El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA, solicitó a la Justicia Federal una medida cautelar, continuando con las gestiones en pos de la derogación de la Resolución General 4838 mediante la cual la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso la implementación de un “Régimen de Información de Planificaciones Fiscales (nacionales e internacionales)”.
Anteriormente, se solicitó la suspensión de la vigencia de dicha norma, nuestro Consejo presentó en esta oportunidad un reclamo administrativo en el que se solicita “se suspenda la aplicación de dicha norma con relación a nuestra matrícula, mientras se tramita el referido reclamo.”
El caso que la AFIP se mantenga firme en su postura frente a la RG 4838, se plantea la reserva del caso federal para, oportunamente, llevar el reclamo ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación “en resguardo de los derechos que consideramos transgredidos” que se exponen en el pertinente reclamo.
Por su parte, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba, también presentó una cautelar ante la Justicia Federal para continuar con las gestiones para la derogación de la Resolución General 4838 (B.O. 20/10/2020) mediante la cual la Administración Federal de Ingresos Públicos dispuso la implementación de un “Régimen de Información de Planificaciones Fiscales (nacionales e internacionales)”.
El CPCE considera que la instrumentación del Régimen Informativo que se cuestiona “pretende imponer una carga pública a un sujeto ajeno a la relación jurídico-tributaria, como es el asesor fiscal, mediante una norma de inferior jerarquía a la ley. Sin una ley que, en forma clara, precisa y expresa, le delegue tal facultad”.
En esa línea, el Consejo señala que es “violatoria del principio de legalidad, así como de otros principios constitucionales. Es importante destacar que la derogación solicitada no implica afectación alguna a las rentas fiscales, sino que solo se refiere a un régimen de información que atenta contra normas legales”.
Agrega que no es menor colocar en cabeza de los llamados “asesores fiscales” un régimen de información que importa “violentar el derecho a la intimidad de raigambre constitucional así como también las leyes que -en cada jurisdicción- protegen el secreto profesional”.
También plantea que la obtención de pruebas de evasiones o infracciones impositivas, objetivo último de los regímenes de información fiscales, debería ser alcanzada mediante “el accionar previsto en las normas de procedimiento tributario, respetuosas de los principios constitucionales”.
Para el Consejo de Códoba, la AFIP, como órgano inserto dentro del ámbito de actuación del Poder Ejecutivo, debe circunscribir su función a una actuación “administrativa conducente a que las leyes tributarias se cumplan, fiscalizando e investigando con el propósito de conocer la verdad de los hechos, y tal función discrecional no puede rebasar los límites de la racionalidad, estando subordinada a los principios que prohíben la arbitrariedad”.
“Atento a que las disposiciones de la RG 4838/2020 violentan en forma flagrante principios constitucionales básicos, desde nuestro Consejo Profesional de Ciencias Económicas, impulsamos estas medidas para resguardar a nuestros matriculados y sus derechos que consideramos transgredidos”, concluye el comunicado.
Fuentes: CPCECABA y CPCECBA
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