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No Remunerativo Empleados de Comercio: ¿se toma para el Cálculo del Aguinaldo?

12 junio, 2024 Por Ignacio 42 comentarios

Aguinaldo Junio 2024: sumas no remunerativas de empleados de comercio y el cálculo del aguinaldo.

En abril de 2024, se firmó el último acuerdo salarial para los empleados de comercio que establecía un aumento del 15% no remunerativo, distribuido en dos tramos: un 8% en abril y un 7% en mayo. Este acuerdo ha generado diversas consultas entre los trabajadores sobre cómo estos importes no remunerativos afectan el cálculo del Aguinaldo.

La pregunta más frecuente en estos días es si estos importes no remunerativos se consideran para el cálculo del Aguinaldo. La respuesta es sí, y te explicamos por qué.

¿Qué dice el acuerdo?

Por definición, el Aguinaldo es remunerativo y se calcula como el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro del semestre. Ahora, veamos entonces que dice puntualmente el acuerdo:

El acuerdo establece una especie de excepción a la norma, indicando que los importes no remunerativos pactados deben ser considerados para el cálculo del Aguinaldo. Aunque se podría argumentar que esta excepción trata de calificar como “no remunerativo” un aumento salarial que claramente lo no es, pero ese es un tema a tratar en otro momento.

Lo concreto es que las sumas no remunerativas, las de los tres últimos acuerdos, Enero, febrero y abril, junto con sus adicionales, se deben tener en cuenta para el cálculo del aguinaldo.

¿Cómo calculamos el aguinaldo sobre los no remunerativos?

El problema, aunque no nuevo, es cómo calculamos el aguinaldo sobre las sumas no remunerativas. En principio, dado que el acuerdo establece explícitamente que los importes no remunerativos deben ser considerados para el cálculo del Aguinaldo, es decir, que estos importes se suman a la remuneración mensual para determinar la más mayor.

Sin embargo, esto plantea nuevas preguntas, especialmente en relación a los descuentos aplicables. Mientras que las sumas remunerativas están sujetas a todos los descuentos de aportes, las sumas no remunerativas solo impactan en la Obra Social OSECAC y el Sindicato.

Aquí, las interpretaciones varían. Una opción es considerar el SAC totalmente remunerativo, aplicando todos los descuentos correspondientes. La alternativa es separar el aguinaldo en partes remunerativas y no remunerativas, aplicando descuentos diferenciados: todos los descuentos sobre la parte remunerativa y solo los de obra social y sindicato sobre la parte no remunerativa.

Lamentablemente, la alteración de normas sin considerar sus consecuencias genera situaciones contradictorias y escenarios abiertos a distintas interpretaciones. Esto no solo afecta la seguridad jurídica, sino que también complica la labor de empleadores, empleados y liquidadores de sueldos, quienes deben navegar por estas aguas turbulentas para cumplir con sus obligaciones. Es fundamental que futuras normativas sean claras y coherentes para evitar estas confusiones y garantizar una mayor certeza en su aplicación. Con respetar lo que dice la ley, sería suficiente.

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Publicado en: Empleados de Comercio, Laboral

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Comentarios

  1. -
  2. Maria Elena Greco dice

    19 diciembre, 2024 a las 9:49 am

    Buen día, El SAC se liquida sobre lo NO Remunerativo también ? Dado que a mi me liquidaron el SAC solo sobre lo remunerativo y me respondieron de RRHH que no corresponde sobre el No Remunerativo. Que puedo hacer al respecto. Es asi ahora? no se toma la suma total del los valores de Rem y No rem. Quedo atte.

    Responder
  3. mariela dice

    10 agosto, 2024 a las 2:22 pm

    hola como estas? queria saber cuando se suman los no remunerativos de este año al basico? gracias!

    Responder
  4. Romina dice

    10 julio, 2024 a las 3:00 pm

    Hola Ignacio, quiciera saber q se me descuenta en el art o.sociál 92 ter LCT en mí último recibo de junio con el mismo valor de la obra social,ago media gornada a tiempo parcial como empleado de venta

    Responder
    • Ignacio dice

      10 julio, 2024 a las 4:46 pm

      Hola, te descuentan obra social jornada completa

      Responder
      • Romina dice

        10 julio, 2024 a las 5:39 pm

        Por q si estoy en media jornada y eso está bien entonces porque tengo 4 años de antigüedad y nunca se me descontó . justamente este mes cobre menos q el mes pasado

        Responder
      • Romina dice

        10 julio, 2024 a las 6:01 pm

        Está bien descontado porque nunca se me descontó

        Responder
  5. Silvia dice

    24 junio, 2024 a las 11:31 pm

    Buenas noches Ignacio, mi consulta es sobre la media jornada laboral. A cuantas horas equivale ? A 24 ha semanales ? Soy maestranza cat A

