La Resolución Conjunta del Ministerio de Desarrollo Social y la AFIP ( Nº 2190/04 y 1711/04) dispuso las formalidades, plazos y requisitos que deberán observar los pequeños contribuyentes, personas físicas y los “Proyectos Productivos o de Servicios” inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social, a los efectos de su adhesión al Régimen. A tal efecto es conveniente recordar que el Decreto N° 189 del 13 de febrero de 2004, creó el REGISTRO NACIONAL DE EFECTORES DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMIA SOCIAL, en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL con la función de registrar a aquellas personas físicas en condiciones de vulnerabilidad social debidamente acreditada mediante informe técnico social suscrito por profesional competente, o que se encuentren en situación de desempleo, o que resulten real o potenciales beneficiarias de programas sociales o de ingreso, sean éstas argentinas o extranjeras residentes; como también aquellas personas jurídicas cuyos integrantes reúnan las condiciones precedentemente descritas o aquéllas que pudieran ser destinatarias de programas sociales o de ingreso.
La norma indicada dispuso que:
- La opción de adhesión, deberá manifestarse en oportunidad de solicitar el alta en el REGISTRO NACIONAL DE EFECTORES DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMIA SOCIAL, en adelante el “Registro”, habilitado en la SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, mediante el procedimiento que disponga la citada Secretaría.
- La SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO, tramitará la inscripción en el “Registro” y remitirá a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, la información correspondiente a los efectos del trámite de adhesión al RS.
- La ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS:
- o Realizará las verificaciones pertinentes tendientes a otorgar, cuando corresponda, la adhesión al RS sobre la base de los datos obrantes en el organismo.
- o Cuando el sujeto solicitante no posea Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), procederá a su otorgamiento sobre la base de la información suministrada por la SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO.
- o En caso de verificarse el cumplimiento de los requisitos legales aprobará la adhesión al RS, como monotributista social o pequeño contribuyente eventual social, de acuerdo con la opción efectuada por el efector solicitante.
- o Informará la aprobación de la adhesión o su rechazo a la SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO. En caso de rechazo, informará además los motivos que originaron el mismo, a efectos que de resultar procedente y por intermedio de la referida Secretaría, se subsanen las deficiencias verificadas.
Fuente: mineria.gov.ar
Ignacio dice
Hola Estela, ya no existe la categoría A, debés estar en la B, de todos modos, no corresponde, ya que estás como trabajadora independiente.
Hola Ana María, supongo que entrando con la clave fiscal en AFIP debe aparecer.
Anónimo dice
Hola Ignacio, hay algún lugar dónde pueda ver las fechas de altas y bajas en la obra social para monotributistas? Gracias.
Ana María
Hola liquido sueldos de choferes de camiones, se puede liquidar por media jornada un chofer de camion corta distancia categoria primera? tengo entendido que no, pero quiero que me lo confirmes.Gracias esta muy buena esta pagina!!!!
soy estela, trabajo en un jardin de infantes hace 1 mes y medio, estoy como monotributista, categoria A y estoy embarazada de 2 meses, quisiera saber, si me corresponde mas adelante alguna licencia por maternidad, y si me deben pagar esos meses de licencia.
en caso de complicacion de embarazo que me corresponde? es legal?
Hola Daiana, no se que es lo que estudías ni bajo que ley tenés la pensión, pero por lo general, al comenzar a trabajar en relación de dependencia, tenés que renunciar a la pensión. Excepto que lo hagas como Monotributista.
quisiera agregar que tal vez no se me entendio bien, que cuando me reciba yo le daria de baja a la pension aun asi, ¿tendria posibilidades de entrar en un trabajo de lo que estoy estudiando?. muchas gracias. mi nombre es Daiana.
hola ignacio tengo 19 años y estoy por cobrar una pension por invalidez, el motivo es por que de uno de mis 2 ojos no veo pero el otro si y perfecto, estoy estudiando una carrera que es con relacion de dependencia. mi pregunta es: ¿tengo posibilidad de que me tomen en algun trabajo cuando me reciba? , desde ya muchas gracias.
"Si vas a dejar una consulta, procura dejar un nombre o tener habilitado el perfil en blogger para facilitar la respuesta."
Hola Mercedes Lo de PF es persona física, asi que está bien que lo diga. Si sigue diciendo monotributo eventual, puede que se trate de una demora en la actualización de datos por parte de la AFIP, por lo cual deberías ir a tu agencia para solucionar el tema.
Hola Ignacio: Yo era categoría A, monotributo eventual, la cual no existe más. Ahora soy categoría B, y en la credencial figura "monotributo PF".
Cuando pido un nuevo talonario de facturas, me aparece "Monotributo eventual" como antes. Mi pregunta es: no debería decir ahora "monotributo PF"??
GRACIAS.
Saludos
Mercedes
HOLA IGNACIO QUERIA SABER DONDE ME PUEDO FIJAR LOS APORTES SI SOY MONOTRIBUTISTA SOCIAL ENTRE A ESTA PAGINA https://servicios1.afip.gov.ar/tramites_con_clave_fiscal/misAportes/pcc1AFIP.asp?cuilDES=0&logon=1 Y ME DICE Q NO ESTOY REGISTRADO EN RELACION DE DEPENDENCIA, MI PREGUNTA ES TENDRE Q ENTRAR EN OTRO SITIO??
ESPERO TU RESPUESTA
Hola Cintie, en principio no, porque sos monotributista, deberías conversarlo primero con el empleador, ya que en la realidad es una relación de dependencia encubierta.
HOLA IGNACIO, SOY MONOTRIBUTISTA EN LA CATEGORIA MAS BAJA.ESTOY TRABAJANDO EN UN ORGANISMO DEL ESTADO Y ESTOY EMBARAZADA DE 11 SEMANAS.QUERIA SABER QUE DERECHOS TENGO, SI ME CORRESPONDE ALGUNA LICENCIA POR MATERNIDAD, ETC.
NO TENGO FIRMADO NINGUN CONTRATO Y TRABAJO AQUI HACE 4 AÑOS
DESDE YA MUCHAS GRACIAS POR TU ATENCION
CINTIA
Hola Fernando, es para casos específico
Ignacio, que tal? mi consulta a cerca del Monotributo social, ..puede una persona física que esta inscrpta en el Monotributo normal, ahora categpría B cambiarse a Monotributo Social?, o el mismo es sólo para grupo de trabajo de tres personas?. Gracias.
Fernando
Hola Mónica, no por ahora.