Nueva planilla en formato excel para estimar retenciones de ganancias cuarta categoría 2014.
Hace poco publiqué la planilla excel realizada por Matias Vicente, la cual facilita el trabajo a la hora de realizar la liquidación del Impuesto a las Ganancias 4ta. Categoría, sobre todo con todos los cambios de último año.
Ahora, publico la versión 2014 de la planilla que me ha enviado Rubén Santoro y cumplo en compartirla con todos los lectores del blog. La planilla tiene las mismas características que la versión 2012, pero con todos los cambios introducidos para por el decreto 1242/13 y reglamentado por la RG 3525 con las tablas actualizadas para el 2014 vigentes a la fecha.
La plantilla cuenta con tres pestaña, una para la carga de datos y realizar la correspondiente liquidación.
La segunda pestaña tiene es igual a la pestaña de carga de datos pero con un ejemplo, lo cual resulta muy práctico.
La tercera “tablas,” además de estas contiene un pequeño instructivo para facilitar la utilización de la plantilla.
Muchas gracias nuevamente Rubén por el aporte.
Fabian Galeano dice
No puedo abrir el enlace. Ha sido movido o borrado? Gracias
la planilla esta protegida.. como es la contraseña)??
la planilla esta protegida.. como es la contraseña?
Ignacio, como estas?
hay una duplicación con el tema del aguinaldo y la deducción (la fila 72, columnas E, F,G,H, Y asi sucesivamente.
Si ya lo consideraste en el mes de enero, no corresponde que se lo considere nuevamente. yo lo estoy reproduciendo y esta duplicando.
En el caso de un empleado nuevo que empieza en 06-2014 que no trabajó en relación de dependencia en 2013 sino que fué monotributista qué tabla de deducciones corresponde?
Hola Francisco, se toma el primer salario:
RG 3525 Art. 4° — Cuando se trate de inicio de actividades (relación de dependencia) y/o cobro de haberes (previsionales) a partir del mes de septiembre de 2013 —sin que hubiere existido otro empleo y/o cobro en el mismo año fiscal—, la condición del sujeto beneficiario de las rentas frente al régimen se determinará en función a las remuneraciones y/o haberes que correspondan al mes del citado inicio o cobro, según corresponda. En el supuesto que no se trate de un mes completo, deberá mensualizarse el importe percibido.
Muchas gracias, voy a estudiar el material.
Buenas tardes,
En caso de que un contribuyente que trabaja en relación de dependencia haya obtenido ingresos menores a $15.000 durante los meses de enero a agosto 2013 en principio no tributaría el impuesto a las ganancias , pero que sucede en caso de que haya obtenido en forma concurrente ganancias de 3ra categoría , ¿Debo sumar las ganancias de ambas categorías y tributar? o sólo por las rentas de 3ra. categoría?
Desde ya muchas gracias!
Buenas tardes,
En caso de que el contribuyente trabaje en relación de dependencia y no haya percibido haberes mayores a $15.000 desde enero hasta agosto 2013 en principio no tributaría el impuesto , pero que sucede si en forma concurrente ha obtenido ganancias de la 3ra categoría, ¿Corresponde que sume las ganancias de ambas categorías? o sólo tributa por las rentas de 3ra categoría?
Desde ya muchísimas gracias!
Hola Ignacio, no pude descargar el excel, podrás actualizarlo? Muchas gracias!
No puedo abrir el enlace me aparece como caído. Podrás actualizarlo? Gracias y Saludos
Hola Ruben! intente bajar la planilla xls pero me dice: "El acceso a este vínculo se ha inhabilitado. Pídele al propietario del vínculo compartido que envíe un nuevo vínculo de acceso al archivo o la carpeta" como podria hacer para acceder al xls, el instructivo y las tablas actualizadas? muchas gracias!!! saludos!
podrias revivir el link de descarga por favor? desde ya mil gracias
Podrias revivir el link de dropbox por favor? Desde ya mil gracias!!
Consulta, ¿qué pasa con las personas que cobraban previo al aumento de abril menos de $25000 y cuentan hasta el momento con el beneficio del 20% o 30% en los casos de la patagonia, y ahora con el incremento del 17% exceden ese monto bruto?. ¿Pierden los beneficios que tenían con anterioridad computándose para el mínimo no imponible, deducción especial y deducciones familiares como si nunca hubieran tenido el beneficio y considerando lo aplicable a montos superiores a $25000? Gracias, Sdos
Consulta, no veo que la planilla proratee el SAC. Hay algo q estoy teniendo mal en cuenta? Slds.