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No Remunerativo Empleados de Comercio: ¿se toma para el Cálculo del Aguinaldo?

12 junio, 2024 Por Ignacio 42 comentarios

Aguinaldo Junio 2024: sumas no remunerativas de empleados de comercio y el cálculo del aguinaldo.

En abril de 2024, se firmó el último acuerdo salarial para los empleados de comercio que establecía un aumento del 15% no remunerativo, distribuido en dos tramos: un 8% en abril y un 7% en mayo. Este acuerdo ha generado diversas consultas entre los trabajadores sobre cómo estos importes no remunerativos afectan el cálculo del Aguinaldo.

La pregunta más frecuente en estos días es si estos importes no remunerativos se consideran para el cálculo del Aguinaldo. La respuesta es sí, y te explicamos por qué.

¿Qué dice el acuerdo?

Por definición, el Aguinaldo es remunerativo y se calcula como el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro del semestre. Ahora, veamos entonces que dice puntualmente el acuerdo:

El acuerdo establece una especie de excepción a la norma, indicando que los importes no remunerativos pactados deben ser considerados para el cálculo del Aguinaldo. Aunque se podría argumentar que esta excepción trata de calificar como “no remunerativo” un aumento salarial que claramente lo no es, pero ese es un tema a tratar en otro momento.

Lo concreto es que las sumas no remunerativas, las de los tres últimos acuerdos, Enero, febrero y abril, junto con sus adicionales, se deben tener en cuenta para el cálculo del aguinaldo.

¿Cómo calculamos el aguinaldo sobre los no remunerativos?

El problema, aunque no nuevo, es cómo calculamos el aguinaldo sobre las sumas no remunerativas. En principio, dado que el acuerdo establece explícitamente que los importes no remunerativos deben ser considerados para el cálculo del Aguinaldo, es decir, que estos importes se suman a la remuneración mensual para determinar la más mayor.

Sin embargo, esto plantea nuevas preguntas, especialmente en relación a los descuentos aplicables. Mientras que las sumas remunerativas están sujetas a todos los descuentos de aportes, las sumas no remunerativas solo impactan en la Obra Social OSECAC y el Sindicato.

Aquí, las interpretaciones varían. Una opción es considerar el SAC totalmente remunerativo, aplicando todos los descuentos correspondientes. La alternativa es separar el aguinaldo en partes remunerativas y no remunerativas, aplicando descuentos diferenciados: todos los descuentos sobre la parte remunerativa y solo los de obra social y sindicato sobre la parte no remunerativa.

Lamentablemente, la alteración de normas sin considerar sus consecuencias genera situaciones contradictorias y escenarios abiertos a distintas interpretaciones. Esto no solo afecta la seguridad jurídica, sino que también complica la labor de empleadores, empleados y liquidadores de sueldos, quienes deben navegar por estas aguas turbulentas para cumplir con sus obligaciones. Es fundamental que futuras normativas sean claras y coherentes para evitar estas confusiones y garantizar una mayor certeza en su aplicación. Con respetar lo que dice la ley, sería suficiente.

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Publicado en: Empleados de Comercio, Laboral

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Comentarios

  1. -
  2. mag dice

    14 junio, 2024 a las 12:36 pm

    Buenos dias
    En el caso de un empleado que trabajo hasta abril media jornada y mayo y junio jornada completa, que corresponde hacer para el calculo del sac?
    tomar la mayor remuneración del semestre y cualcular normalmente o proporcionar el sac por media jornada y el sac por jornada completa?
    Muchas gracias

    Responder
  3. Carlos dice

    14 junio, 2024 a las 7:12 am

    Es el peor sindicato una caraduras el básico. El sindicato más grande y el más pobre… todos por debajo de la linea de pobreza. Un asco

    Responder
  4. Martin dice

    13 junio, 2024 a las 10:32 pm

    160 mil millones por mes se lleva la lacra de cavalleri no tenemos nada no pelean por todo lo que hemos perdido estos últimos años son un asco

    Responder
  5. Alejandro dice

    13 junio, 2024 a las 5:14 pm

    Hola Ignacio, una consulta, porque no se toman los 40000 de suma fija que dieron por marzo para el calculo del aguinaldo siendo que no fue en realidad una suma fija sino una suma no remunerativa ya que sufrio descuentos del 5.5% al igual que los porcentajes por paritarias? Saludos y desde ya muchas gracias por el gran trabajo que realizas.

