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Mediante la Resolución 174/21, la ANSES oficializó el incremento de los rangos de ingresos del grupo familiar y de los montos de las asignaciones familiares que es del 12,39%, de los rangos y montos a partir del mes de septiembre de 2021.
Para el pago de estas asignaciones se toma en cuenta el “Ingreso del Grupo Familiar” (IGF) que consiste en la suma de todos los ingresos de los integrantes del grupo familiar, el cual se calcula con:
- las remuneraciones brutas y sumas no remunerativas declaradas por el empleador en el formulario 931 que presenta mensualmente en AFIP a los trabajadores en relación de dependencia, excluyendo las horas extras, el plus por zona desfavorable y el aguinaldo;
- más la Asignación Familiar por Maternidad / Maternidad Down (en caso de corresponder);
- más las rentas de referencia para trabajadores autónomos, monotributistas y servicio doméstico,
- más los haberes de jubilación y pensión,
- más el monto de la Prestación por Desempleo,
- más Planes Sociales,
- más las sumas originadas en Prestaciones Contributivas y/o No Contributivas de cualquier índole.
Si un integrante del grupo familiar percibe un importe bruto superior a pesos ciento cinco mil, ciento treinta y nueve ($ 105.139.-), se excluye del cobro de asignaciones familiares al grupo familiar.
TOPES DE INGRESO DEL GRUPO FAMILIAR VIGENTES – Resolución ANSES Nº 178/21
- Tope Máximo de Ingreso del Grupo Familiar $ 210.278.-
- Tope Máximo de cada integrante del Grupo Familiar $ 105.139.-
RANGOS Y MONTOS VIGENTES
QUÉ SE TOMA EN CUENTA PARA EL PAGO
El monto de las asignaciones familiares estará dado:
- para los Trabajadores en Relación de Dependencia, por la zona geográfica de explotación declarada por el empleador ante AFIP.
- para los Titulares de la prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo que no se encuentren
- bajo relación de dependencia, por su domicilio de residencia.
- para los Titulares Jubilados y Pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino y Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur, por su domicilio de residencia y agente pagador.
ASIGNACIONES FAMILIARES PARA TRABAJADORES MONOTRIBUTISTAS
ASIGNACIÓN UNIVERSAL POR HIJO Y POR EMBARAZO PARA PROTECCIÓN SOCIAL
* 80% en la liquidación normal.
** 20% acumulado de la Asignación Universal por Hijo e Hijo con Discapacidad contra la presentación de la Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación y DDJJ del Adulto Responsable.
20% acumulado de la Asignación por Embarazo para Protección Social contra la presentación del Formulario “Solicitud Asignación por Embarazo para Protección Social” con los rubros 1 y 3 debidamente cumplimentados, adjuntando además la constancia de Inscripción en el Plan Nacer/ Programa SUMAR del recién nacido y la Partida de Nacimiento o Certificado de Defunción/Interrupción del Embarazo.
QUIÉNES PERCIBEN ESTAS ASIGNACIONES
1: Trabajadoras en Relación de Dependencia, Titulares de la Prestación de la Ley de Riesgos del Trabajo y Trabajadoras en Casas Particulares (Servicio Doméstico).
2, 3, 4 y 5: Trabajadores en Relación de Dependencia, Titulares de la Prestación de la Ley de Riesgos del Trabajo, Titulares de la Prestación por Desempleo y Titulares de Pensiones Honoríficas de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
5, 6, 7, 8 y 9: Trabajadores Monotributistas de las categorías A, B, C, D, E, F, G y H. 6, 7, 8 y 9: Trabajadores en Relación de Dependencia, Titulares de la Prestación de la Ley de Riesgos del Trabajo, Titulares de la Prestación por Desempleo, Titulares Jubilados y Pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino, Titulares de Pensiones Honoríficas de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
7 y 9*: Trabajadores Monotributistas de las categorías I, J y K.
