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Prestación por Desempleo ANSES: Dudas y preguntas frecuentes.
Si renuncié a mi empleo, puedo gestionar el cobro de la Prestación por Desempleo?
No, porque la renuncia no es una causa contemplada por la Ley 24.013 para acceder al cobro de la prestación.
Me quedan cuotas pendientes de cobro del desempleo y renuncié al trabajo, puedo tramitar la rehabilitación?
No, por la misma razón que la anterior.
Me despidieron con causa, me corresponde el cobro de la Prestación por Desempleo?
Si el despido es con justa causa no corresponde el desempleo.
Mi empleador me inventó una causa y me despidió, me corresponde el desempleo? Si me corresponde, qué debo hacer?
Primero se debe rechazar la causa del despido. Luego con todos los telegramas y/o cartas documentos que posea deberá solicitar un turno para presentarse en la UDAI para que le cumplimenten el formulario 3.2 y luego con dicho formulario presentarse en las oficinas del Ministerio de Trabajo habilitadas para determinar si corresponde que acceda al cobro de la prestación.
¿Si cobro el subsidio por desempleo puedo tener obra social?
Si, al trabajador se le asigna la obra social que tuvo a la fecha de finalización de la relación laboral, la misma es la que usted tenía antes a acceder a la Prestación por Desempleo, encontrándose imposibilitado para realizar una opción de cambio por otra de idéntica naturaleza.
En el único caso que usted no continuará con su obra social de la actividad, es si su cónyuge/conviviente se encuentre baja relación de dependencia o posee un beneficio previsional, debiendo entonces afiliarse como miembro del grupo familiar en la obra social de la misma
¿Cuándo un trabajador se encuentra en situación legal de desempleo?
Se considera que un trabajador se encuentra en situación legal de desempleo cuando se produce:
- El cese de la relación laboral por parte del empleador.
- El cese de la relación laboral por razones de fuerza mayor o por falta o disminución del trabajo no imputable al empleador.
- La extinción colectiva total o parcial de la relación laboral por motivo económico, tecnológico o de emergencia nacional.
- La extinción de la relación laboral por quiebra o concurso del empleador.
- La expiración del tiempo convenido de trabajo, finalización de la obra o tarea asignada al trabajador.
- La extinción de la relación laboral por contingencias acaecidas al dador individual de trabajo que impidan la prosecución de la misma obra o tarea asignada al trabajador.
- La finalización de la obra para cuya construcción hubiera sido ocupada la mano de obra del trabajador.
Marcos Hernan Srur dice
Aporte 28 años cuando necesite el fondo de desempleo me mandaron al ministerio de trabajo terrible carrera de obstáculos. Y eso que soy hijo de ésta patria. Va cualquier peruano , boliviano o villero y se lo dan al instante
Romina dice
Hola si me echaron del trabajo y me adhiero al monotributo para un trabajo Freelance puedo cobrar el fondo de desempleo?
Eli dice
Te respondieron?pq estoy en la misma situación
vanesa dice
hola si tramito el seguro de desempleo puedo igualmente darme de alta como monotributista para algún que otro laburo freelance que me salga? o si me hago monotributista tengo que dar de baja la prestación de seguro de desempleo ? gracias
Ignacio dice
no
Fran dice
No que? NO QUE? ignacio que expresivo que sos la puta madre
anonima dice
y no flaco , se entiende q la prestacion es para gente q no tiene un mango , o sea nada , lo queres mas claro ??
Cintia dice
Si trabaje un mes en la empresa y me despidieron por fin de periodo de prueba , me corresponde cobrar fondo de desempleo ?
Luciano meyer dice
Buenas tardes como hago para cobrar el fondo de desempleo si cobro mediante el banco y de acuerdo a las medidas sanitarias están cerradas
Hector dice
Tengo fecha de cobro el 26/3 del fondo de desempleo lo cobro por ventanilla.No hay atención de Bancos tengo la tarjeta dónde me depositan la asignación familiar del mismo Banco.Hay alguna posibilidad que me depositen el fondo de desempleo en la cuenta donde cobro la asignación familiar? Responder
GRACIELA dice
CONSULTO: DE QUE DEPENDE EL MONTO A COBRAR DEL FONDO DE DESEMPLEO QUE VA DE 2907.53 A 4652.06.MUCHAS GRACIAS
Davina dice
Hola kiero saber cuanto meses se cobra el fondo de desempleo xq mi marido cobró 2 mes nomas..
Mariana dice
Como se renueva la prestación del fondo de desempleo?
Como se renueva el fondo de desempleo
Puede el cónyuge ir a cobrar el fondo de desempleo?
Qe papeles se presentan es la primera ves q voy a ha ser el desempleo
Como se renueva la prestación del fondo de desempleo?
R
Hola, consulta: una persona que cobra el fondo de desempleo de ANSES y se adhiere al Regimen Simplificado de Monotributo, pierde el derecho al cobro de este beneficio? o no hay incompatibilidad entre ambos?
fui autonomo hasta mayo de este año ,estoy desempleado puedo cobrar el fondo de desempleo
Consulta yo cobro mi primera cuota de fondo de desempleo el 2 de Junio alguien sabe si ya cobrario con el aumento que otorgo el Gobierno.
Hola! Yo cobré el 27 de mayo, sin aumento aún. Me pregunto si en junio cobraremos ya los 3000 o tendremos que seguir esperando 🙁