El lunes 20 vence el plazo para la segunda recategorización anual del Régimen Simplificado (monotributo).
El próximo lunes vence el plazo para que aquellos monotributistas que hayan sufrido modificaciones en sus ingresos o en alguno de los otros parámetros a tener en cuenta al momento de la categorización como: los ingresos brutos devengados y la energía eléctrica -consumida en los doce meses inmediatos anteriores-, los alquileres devengados y la superficie afectada a la actividad.
La obligación de pago de la nueva categoría tendrá efecto a partir del mes inmediato siguiente al de la recategorización. Y se mantendrá durante los períodos en que se mantenga la misma categoría.
Sujetos no Obligados a Categorizarse
No están obligados a cumplir con la Recategorización en Monotributo:
a) Los responsables que deban permanecer en la misma categoría del Régimen Simplificado (RS).
b) Los responsables que desde el mes de inicio de actividad, inclusive, hasta la fecha de recategorización no haya transcurrido un cuatrimestre calendario completo. Debiendo en este caso seguir el procedimiento dispuesto para el caso de inicio de actividad.
A mi me paso lo mismo, pero probe ingresando con el explorer y funciono
no funciona la web de AFIP o sólo a mi no me permite ingresar en Generar DDJJ ???? .—-
Leandro.
con explorer tenes que ingresar no funciona con mozilla ni chrome