PLANILLA EXCEL PARA ESTIMAR SUELDOS DE EMPLEADOS DE COMERCIO TENIENDO EN CUENTA EL ÚLTIMO ACUERDO SALARIAL FIRMADO CON FECHA 16 DE MAYO DE 2013.
Con esta planilla, se puede establecer de manera estimada el sueldo de comercio por categoría y según la Antigüedad.
Tipo de Jornada: Se puede establecer JORNADA COMPLETA, MEDIA o 2/3.
Obra Social sobre No remunerativos: Se puede optar por calcular o no el Aporte a la Obra Social sobre las sumas no remunerativas.
Aporte extraordinario a OSECAC: también se puede optar por aplicar o no el aporte extraordinario de 50 pesos con destino a OSECAC.
Aporte al sindicato: Se pude calcular el aporte para afiliados al Sindicato de Empleados de Comercio.
Aumento sobre antigüedad: Si bien el acuerdo no lo estipula, la planilla, además de poder aplicar el aumento del 14% sobre el básico, permite aplicar sobre el básico + antigüedad.
Las escalas de mayo 2013 están estimadas ya que hasta la fecha no ha sido publicada.
Anónimo dice
Ignacio, en la empresa donde trabajo nos pagan ademas del sueldo basico un "adicional Voluntario" desde hace mucho tiempo, la consulta es, en el punto cuarto del acuerdo habla de q las empresas deben negociar esos adicionales q estan fuera de convenio, para adecuarlas, sinceramente no entiendo, sabrias si el aumento tambien recae sobre estos adicionales? y q significa q las empresas tienen q negociar su adecuacion?, espero alguna respuesta, gracias por todo.
Ignacio, si yo trabajo 6 hs, en qué tipo de jornada debería estar ?
Me sumo a los agradecimientos. Muchas gracias por tu aporte. Lo aprecio mucho.
Ignacio los feriados se pagan como un dia de vacaciones si no lo trabaja? Segun mi profesor de dere ho laboral cuando hay dias feriados en el mes sino trabaja se paga el mes normal x 30 dias y solo hay diferencia si lo trabaja don de se le paga doble esa jornada. estas seguro de q se le paga un plus x feriado no trbajado?
Ignacio, primero gracias por toda la información y el tiempo dedicado a esta página, ahora te pregunto, en la planilla está la opción de calcular aumento sobre la antiguedad, como es eso, corresponde el aumento también sobre el básico mas la antiguedad o es sobre el básico solo.
Muchas gracias por todo
Daniel
Según el acuerdo, no, no corresponde. Es un interpretación mía, yo lo hago así porque de otra manera quien más antigüedad tiene, menos aumento recibe. Por eso pongo las dos opciones.
gracias Ignacio. Tengo 20 años de antiguedad y en mi caso el aumento seria del 10 % mas o menos.
Daniel
Hola Viviana, no entiendo la pregunta, si debe incorporarse y es feriado, se reincorporará el día hábil siguiente
Ignacio, gracias por tu pronta respuesta.
Te aclaro. Lo que quiero decir con el ejemplo es que sus vacaciones comienzan un día entre semana y corren hasta un miércoles inclusive, entonces el día jueves y viernes al ser feriados ¿no deben ser computados como parte de las vacaciones? Como si las mismas se extendieran en realidad más allá de lo que le corresponde, o no tiene nada que ver ya que sus vacaciones se han terminado el día miércoles.
Muchas gracias!
Hola Ignacio
Se que no es el post adecuado, pero he buscado y no he encontrado una respuesta definitiva.
Mi consulta es qué ocurre cuando un empleado pide su licencia de vacaciones y al finalizar las mismas los días siguienes son feriados, es decir posterior a haber finalizado su licencia.Por ejemplo saca 14 días y el día que debe reincorporarse es feriado, por ejemplo jueves y viernes.
No está claro en la ley y a raíz de ello el empleado plantea objeción de que su licencia termina el día miércoles y que lo posterior no debe imputarsele dentro de las misma.
Desde ya agradezco mucho tu aclaración.
Desde mi propia experiencia debo decirte que siempre se debe optar por lo que le resulte mas favorable al trabajador, para no tener problemas con los sindicatos , por lo tanto si el dia en que se reincorpora es feriado se le debe pagar en el sueldo los feriados .
Siempre que he tenido esos casos los hemos resuelto asi , pero es nuestra forma de proceder.
Hola podrias desproteger la planilla para poder modificarla y agregarle antiguedad , gracias por el aporte
Calcula la antiguedad
Hola Laura, buenos días, si calcula la Obra Social sobre NO remunerativos, fijate en parámetros "¿Calcula O. Social s/ No Remunerativo?" ponele "si"
Hola Ignacio me sumo a los agradecimientos y te consulto ademas de la Obra Social del No remunerativo, Es OPCIONAL el aporte a OSECAC, yo te consulte anteriormente que tengo OSDE y no uso la obra social del sindicato de comercio, sino el de la marina mercante que es OSDE, como se tiene en cuenta?
Muchas gracias!!!!
Saludos,
Carolina.
Hola Ignacio, mil gracias por la planilla modelo de lo que sería una liquidación de sueldos de 05/2013, siempre nos es de mucha utilidad!!
Al igual que el anónimo 2, noto que no está liquidado la Obra Social del No Rem…por qué sería esto?
Un abrazo Ignacio !! Laura
Hola, podrias incluir en la planilla la opcion de zona. gracias
Coincido!.. faltaría la zona desfavorable. saludos! y gracias por siempree estar atento a estas cuestiones.
Hola Ignacio, muy útil tu aporte como siempre! Muchas Gracias por atender nuestras consultas!!! Saludos, Maria
en la planilla falta el descuento de la obra social de los no remunerativos. tendrian que hacer alguna columna donde se pueda consignar los descuentos de cada centro del art 101 que difieren
Hola, buenos días, si calcula la Obra Social sobre NO remunerativos, fijate en parámetros "¿Calcula O. Social s/ No Remunerativo?" ponele "si"
Lo del art 101 no lo entendí
el art 101 son los descuentos de casa sindicato que varian algunos son el 2% otro el 3% o mas de acuerdo a cada estatuto.Uds consignan SEC afiliado 2% pero eso es lo que varia
no pude bajar planilla
hola Ignacio, por favor podrias poner un ejemplo de liquidación de sueldos con algunas horas extras.
gracias.