El nuevo plan permitirá a los monotributistas excluidos regularizar sus obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social.
El nuevo plan permitirá a los monotributistas excluidos regularizar sus obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, sin que ello implique la reducción total o parcial de los intereses o la liberación de las pertinentes sanciones.
Antes de la fecha en que se solicite la adhesión al plan, se deberán presentar las declaraciones juradas determinativas de las obligaciones impositivas correspondientes al período de exclusión. Esta condición es excluyente para adherir al plan de facilidades.
Los planes podrán tener hasta 36 cuotas, que serán mensuales, iguales y consecutivas. El monto del pago a cuenta y de cada una de las cuotas deberá ser igual o superior a $ 1.000.
Las cuotas vencerán el día 16 de cada mes a partir del mes inmediato siguiente a aquel en que se formalice la adhesión y se cancelarán mediante el procedimiento de débito directo en cuenta bancaria.
La cancelación del plan de facilidades de pago no implica reducción alguna de los intereses, así como tampoco la liberación de las pertinentes sanciones.
Estas disposiciones entrarán en vigencia a partir de hoy y resultarán de aplicación a partir del segundo día hábil siguiente al de dicha publicación.
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