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Durante el mes de Septiembre, además de la obligación de pago mensual, los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado del Monotributo deberán realizar la recategorización cuatrimestral y la presentación de la declaración jurada informativa cuatrimestral.
Recategorización Cuatrimestral y Pago mensual
¿Qué períodos abarca la presente recategorización?
Período a considerar | Vencimiento para la recategorización |
Septiembre/2013 a Agosto/2014 | 22 de Septiembre/2014 |
¿Cómo debe realizarse la recategorización?
La recategorización en el Monotributo es un trámite que se realiza con Clave Fiscal, a través de la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar), accediendo al servicio “Sistema Registral”, opción “Registro Tributario” –> “Monotributo” y seleccionando la opción “Recategorización”.
Ver también: Pasos a seguir para realizar la recategorización cuatrimestral de Monotributo.
¿Cuándo debe realizarse el primer pago de la nueva categoría?
El pago de la nueva categoría corresponderá efectuarse desde el mes de octubre de 2014. Vencimiento: 20 de octubre de 2014.
Declaración jurada informativa cuatrimestral
La declaración jurada informativa cuatrimestral está referida a cada cuatrimestre calendario inmediato anterior y debe ser presentada por los sujetos monotributistas que:
a) se hallen encuadrados en las Categorías F, G, H, I, J, K o L o
b) revistan la calidad de empleadores
¿Cómo debe realizarse la presentación?
La presentación de la información se formalizará mediante transferencia electrónica de datos, a través de la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar), ingresando al servicio con Clave Fiscal “Sistema Registral”, opción “Declaración de Monotributo Informativa”
¿Qué períodos abarca y cuando se presenta?
Período a considerar | Terminación de CUIT | |
Mayo/2014 a Agosto/2014 | 0-1 | 24/09/2014 |
2-3 | 25/09/2014 | |
4-5 | 26/09/2014 | |
6-7 | 29/09/2014 | |
8-9 | 30/09/2014 |
Anónimo dice
Hola Ignacio,
Si no realicé la DDJJ cuatrimestral ainformativa a término, puedo realizarla ahora?
Muchas gracias por tu respuesta y tu página que es una guía imprescindible.
Saludos,
Fabiana
El artículo 2 de la resolución general (AFIP) 2888 establece:
"La declaración jurada informativa estará referida a cada cuatrimestre calendario y deberá ser presentada por los pequeños contribuyentes que a la finalización del cuatrimestre calendario al que corresponda la información:
a) Se hallen encuadrados en la Categoría F, G, H, I, J, K o L -dispuestas por el art. 8 del Anexo de la L. 24977, sus modif. y compl., texto sustituido por la L. 26565-; o
b) revistan la calidad de empleadores, cumplan o no la condición señalada en el inciso precedente."
Corresponde que presente la RG 2888, ya que reviste la calidad de Empleador.
Recordá que desde Noviembre, tendrás que contratarle una ART a la empleada.
Saludos.
Soy monotributista categoría D y tengo una empleada domestica en blanco que viene a limpiar una vez a la semana 3 horas a casa . Tengo que presentar la declaración informativa cuatrimestral ?
mayo/2014 a agosto/2014
Hecha la corrección, gracias!