La AFIP actualizó el aplicativo SICOSS y Declaración en Linea a la versión 41.0 release 5.
La obligación de utilizar la nueva versión del programa aplicativo –o en su caso de la nueva versión del sistema “Declaración en Línea”– aplica tanto a la generación de declaraciones juradas correspondientes al período devengado marzo 2019 y siguientes como a las presentaciones de declaraciones juradas -originales o rectificativas- correspondientes a períodos anteriores que se efectúen a partir del 31/03/2019, inclusive.
VERSIÓN: 41.0 RELEASE 5
Las modificaciones son las siguientes:
SCVO: Modificación de la prima individual a partir de 03/2019. Nuevo valor $14,090.
Nuevos topes bases mínimas y máximas: Resolución ANSeS Nº 74/2019 a partir de 03/2019.
SMVM: A partir de 03/2019 se actualiza el monto conforme lo establece la Resolución Nº 1/2019 del Consejo Nacional del Empleo, la productividad y el SMV y M.
Nueva modalidad de contratación de convenio de corresponsabilidad gremial: 988 – Limón Tucumán, Salta y Jujuy.
Incorporación solo en el sistema “Declaración en Línea” de los códigos 120, 122, 123 y 124 de Actividad que habilita el uso de la detracción ampliada establecida por el Decreto Nº 128/19
Mara dice
Hola ignacio, desaparecio el codigo 99 de situacion de revista para empleados eventuales. Sabes con que codigo se registra ahora? Saludos y gracias
Juan Carlos dice
Tengo 2 empleados que no permite aplicarle la detracción de $ 17.509.20 cual puede ser el motivo ya que ni siquiera reúnen los requisitos para jubilarse y otros empleados bajo el mismo convenio y categoría si lo permite. Gracias
Santiago Martinez dice
Hola Ignacio, mi empresa fue habilitada con el código 422, por su actividad principal, pero tiene varias actividades. A empleados rurales, los declaro con el nuevo código 122 y 124, según corresponda, pero la duda me surge con el resto del personal (comercio, fuera de convenio, empaque de frutas bajo LCT) por si puedo declararlos con el código 120 y aprovechar toda la detracción, que opinas vos? Muchas gracias
Laura Pelagatti Rey dice
LA detracción para actividades comunes, sigue teniendo la detracción de $ 7003.68? ese monto no cambió, no?
Ignacio dice
Así es, y no debería cambiar hasta el próximo año
Buenos dias, para hacer uso de la detraccion ampliada por el decreto 128/2019, en mi caso para el sector fabricacion de muebles, deberia cambiar el codigo de la actividad en la declaracion online a 120? eso se hace para toda la nomina o solo para los trabajadores de esa actividad? o al ser la actividad principal de la empresa todos sus empleados pueden llevar esta deduccion? la empresa fabrica muebles y los comercializa por lo cual tiene mas de una actividad, y los empleados de los locales de venta tienen otra actividad en sus altas tempranas. Gracias
Buenas tardes. Una consulta, como bien informo la afip los nuevos codigos solo estan disponibles en la declaracion en linea por ahora. Se sabe si van a estar para el sicoss en estos dias?
No me permite detraer el monto nuevo conforme al decreto 128/2019. Alguien mas tiene este problema?. Yo trabajo desde declaracion en linea.
Gracias
Hola. Podrias fijarte en el sistema registral si tu empresa fue habilitada con el codigo 422 que permite detraer el nuevo monto.
Hola no puedo declarar en sicoss la actividad 120 para la detraccion ampliada, alguien mas le pasa? que debo hacer?
A mi! Es xq cuando subieron la nueva version pusieron que eso era solo para la declaracion en linea. Mi duda es si van a subir alguna otra actualizacion o no!
buen día Ignacio: podes hacer una adelanto o ejemplo de como se aplicaría la detracción del D128/2019.
?
No se actualizó la detracción de la L. 27430 de $ 7003,68 ? El aplicativo hasta ahora sólo permite detraer hasta $ 4800
tenes que actualizar tablas
Autoriza $7003.68