- En el caso de los planes de pago judiciales, ya no habrá descuento para quienes estén en juicio desde hace menos de un año.
- Respecto a los planes prejudiciales, las bonificaciones serán del 50%, si se paga la deuda al contado, o del 30% si se abona en hasta 15 cuotas.
Reingreso de planes de pagos caducos
Además, mediante la resolución 69/2009, ARBA dio a conocer que se permitirá que los contribuyentes reingresen a planes de pagos que caducaron este año. Puntualmente, la resolución establece que desde el 1° de noviembre pasado y hasta el 31 de diciembre de 2009, se podrá reingresar a los regímenes de regularización de deudas fiscales otorgados a partir del 1° de enero de 2000, cuya caducidad hubiese operado durante este año.
Para ello, los contribuyentes que quieran gozar del beneficio deberán ingresar hasta el 31 de diciembre de 2009 -mediante una única liquidación- el importe correspondiente a la totalidad de las cuotas vencidas, adicionando al mismo el interés calculado desde su vencimiento original hasta la fecha de pago, con más el capital de la totalidad de las cuotas a vencer.
Resolución Normativa 71/2009
Resolución Normativa 72/2009
Resolución Normativa 73/2009
Fuente: ARBA – Res. 69/2009 – infobae
maria dice
Por favor Ignacio necesito saber si para una liquidación de form 931
de una empleada que solicito 3 meses sin goce de sueldo no por maternidad
y ni enfermedad por necesidad que desconozco el porque … en el form antedicho me sale $ 2,46 de seguro de vida obligatorio y $ 0.60 de ART
esto esta bien lo liquido asi ( tambien el sistema me permite borrarlo )
pero desconozco la norma que corresponde me podes responder al correo que te dejo