Mediante el decreto 27/18, el Presidente de la Nación Mauricio Macri, modificó el artículo el tercer párrafo de la ley de Contrato de Trabajo 20.744.
Es parte del mega decreto de “simplificación y desburocratización” que se publicó ayer en el Boletín Oficial. Se incluyen varios cambios regulatorios para el sistema financiero. Entre ellos, se modificó un párrafo que impedía embargar cuentas sueldo.
Según los considerandos del decreto el cambio es porque “resulta imperioso modificar el citado artículo, a fin de determinar las sumas que son inembargables en la cuenta y establecer un monto por encima del cual las sumas depositadas en una cuenta sueldo pueden ser embargables para, de esta manera, mejorar el perfil crediticio de los ahorristas del sistema financiero y otorgarles mayor y mejor acceso al crédito.”
Pero en términos concretos, lejos de mejorar el perfil crediticio de los trabajadores, resulta una modificación de la normativa legal vigente, vía decreto, hecha a medida de las financieras.
Texto anterior a la modificación
Entonces, ahora se podrá trabar embargos directamente sobre las cuentas sueldos de los trabajadores en los bancos y sin intervención del empleador, por el importe excedente de tres meses de sueldos, tomando como promedio los últimos seis meses de percibidos
Analia dice
Hola! Mi consulta es la siguiente: qué porcentaje se aplica a una jubilación por embargo ? Por lo que leí, esta ley habla sobre embargos a jubilados y pensionados. Soy jubilada de la Pcia. de Bs. As. Debo hacer frente a una estafa del administrador del consorcio donde vivo. No sé si esta ley es extensiva a la provincia o hay otra ley al respecto.
Muchas gracias!
Miriam Galarza dice
Perdón. Pero tengo una consulta al respecto. Cobro 18000$ y mi ex marido metió una denuncia por alimento y la jueza dictó un embargo preventivo del 20% de mí sueldo de todo lo que cobre. Además también me ja embargado el salario completo. Laburo como negra y cuando llega fin de mes apenas me que da para pagar mi alquiler que es de 10000$..
Alberto Albarracín dice
no entendí Nada del decreto…en promedio, yo percibo $18000 por mes… como es el mecanismo de embargo? cuánto dinero sería?
FRANKY ZETA dice
PERDON…
ME LO PODRIAN TRADUCIR AL CASTELLANO?
PORQUE NO ENTENDI NADA…
Marce dice
que pena que dan estas personas que insultan al presidente, este bien o no, Pena, no voy a insultar, no pongo nada mas, desestabilizadores compulsivos, no van a lograra nada, la gente no come vidrio. Besos
SI NO PERDES EN 2019 TE VAMOS A ROMPER EL PAIS Y A TUS POCOS MULOS QUE TE SIGUEN SI A TUS UNIFORMADITOS QUE NO LES SACAS NI UN CENTAVO PEDAZO DE HIJO DE MIL PUTA
Aungusto?, ni tu nombre sabes escribir… Augusto!, hubieras hecho escándalo los 12 años de la sra. no creo hayas dicho nada, das pena, estudiá y vas a poder laburar tranquilo.
VA MAS QUE BOLUDO FORRO DIRECTAMENTE, PERO CON EL PLATO NO LADRON, CON EL PLATO NO
BUENO, MAURICIO, HASTA ACA LLEGASTE VIEJO, CORTALA CHE, DEJA DE ROBAR PORQUE YA LO UNICO QUE HACES NO ES ROBARNOS ES CADA VEZ MÁS DEJARNOS SIN EL ALIMENTO EN NUESTRA MESA, PEDAZO DE HIJO DE PUTA, Y ESO QUE TE VOTE, BOLUDO!!!…….
Jajajaja modere por globoludo
Buenas tardes, según el articulo esto quiere decir que el Empleador ya no deberá gestionar el pago del embargo? siendo responsable el banco de efectuar el descuento directamente sobre la cuenta? entendí bien?
No entiendo bien esto. Ponele si saque un prestamo en 2017 y no pague mas. Me pueden embargar el sueldo? Si es asi cuando % me embargarian?
Un ejemplo no tenés como para saber mejor detalladamente