El sindicato y las cámaras de comercio llegaron el martes por la noche a un acuerdo por el los empleados del sector recibirá un aumento salarial cercano al 31%, según informaron fuentes sindicales a iProfesional.
“Ya está acordado, falta emprolijar algunas pautas que hemos acordado. En princpio, incorporaría adicionales fijos y permanentes, que queríamos para la base de cálculo”, señaló a este medio una fuente que participó de las negociaciones. De este modo, las partes se volverán a reunir este miércoles para redactar el nuevo convenio.
Desde el gremio, explicaron que también se incorporó al aumento los 75 pesos que habían sido acordados de manera extraordinaria en enero y que ya había vencido.
Por ahora no hay muchos mas detalles del acuerdo, solo que el próximo miercoles se volverán a reunir para redactar el acta acuerdo, algo que también iba a suceder el miércoles pasado, luego de haber anunciado el viernes 21 de mayo que ya habían alcanzado un acuerdo del 29%, por lo que ahora solo queda esperar y ver si se confirma esta inforamción.
Fuente: iProfesional.com
Ignacio dice
Por lo que me comentó inspecto del gremio, el porcentaje es el que se había dicho la semana pasada, 15 + 7 + 5 acumulativo. Ahora no se sobre que base será, si se tomarán todos los remunerativo o solo una parte. Lo que si me comentaron es que se trata de incorporar gran parte de las sumas no remunerativas en menor tiempo.
Carlitos dice
iGNACIO:
ESTE 29 % QUE SUPUESTAMENTE ACORDARON SE CALCULA SOBRE LO QUE COBRAMOS EN MANO VERDAD?
Anónimo dice
una vez mas se c,,, a comercio. los demés gremios estan abriendo paritarias de nuevo, luego de los aumentos del 20/25% de hace poco, y solicitanto arriba del 30%. donde estan los delegados¿?
Hola Gloria, el item a "A cuenta de Futuros Aumentos" forma parte de lo remunerativo, por lo cual no hace falta que se sume al básico. Es una suma que otorga el empleador unilateralmente.
Hola IRIS, obviamente se tiene que liquidar hasta el día de trabajo, y con respecto a la indemnización, se debe liquidar el 50% de la liquidación que establece el art 245 de la ley de CCT:
Art. 245. —Indemnización por antigüedad o despido.
En los casos de despido dispuesto por el empleador sin justa causa, habiendo o no mediado preaviso, éste deberá abonar al trabajador una indemnización equivalente a UN (1) mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de TRES (3) meses, tomando como base la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año o durante el tiempo de prestación de servicios si éste fuera menor.
Dicha base no podrá exceder el equivalente de TRES (3) veces el importe mensual de la suma que resulte del promedio de todas las remuneraciones previstas en el convenio colectivo de trabajo aplicable al trabajador, al momento del despido, por la jornada legal o convencional, excluida la antigüedad. Al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL le corresponderá fijar y publicar el promedio resultante, juntamente con las escalas salariales de cada Convenio Colectivo de Trabajo.
Para aquellos trabajadores excluidos del convenio colectivo de trabajo el tope establecido en el párrafo anterior será el del convenio aplicable al establecimiento donde preste servicios o al convenio más favorable, en el caso de que hubiera más de uno.
Para aquellos trabajadores remunerados a comisión o con remuneraciones variables, será de aplicación el convenio al que pertenezcan o aquel que se aplique en la empresa o establecimiento donde preste servicios, si éste fuere más favorable.
El importe de esta indemnización en ningún caso podrá ser inferior a UN (1) mes de sueldo calculado sobre la base del sistema establecido en el primer párrafo.
Con respecto a los seguros, le corresponde el seguro de vida obligatorio del Dto 1567/74, que si lo contrataron lo pagará la aseguradora, y si no, lo tendrá que pagar el empleador.
Luego, depende del convenio en en que esté el trabajador, puede que tenga otro beneficio, como por ejemplo el seguro de vida mercantil para los que están en comercio.