10: Titulares Jubilados y Pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino y Titulares de Pensiones
Honoríficas de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
11, 12 y 13: Titulares de la Asignación Universal por Hijo y Embarazo para Protección Social.
14 y 15: Titulares de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social.
VALOR GENERAL
Montos de Asignaciones Familiares para:
- Trabajadores en Relación de Dependencia registrados y Titulares de la Prestación de la Ley de
- Riesgos del Trabajo que realizan sus actividades en todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1, Zona 2, Zona 3 o Zona 4.
- Titulares Jubilados y Pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino y Titulares de la
- Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur que residan en todo el país a excepción de las localidades comprendidas en Zona 1 para estos titulares.
- Titulares de la Prestación por Desempleo que residan en todo el país.
- Trabajadores Monotributistas que residan en todo el país.
Montos de la Asignación Universal por Hijo y Embarazo para Protección Social para los Titulares que residan en todo el país a excepción de las localidades comprendidas en Zona 1 para estos titulares.
ZONA 1
Montos de Asignaciones Familiares para trabajadores en relación de dependencia registrados y Titulares de la prestación de la Ley de Riesgos del Trabajo, que realizan sus actividades en las Provincias de La Pampa, Río Negro y Neuquén; en los departamentos Bermejo, Ramón Lista y Matacos en Formosa;
Departamento Las Heras (Distrito Las Cuevas); Departamento Luján de Cuyo (Distritos Potrerillos, Carrizal,
Agrelo, Ugarteche, Perdriel, Las Compuertas); Departamento Tupungato (Distritos Santa Clara, Zapata, San
José, Anchoris); Departamento Tunuyán (Distrito Los Arboles, Los Chacayes, Campo de Los Andes);
Departamento San Carlos (Distrito Pareditas); Departamento San Rafael (Distrito Cuadro Benegas);
Departamento Malargüe (Distritos Malargüe, Río Grande, Río Barrancas, Agua Escondida); Departamento Maipú (Distritos Russell, Cruz de Piedra, Lumlunta, Las Barrancas); Departamento Rivadavia (Distritos El Mirador, Los Campamentos, Los Arboles, Reducción, Medrano en Mendoza; Orán (excepto la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán y su ejido urbano) en Salta.
Montos de Asignaciones Familiares para Titulares Jubilados y Pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino y y Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur que residan en las provincias de La Pampa, Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Patagones, provincia de Buenos Aires.
ZONA 2
Montos de la Asignación Universal por Hijo, Hijo con Discapacidad y Embarazo para Protección Social para los Titulares que residan en las provincias de La Pampa, Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Patagones, provincia de Buenos Aires.
ZONA 3
Montos de Asignaciones Familiares para trabajadores en relación de dependencia registrados y Titulares de la prestación de la Ley de Riesgos del Trabajo, que realizan sus actividades en la provincia de Chubut.
ZONA 4
Montos de Asignaciones Familiares por Hijo y Prenatal vigentes a partir del 01/07/97 para trabajadores en relación de dependencia registrados y Titulares de la prestación de la Ley de Riesgos del Trabajo que realizan sus actividades en las provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Lorena dice
Hoy me figuraba cobra y me dicen que superó 110mil no entiendo!!!
gustavo dice
Si un integrante del grupo familiar percibe un importe superior a $ 105.139,- excluye del cobro de asignaciones familiares al grupo familiar.
esto es un desproposito
Mirta dice
Soy docente, no supero los $55000 y cobro $3088 por mis 2 hijas
JUAN dice
ES UNA VERGUENZA QUE NO ACTUALICEN LOS TOPES SALARIALES, ADEMAS EL QUE TIENE UN SOLO EMPLEO Y SUPERA EL TOPE 105000 NO COBRA, Y EN EL CASO QUE TIENEN DOS INGRESOS HASTA 210000 EN LA FAMILIA SI!!! ¿¿¿NO SE PUEDE RECLAMAR NADA EN ESE CASO??