NOTIFICACIÓN Y PRUEBA DEL PREAVISO. ARTÍCULO 235, LEY DE CONTRATO DE TRABAJO. MODIFICACIÓN.
La Cámara de Senadores de la Nación ha sancionado con fuerza de ley el proyecto por el cual se modifica el artículo 235 de la ley de contrato de trabajo (Ley 20.744) sobre notificación y prueba del preaviso.
Hasta el momento la ley solo exigía que la notificación del preaviso debería probarse por escrito. Con la modificación, deberá probarse por escrito y realizarse mediante telegrama, carta de documento o ante la autoridad administrativa del trabajo.
Texto actual
Art. 235. —Prueba. La notificación del preaviso deberá probarse por escrito.
Nuevo Texto modificado
Articulo 235: Notificación y prueba del preaviso. La notificación del preaviso deberá probarse por escrito y realizarse mediante telegrama, carta de documento o ante la autoridad administrativa del trabajo.
Cabe destacar, que presente ley modificatoria se encuentra pendiente de promulgación y publicación en el Boletín Oficial al día de hoy.
Maria Eugenia dice
Encontré este art. , qué pasó que no se promulgó el proyecto?
florencia balboa dice
yo trabajo para la construccion, UECARA, corre lo mismo para este ramo?
Nunca consideré esa alternativa.
Hola buenos días!
alguna vez a alguno le tocó el caso de ¨descontarle¨ algo al empleado en concepto de no haber avisado con antelación que renunciaba?
el preaviso no es obligatorio para el empleado
Corre para ambas partes esto?