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Todo sobre el nuevo Régimen informativo de compras y ventas RG 3685 vigente desde enero de 2015 que reemplaza a los CITI Compras y CITI Ventas. Dudas y preguntas frecuentes.
¿Quiénes están obligados a cumplir con el régimen de información relativo a las compras y las ventas?
Se encuentran obligados a actuar como agentes de información, los siguientes sujetos:
– Sujetos designados a tal efecto por la AFIP.
– Sujetos alcanzados por el régimen de factura electrónica, excepto los monotributistas (RG 3067)
– Sujetos inscriptos en el impuesto al valor agregado a partir del 01/01/2014.
– Sujetos inscriptos en el impuesto al valor agregado y que a al 01/01/2015 se encuentren alcanzados por el Régimen de Almacenamiento Electrónico de Registraciones.
Un contribuyente adherido al Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes (Monotributo), ¿se encuentra obligado a cumplir con el régimen?
¿Si un contribuyente no se encuentra publicado en la nómina del micrositio http://www.afip.gob.ar/comprasyventas del sitio Web de AFIP, debe cumplir con el régimen?
¿Esta facultada la AFIP para publicar nuevas nominas de contribuyentes obligados a cumplir con el régimen de información de compras y ventas?
¿Puede la AFIP excluir contribuyentes que fueron oportunamente nominados según lo previsto en el inciso a) del Art. 2 de la RG 3685/14?
¿Un contribuyente exento en el impuesto al valor agregado pero obligado al almacenamiento electrónico de registraciones, debe cumplimentar con el Régimen Informativo de Compras y Ventas?
¿Qué operaciones debo informar en el régimen de compras y ventas?
¿Debo informar únicamente las operaciones que resulten generadoras de débito y crédito fiscal en el impuesto al valor agregado?
¿Un responsable inscripto en el impuesto al valor agregado obligado a actuar como agente de información del régimen de compras y ventas, debe informar las facturas “C” recibidas de un Monotributista?
¿Un responsable inscripto en el impuesto al valor agregado obligado a actuar como agente de información del régimen de compras y ventas, debe informar las facturas “B” recibidas de otro sujeto inscripto, atento ser comprobantes que no merecen su computo como crédito fiscal según la RG 3668?
¿Qué operaciones generadoras de débito/crédito fiscal deberán incluirse en el régimen y que condiciones deben cumplir?
¿Cómo debo informar las compras y las ventas? Hay algún programa aplicativo para realizar las presentaciones?
¿En que momento debo informar las compras y las ventas?
¿Si un contribuyente no tuvo operaciones en un período, está obligado a presentar el régimen de información de compras y ventas?
¿Cuál es la sanción para aquellos contribuyentes obligados a cumplir con este régimen?
¿Cómo deben informar los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado que hayan iniciado actividad a partir del 01/01/2014? ¿Deben seguir cumplimentando con el régimen de información previsto en el RG 1575 (CITI VENTAS) a partir de Enero/2015?
¿Los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado que hayan iniciado actividad a partir del 01/01/2014, deben cumplimentar con el régimen de información de compras y ventas a partir de un determinado monto de facturación?
¿Un contribuyente nominado para presentar la información prevista por el Capitulo A – Régimen Informativo sobre Operaciones de Compra, Importaciones, Locaciones y Prestaciones – RG 3034/11 (CITI COMPRAS), debe seguir cumpliendo con dicho régimen si se encuentra alcanzado por alguno de los incisos del Art. 2 de la RG 3685/14 (Régimen de Información de Compras y Ventas)?
En atención a la vigencia del régimen resulta de aplicación a partir del 1° de enero de 2015, ¿se encuentra contemplado un plazo especial para la presentación de la información del régimen?
MESES A INFORMAR | FECHAS DE VENCIMIENTO |
Enero y Febrero de 2015 | Junio de 2015 (DDJJ IVA Mayo/15) |
Marzo y Abril de 2015 | Julio de 2015 (DDJJ IVA Junio/15) |
Mayo y Junio de 2015 | Agosto de 2015(DDJJ IVAJulio/15) |
Julio y Agosto de 2015 | Septiembre de 2015 (DDJJ IVA Agosto/15) |
Anónimo dice
Ya no corre mas el aplicativo. Para toda la info del 2015 tenes que usar el aplicativo que te menciona la pagina. atte. Silvana
Hola! Ignacio, consulta tengo que presentar citi ventas para contribuyente Autónomo, pero al momento de subirlo la pagina de Afip me da el siguiente mensaje;
En virtud de lo establecido en el Art. 6 de la R.G. N°3685, las presentaciones correspondientes al CITI VENTAS con período ENERO de 2015 y posteriores, deberán ser efectuadas con el programa aplicativo "AFIP – DGI – RÉGIMEN DE INFORMACIÓN DE COMPRAS Y VENTAS – Versión 1.0" en los plazos establecidos en el Art. 33 de la R.G. antes mencionada.
