Se trata de una gratificación extraordinaria de 70 mil pesos.
La Asociación de Clínicas, Sanatorios y Hospitales Privados de la Republica Argentina y Cámara de Entidades de Diagnóstico y Tratamiento Ambulatorio informaron que han arribad a un acuerdo salarial con la Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina (FATSA).
Mediante un comunicado, se informa que se ha arribado a un acuerdo salarial donde se establece el pago de una suma no remunerativa de $70.000 no remunerativos por única vez.
Esta suma, se abonará como gratificación extraordinaria en los términos del artículo 6 de la ley 24.241 y se informará en el recibo como “Gratificación Acta Acuerdo 31/01/2024”.
Los convenios alcanzados son:
CCT 122/75, 459/06, 108/75, 103/75, 107/75, 746/16.
Esta suma no remunerativa por única vez de 70.000 pesos, no impacta en antigüedad, adicionales, y tampoco se tendrá en cuenta para el pago del Sueldo Anual Complementario (SAC).
Según informaron en un comunicado, esta suma no remunerativa representa un 17,44%% sobre el básico de enfermería del CCT 122/75, y un 16,98% sobre el básico de segunda categoría del CCT 108/75.
Además, teniendo en cuenta que la mayoría de las empresas ha liquidado los sueldos correspondientes al mes de enero, se establece como fecha de pago el 9 de febrero.
El sindicato, habría solicitado un 31% de aumento sobre los básico de convenio de diciembre, pero finalmente, se habría firmado la suma no remunerativa de 70 mil.
Hasta el momento es la información con la que contamos, habrá que esperar a que las partes publiquen el texto del acuerdo y las escalas correspondientes.
Silvia dice
Tengo una duda, el Acuerdo dice que sobre la SNR el empleador debe pagar las contribuciones de o.social, pero al empleado, ¿se le deben hacer los descuentos por aportes a la o.social? gracias
Mirian jimenez dice
Esto de los 70mil es con el recibo de febrero ?osea a cobrar en marzo
Clau dice
Holaaaa! sabés que yo escribí un mail a gremiales, preguntando exactamente lo mismo. Me respondieron que no es proporcional al tipo de jornada y horas laborales. Está homologado así, así que tu empleador debe abonarte los $70.000 limpios, y con un recibo aparte independientemente si haces jornada completa, reducida, parcial, etc
Y es mas, en el instagram de ATSA, han respondido comentarios con eso mismo.
Podés escribirles acá: [email protected]
Vengo llamando 2 días seguidos al sindicato en busca de que me contesten la siguiente pregunta (obvio que estoy sin respuesta) y si alguien sabe agradecería que me responda. ¿Es proporcional a la jornada de trabajo o es igual para todos? ¿se toma en cuenta para el calculo de sindicato? ¿se paga ART sobre la misma?
Yo mandé un mail a gremiales, preguntando exactamente lo mismo. Me respondieron que no es proporcional al tipo de jornada y horas laborales. Está homologado así, así que tu empleador debe abonarte los $70.000 limpios, y con un recibo aparte.
Y es mas, en el instagram de ATSA, han respondido comentarios con eso mismo.
Hola, en cual instagram? porque en el de La Plata y en el de Bs As no lo he encontrado.
Es proporcional el bono …? A las horas trabajadas….