    Responder
  6. miguel dice

    13 junio, 2024 a las 1:05 pm

    lo ideal sería que la redaccion de estas estuviera en manos de alguien que, al menos, sepa como liquidar sueldos, y no por abogados y sindicalistas

    Responder
    • Ignacio dice

      13 junio, 2024 a las 5:57 pm

      estaría bueno

      Responder
  7. Johanna dice

    13 junio, 2024 a las 12:16 pm

    Hola Ignacio, la suma de 40.000 que se dio en mayo también computa aguinaldo? Entiendo que no pero en el acuerdo queda un poco ambigua la explicación

    Responder
    • Ignacio dice

      13 junio, 2024 a las 5:56 pm

      No, los 40 mil no

      Responder
  8. Amy dice

    13 junio, 2024 a las 11:39 am

    Para mi, como viene el aguinaldo, se van a agarrar de eso y la van a patear el ” aumento ” para julio. Siempre nos garcan y esta no va a ser la excepción. Los empleadores llorones chochos!

    Responder
    • Juan carlos dice

      14 junio, 2024 a las 11:27 am

      Ponete un negocio o una pyme y listo

      Responder
      • Emiliano Michelutti dice

        17 junio, 2024 a las 9:32 am

        Si no podes pagar sueldos, cerra. El empleado no es la variable.

        Responder
  9. ISABEL KARINA COSTA dice

    13 junio, 2024 a las 10:13 am

    Hola Ignacio.. aconsejas esperar o ya liquidamos con lo que hay hasta Mayo… es mucho trabajo para hacerlo, y después volver a hacer todo

    Responder
  10. Miguel dice

    13 junio, 2024 a las 9:05 am

    Ok, pero si las sumas no remunerativas se incorporan al básico en junio (teniendo en cuenta que todavía no hay un nuevo acuerdo) ¿igual tenemos que calcular SAC sobre éstos? ¿No se estaría duplicando la base de cálculo?

    Responder
  11. Mariano dice

    13 junio, 2024 a las 8:58 am

    Hola Ignacio, buen día!

    En realidad, también estamos expectantes por un posible acuerdo salarial que modifique el esquema (por ejemplo, incorporando las sumas no remunerativas al básico, además de un aumento salarial). El acuerdo anterior indicaba que se iban a reunir en el mes de junio.

    ¿No hay novedades de ésto?

    Sugerís liquuidar los aguinaldos según el sueldo de Mayo (hablo, en general).

    Gracias!

    Responder
  12. Juan dice

    13 junio, 2024 a las 8:06 am

    Que vergüenza!!! 447 de básico junio del 2024 y nadie hace nada y no hacemos nada !!! Q bronca !!!

    Responder
  13. Martín C dice

    13 junio, 2024 a las 7:22 am

    Son unos lacras y los empleadores tratan de darte siempre lo mínimo! Hace años que venimos pasando por lo mismo. A mi la semana pasada me dieron una semana de vacaciones porque el trabajo esta muy bajo, la semana según recibo me pagaron $119.000, cuando yo el mes de mayo cobre casi 700.000. Es una burla a los trabajadores. Calculo que el aguinaldo va a ser igual, nos van a pagar según el básico del año pasado.

    Responder
  14. Carlos dice

    12 junio, 2024 a las 9:34 pm

    Hola ignacio. Sabes algo de la nueva paritaria, pasa al básico lo no remunerativo?

    Responder
  15. Marce dice

    12 junio, 2024 a las 9:16 pm

    Faltaría saber si los aumentos desde enero hasta ahora van a pasar al básico eso es primordial y fundamental…

    Responder
  16. Caro dice

    12 junio, 2024 a las 8:28 pm

    indubio pro operario

    Responder
    • ArmandoCavallieri dice

      13 junio, 2024 a las 1:47 pm

      jajajaja que ridícula

      Responder
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