Posible causa:
Información suministrada por el usuario.
Posibles soluciones:
Por favor, comuniquese con Mesa de Ayuda ([email protected]).
Código error:
196
sabes como puedo solucionarlo?
gracias!
Muchas gracias, tenia el error 182 y descargue el aplicativo como me dijeron de la paggina del consejo y segui las opciones de administrador y demas y funciono!!!
Hola Ignacio, quisiera saber que pasa si un RI no informa facturas C en el citi compras nuevo regimen, despues no podra tomarlas para ganancias? esa es mi duda Gracias
Hola Ignacio; una consulta un RI obligado a emitir facturas por medio del controlador fiscal S/ RG 3561, por el tipo de actividad, pero a su vez es proveedor del estado y emite factura electrónica S/ RG 2853, la duda es si está alcanzado por la RG 3685 y realizar el citi vtas/ compras. Muchas Gracias
Hola ignacio: una consulta, No encuentro el codigo para los comprobantes diarios (z), cuando quiero cargar las Ventas, en el nuevo reg. inform. de compras y ventas de Afip.Antes, en el CITI Ventas, era el codigo 80 (comprobantes de cierre diario z), en este nuevo regimen NO figura…
gracias!!!!!
Como solucionaste este tema de los comprobantes de cierre Z?? Gracias!
es codigo 083 para que puedas exportarlo a SIAp sin problemas. Saludos
alquien me puede facilitar algun archivo TXT para poder importar las ventas y compras ?
Hola ! por lo que sé, el CITI VEntas no corre más. Hay que usar el nuevo aplicativo Régimen de información de Compras y Ventas. Yo estoy buscando una planilla de excel que sirva para cargar la información. si alguien tiene….
gente les comento que yo presente 10 meses de citi ventas para un cliente y me dio error 182 en dos meses por lo que me parece que el problema es la generacin del archivo y no el aplicativo a alguien le paso lo mismo? Gracias
Hola Ignacio,
Tengo un cliente que tenia factura "M" y en Abril 2014 le dieron la Factura "A". Según la RG 1575/03 art.26 una vez entregada la "A" debe presentarse 3 períodos cuatrimestrales más, cumpliendose en este caso el último cuatrimestre (enero-abril 2015). ¿Cómo puedo hacer para presentarlo? ¿Se debe presentar? ya que con el Citi Ventas 1.0 release 2 con el que lo venia haciendo no te deja hacer las presentaciones. ¿Se va a hacer con el nuevo sistema?
Aguardo tu respuesta,
Muchas gracias!
Gonzalo, solo podra seguir usando el anterior regimen de infor. (CITI VENTAS) para operaciones anteriores al 31/12/2014.A partir del 01/01/2015 ya se tiene que informar si o si, con el nuevo reg. de infor. de compras y ventas (RG 3665).
Que va a suceder con las multas por falta de presentación? Alguien sabe? O si o sí hay que ver de poder descargar el citi?Gracias. Renata
Ayuda!!! También me aparece el error 182, ya desinstalé SIAP y aplicativo 20 veces y en tres PC distintas, en una aparece error 70 (Windows 8), en otra error 500003 (XP, no se puede generar DJ) y en la que funcionaba (XP) no puedo presentar por este error 182! He probado varias opiones pero aún es imposible solucionarlo!
Buen dia. Pueden decirme si los formatos que estan publicados en http://www.afip.gov.ar/comprasyventas/ son para la importacion en el aplicatico que aun no suben
Les cuento como "solucioné" l problema del ERROR 182 del CITI VENTAS. Fui a otra compu (con las mismas características que la mia) y la presentación fue exitosa.
Les recomiendo, para aquellos que puedan claro, visitar el 5° piso del Consejo de CABA. Ahi me solucionaron el problema. Insisto de todas maneras, que la presentación fue exitosa en otra PC pero con identicas características de Windows, el archivo jecutado como, etc. NADA CAMBIÓ.
QUE LOCO NO!!!!! ME OBLIGAN DESDE AFIP A PRESENTAR ALGO Y TODAVÍA NO ESTA EL APLICATIVO, ES PARA REÍRSE O LLORAR ESTO.. JUAN