracias!
Hola, el plazo es del 1 al 20 de cada mes
Junto con la factura de Enero 2023 de OSDE me llego tambien un archivo “Estado de Cuenta”, donde a pie de pagina avisa que a partir de 1 de Febrero , la cuota va a aumentar 8,21%. La factura me llego el 23 de Enero..
Como titular, pude registrarme para pagar el 4,91%. . Tienen en cuenta los registros ??? En ese caso, tan rapido lo denegaron ??? (no enviaron ninguna explicacion)
Si cumplís con los requisitos, si
Hola. Hice la declaración jurada y me aplicaron igual el aumento del 8,..porciento en la factura que vence en febrero.
A pocos le aplicaron el descuento porque en los ingresos de diciembre consideran el aguinaldo y posibles extras
buenas tardes Ignacio, intento hacerlo y con muchas trabas la pagina, ahora que pude ingresar no me aparece el boton despegable para agregar la obra social, sali y entre varias veces y sigue igual, me sabras decir que puede ser por favor o que hacer? muchas gracias por tu respuesta
Atte._
no aparece porque el trámite es del 1 al 20 de cada mes