Nueva versión de la planilla para calcular las retenciones de ganancias cuarta categoría para el período 2015 con las modificaciones de las RG 3770.
Una vez mas, y gracias a la valiosa y desinteresada colaboración Rubén Santoro, comparto una nueva versión 2016 de la planilla excel para determinar retenciones de ganancias cuarta categoría para empleados en relación de dependencia.
Mientras esperamos que se realicen las modificaciones anunciadas para el régimen.
Novedades de la nueva versión
– Cada liquidación puede estar en categorías distintas (puede ir pasando mes a mes por las diferentes 15 escalas definidas por la RG 3770). Obviamente cada usuario de la planilla lo analizará si corresponde o no ir cambiando de categoría. Esto sirve también para el caso de que hayan definido incorrectamente una categoría y lo puedan corregir en los siguientes meses sin modificar lo ya calculado.
– Se corrigieron algunos errores que los usuarios habían detectado en la del 2015 (mal las fórmulas en “otras cargas” cuando eran residentes en la Patagonia, algunos cálculos erróneos, etc).
Las tablas están desprotegidas, así que si hay un error en los montos los pueden modificar sin inconvenientes.
Algunas observaciones del autor a los reclamos de los usuarios:
1) Diego Obregón solicitó que las cargas de las deducciones permitidas (grupo 7, filas 41 a 58) se hagan en forma mensual y no acumuladas. Aunque comparto de que sería más fácil ingresarlo en forma mensual, ello me obligaría agregar más filas y las fórmulas serían más complejas, aumentando el tamaño del archivo (que cuando son varios empleados comienza a ser un archivo muy grande).
2) El tema del Incremento de la Deducción Especial por aguinaldo, lo dejo como posibilidad a futuro, ya que es la modalidad que han venido adoptando cuando determinan que una cuota del aguinaldo no sea alcanzada por Ganancias (aunque sería más fácil si dijeran “el agunaldo está exento”)
3) La hoja está protegida y por malas experiencias no pienso dar la clave (aunque el que quiera sacarla hay programitas muy sencillos que la eliminan). No es por mala onda, sino que es para evitar que modifiquen el formulerío.
Como siempre, Rubén recomienda leer la hoja “Instructivo”.
Versión actualizada a la RG 3831 Aquí
Jonathan De Cesare dice
Hola buen día estuve viendo la tabla…..muy buen aporte…quería saber es la misma sirve para los cambios que surgieron en marzo de 2016 para hacer un calculo fino de impuesto a las ganancias….muchas gracias espero la respuesta
Hola buenos días puse ver la tabla y observó que en marzo han modificado un par de artículos este me sirve para hacer el cálculo fino de impuesto a las ganancias….espero si respuesta
Si tu sueldo bruto es MENOR a $24642 no deberías tener retención alguna. Si encima deducis algo (Cargas de familia, seguro de vida, servicio doméstico, etc.), tu sueldo bruto puede ser aún mayor sin que tengas retención. Revisalo con tu empleador, porque hay un error en tu liquidación.
Hola, yo ingrese a mi trabajo actual en Noviembre de 2015 y en el sueldo que cobre este mes es decir correspondiente al mes de febrero me descontaron ganancias. Mi sueldo es de $15.000 neto .Como es el tema? por la fecha de ingreso si se descuenta? gracias
Hola, Alguien tiene las tablas actualizadas???
Hola, para cuándo estará la planilla con los nuevos valores de MNI, DE, etc.?
Gracias y saludos.
Hola, para cuándo estará la planilla con los nuevos valores de mínimo, deducción especial, etc.? Gracias y saludos.
Ignacio Buenos Dias,saldara una nueva planilla con las deduciones actualizadas desde Marzo 2016?
Hola Ignacio, puede ser que aun no hayan actualizado las nuevas modificaciones de la RG 3831 en la solapa "TABLAS"? la que descargue tiene los valores desactulizados.
Gracias
Por ejemplo, para un sueldo de $23.000 bruto el calculo en esta pagina me da a pagar. Pero no entiendo porque en realidad el neto de este sueldo es $19.090 (el 83% de 23.000) y segun tengo entendido a este valor neto se le resta el minimo no imponible que es de $3.526,50 (42.318/12) y la deduccion especial de $16.927,20 (203.126,4/12). Por lo tanto la deduccion que se realiza es de $20.453,70 y un sueldo neto menor a ello no deberia pagar. Que estoy haciendo mal? Alguien me puede explicar? Gracias!! Los montos son de la nueva resolucion
El mismo razonamiento hice yo y tengo la misma duda.
Debe estar mal la planilla, con ese BRUTO para un Soltero ( o sea sin deducciones de cargas de familia ), no da a pagar impuesto.
Muchas gracias Ignacio y Ruben, excelente la plantilla como siempre!!!
Hola Ignacio, te hago una consulta. Veo que las tablas no contemplan las escalas para "nuevos empleados a partir de Septiembre 2013 con remuneración entre $15.000 y $25.000 que no encuadran en el Beneficio otorgado por el ANEXO I de la RG 3770". Se debe modificar manualmente? Muchas gracias!
Saludos,
Germán.
Muchas Gracias!!! Ruben Santoro e Ignacio, es de suma utilidad.
hola buen dia, como descargo el archivo porque no se habilita el boton descargar. muchas gracias.
Ignacio, buen día. Te hago una consulta, a un empleado que ingresó a trabajar en 06/2015 se le puede retener impuesto a las ganancias?, tengo entendido que hay una resolución que a los empleados contratados luego del 2013 no les corresponde. puede ser?
Hola, La resolución decía que los empleados que de enero a Agosto 2013 ganaran menos de 15000 bruto, quedaran exentos del impuesto. Sin embargo se dio de baja ese decreto y ahora deberá pagar según los nuevos mínimos establecidos.
El decreto del 2013 ya no es mas valido.