Curtidores recomponen salarios con un alza del 49%. En medio de la discusión, se supo que en marzo último los trabajadores agrupados en el Sindicato de Obreros Curtidores (SOC) logró un aumento del 49% escalonado para este año. Fuentes gremiales dijeron a lanacion.com que mediante el acuerdo "los básicos pasaron de 2200 pesos a $ 3500, porque se trata de un sector rezagado, al que la crisis había golpeado fuertemente". Y señalaron que se trata de sueldos "regionalizados".
y nosotros empleados de comercio basico final despues del aumento con los descuentos por aportes 2400$, no somos nada!!!!!
hola a todos.
Gracias por este espacio, habra algun delegado o alguien que nos pueda poner un manto de luz??
No sabemos ni cuando se reunen, ni como seran las cuotas, ni nada.
Bocones por favor abstenerse de escribir boludeces!!!!!!!!
jajajaja LOS GARCAS DE COMERCIO SE APURARON A FIRMAR POR QUE TODOS LOS GREMIOS QUE HACE 45 DIAS FIRMARON POR 22 O 23% ESTÁN TRATANDO DE REABRIR PARITARIAS.
LOS GREMIOS QUE ESTÁN FIRMANDO AHORA, FIRMAN ARRIBA DE UN 35% ENTONCES SE APURAN PARA QUE NO TENGAMOS OPCIÓN Y QUE LAS MULAS DE COMERCIO SIGAMOS CALLADAS COMO LO HICIMOS HISTÓRICAMENTE.
VERGONZOSO.
Hola Ignacio Soy Gloria. Como siempre agradecida de la mano que nos das a todos los empleados. En esta oportunidad te consulto sobre la parte remunerativa que me pagan en concepto "A cuenta de Futuros Aumentos". Esto lo deben subir al basico cuando se de el proximo aumento no?. Gracias ! Saludos
AL DEL ANONIMO 43, QUE CREO QUE ES EL MISMO DEL 15:
NO QUIERO CONTRADECIRTE PORQUE NO ENTENDI MUCHO TU EXPLICACION, PERO CREO QUE ESTAS EQUIBOCADO PORQUE EN EL ACUERDO DE ENERO DICE QUE LO NO REMUNERATIVO IRA PASANDO AL BASICO CON LOS ADICIONALES CORRESPONDIENTES A LOS APORTES DE LOS EMPLEADOS PARA NO DISMINUIR EL SUELDO DE BOLSILLO. SI ESTO SE CUMPLE Y NO LO MODIFICAN CON EL NUEVO ACUERDO, CADA $ 100 QUE DISMINUYAN EN LO NON REMUNERATIVO DEBERIAN AGREGARSE UNOS 117 PARA QUE AL DESCONTARLE EL 14.5% EL SUELDO DE BOLSILLO QUEDE IGUAL. (Y DIGO 14.5 PORQUE LOS 5.5% CORRESPONDIENTES A FAESYS, O.S. Y SEC YA LO VENIAN DESCONTANDO DESDE ANTES)
VERGONZOSO COMO SIEMPRE, LEAN ESTA INFORMACIÓN Y SAQUEN SUS CONCLUSIONES.
http://www.infobae.com/politica/519194-101275-0-Desborde-salarial-freno-un-gremio-obtuvo-aumento-49
IGNACIO, BUENOS DIAS, AL FINAL COMO LIQUIDAMOS MAYO??? SALUDOS CESAR
Amigo 43, lo que decís de sumarle el 15% es sobre el total que cobrás en mano? gracias
#45 pone el link de lo que decis por favor ya que no encuentro la pagina que comentas.
Anonimo nro 30… la inflacion no la genera los aumentos de sueldo, si no los mismos empresarios que desde principio de año remarcaron los precios… el argentino es gastador, y no hay mejor manera de reactivar la economia que esa.
ojala tuvieras la cabeza tan abierta como tenes el orto.