Montos del adicional por reintegro de gastos de guarderías o jardines maternales julio, agosto y septiembre 2023. Decreto 144/22.
Con el aumento salarial del personal de servicio doméstico del 36% para el trimestre Julio, Agosto y Septiembre 2023, también se incrementan el adicional no remunerativo, en concepto de reintegro de gastos de guardería o trabajo de cuidado de personas, establecido por el decreto 144/22.
Período | Básico | Adicional |
---|---|---|
07/2023 | $127.228,00 | $50.891,20 |
08/2023 | $135.709,50 | $54.283,80 |
09/2023 | $144.191,50 | $57.676,60 |
El aumento se oficializó mediante la Resolución 4/23 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares 4/2023.
Recordemos que el decreto 144/22 reglamenta el artículo 179 LCT, y establece, en su artículo 4, el pago de una suma dineraria no remunerativa, en concepto de reintegro de gastos de guardería o trabajo de cuidado de personas, debidamente documentados.
El monto a reintegrar en concepto de pago por guardería o trabajo de asistencia y cuidado no terapéutico de personas no podrá ser inferior a una suma equivalente al 40 % del salario mensual correspondiente a la categoría “Asistencia y Cuidados de Personas” del Personal con retiro del régimen del Personal de Casas Particulares, o al monto efectivamente gastado en caso de que este sea menor.
Walter dice
El reintegro es por hijo o por familia…..si tengo 3 hijos que van a la guarderia,el reintegro seria el 40% de la cuota de cada uno o el 40% en total por los 3?
Maria Jose Zamudio dice
corresponde tambien para gastos de matricula de jardin?
Veronica dice
Hola!
Mi consulta es: existe un tope para el pago de este reintegro? Si el monto del comprobante que trae el trabajador excede el 40% del salario mensual correspondiente a la categoría “Asistencia y Cuidados de Personas” del Personal con retiro del régimen del Personal de Casas Particulares, qué se abona: el total del comprobante o el 40% (y éste actua como tope)?
Gracias!
Paula Tantucci dice
Buenas tardes, consulta, en un cliente tenemos un empleado al cual se le va a pagar el gasto de guarderia en cuanto cumplimente con la documentación que se le solicitó a tal fin.
La consulta es, esto es retroactivo? Desde cuando corresponde que se le abone el adicional?
Gracias,
Paula
Franco dice
Buen día, sobre la aplicación de esta regulación, a quien deberia reclamarlo? Ya que la empresa donde trabajo no lo esta pagando, siendo que comprende +100 empleados… Cuando reclame en RRHH me indicaron que ellos hasta el 2024 no van a pagarlo porque “Asi lo dice la ley” segun el estudio juridico..
gracias
a la empresa
Gracias Ignacio, como te comente la empresa no se hace cargo, ni me da respuesta.
Buen día, la empresa (SIND UOYEP) en la cual trabajo deberia pagar este adicional (+300 empleados), cuando consulte sobre la aplicación de este beneficio me indicaron que ellos hasta MARZO2024 tienen tiempo para adecuarse o pagar el dinero, esto segun el estudio jurídico. Esto es asi? donde puedo realizar el reclamo?
Gracias
Buenas tardes
Esta instrumentado esto para el convenio SMATA? porque la empresa no contesta. Julio era el mes de prórroga para esta medida.