    Responder
    • Silvita dice

      28 junio, 2024 a las 9:51 am

      si cuando pones 24 en el recibo de ignacio es media jornada

      Responder
  6. RUBEN ABEL dice

    21 junio, 2024 a las 11:57 am

    BUEN DIA IGNACIO, Pregunto que Basico tengo que tomar para el calculo del Aguinaldo, (tomo el Basico de Marzo/24 mas lo no remunerativo hasta Abril/24) esto es el Monto a tener en cuenta para el Aguinaldo remunerativo y despues tomar los No remunerativos hasta Mayo/24, para hacer el Aguinaldo de lo No Remunerativo. Estoy haciendo bien o en algo me equivoco, si me puede ayudar por favor.-

    Responder
  7. SOLEDAD dice

    18 junio, 2024 a las 1:35 pm

    Impecable tus palabras Ignacio!!! Aplausos!!!!
    Son tremendas las redacciones de los acuerdos salariales!!! Un desastre y si llamas al sindicato, marcas el interno de gremiales, ellos no pueden ayudar porque no tienen la menor idea de lo que dicen los acuerdos

    Responder
  8. JAEL dice

    18 junio, 2024 a las 11:24 am

    Buenas, no puede ser que sean tan desprolijos, siempre cerrando a último momento. Se ve que estos hombres en su vida se han puesto a considerar el tema de las liquidaciones, Este tipo de medidas deberían estar cerradas a más tardar los 20 de cada mes,

    Responder
  9. Sabrina dice

    17 junio, 2024 a las 8:03 pm

    Buenas! Si llega a salir un nuevo acuerdo en Junio, que es lo mas probable, y lo NR pasa a Remunerativo como indica el ultimo acuerdo, se debe pagar SAC NR de todas formas?
    Tengo una empresa que quiere adelantr el SAC y realmente es confuso como considerar el SAC NR.

    Responder
    • Pablo Gomez dice

      18 junio, 2024 a las 5:07 pm

      para mí no, porque entra en el Remunerativo, sería como liquidar doble SAC.

      Responder
  10. Gustavo bahl dice

    17 junio, 2024 a las 8:30 am

    En concreto entonces debemos cobrar aguinaldo sobre básico y también todos los no remunerativos y no tener en cuenta el bono de 40000

    Responder
  11. Sonia dice

    15 junio, 2024 a las 12:05 pm

    Cómo liquidadora he tomado para este convenio en particular, la mayor Remuneración bruta para el cálculo del Aguinaldo y aparte el aguinaldo del total No Remunerativo (sin los 40000).
    El acuerdo no asegura si las sumas no remunerativas van a incorporarse al básico en Junio, sinó que es un tema a definir en paritarias.
    Pero mientras no definan nada, hay empleadores que ya quieren adelantarle este dinero a sus empleados,por el momento los estoy armando de esta manera con el acuerdo vigente de Abril.
    Más que claro está que ningún sindicato entiende del tema y sólo se aseguran la de ellos!!

    Responder
    • Daniela dice

      16 junio, 2024 a las 7:42 pm

      Estoy liquidando de la misma forma, un Sac Rem y otro Sac No R. Se hace complicado el trabajo de liquidar asi con tanto vacio de informacion, y con acuerdos que publican fuera de tiempo cuando ya tenemos todo cerrado!!

      Responder
    • Hugo dice

      20 junio, 2024 a las 8:56 am

      Hola Sonia, podrias ayudarme con una situación por favor? Soy empleado de comercio y estuve con ART entre los meses de Enero y Febrero, y ahora en el aguinaldo me descuentan esos dias, esto es asi? No entiendo la verdad hace 13 años de servicio y nunca me sucedió algo asi. Podrías aclarar mi duda porfavor? Muchas gracias.

      Responder
      • Ignacio dice

        20 junio, 2024 a las 2:20 pm

        Hola, si, es correcto porque durante esos días no hay remuneración. De todos modos, deberían haberlo calculado cuando te pagaron la licencia

        Responder
        • Miguel dice

          21 junio, 2024 a las 7:11 pm

          Tengo un caso parecido.. desde fin de abril estoy de licencia.. pero me paga la empresa no art.. en este caso como sería .. cobro completo o un parcial.. aguardo tu ayuda ..muchas gracias

          Responder
          • Ignacio dice

            23 junio, 2024 a las 11:01 pm

            Misma respuesta

        • Mariana dice

          27 junio, 2024 a las 8:53 pm

          Hola, a qué se refiere cuando dice “deberían haberlo calculado cuando te pagaron la licencia”
          Si se está bajo ART se supone se abona el SAC en totalidad, no asi cuando se está de licencia por maternidad…

          Responder
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  1. Empleados de Comercio: Comienzan las Negociaciones de la Revisión Paritaria de Junio dice:
    18 junio, 2024 a las 10:03 am

    […] Es importante tener en cuenta que cualquier modificación salarial acordada en este nuevo convenio podría afectar la liquidación del aguinaldo. […]

    Responder

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