Si sos Monotributista, a partir del 1 de octubre de 2018 vas a tener que facturar exclusivamente a través de Facturación Electrónica o Controlador Fiscal. Sólo quedarán excluidos de esta obligación los Monotributistas sociales.
Si sos Monotributista, a partir del 1 de octubre de 2018 vas a tener que facturar exclusivamente a través de Facturación Electrónica o Controlador Fiscal. Sólo quedarán excluidos de esta obligación los Monotributistas sociales, informó la AFIP.
Y desde el 1 de agosto, los Responsables Inscriptos en IVA podrán facturar exclusivamente a través de Facturación Electrónica o Controlador Fiscal.
Así lo anunció el titular de la AFIP, Leandro Cuccioli. A partir de este cambio, los contribuyentes recibirán el ticket de manera electrónica y ya no en papel, como era obligatorio hasta ahora.
“Vamos a despapelizar el comercio minorista. Se termina la práctica de que haya una emisión de factura de papel para el cliente por un lado y un reporte de la operación a la AFIP por el otro”, afirmó Cuccioli el lunes en la conferencia en la que presentó los resultados de la recaudación fiscal de junio.
Además, a partir del 1 de agosto se eleva de $ 1.000 a $ 5.000 el tope a partir del cual los comercios tienen que identificar ante la AFIP a quienes realizan operaciones comerciales.
Plazos y Cronograma
Responsables Inscriptos
A partir del 1 de agosto, los contribuyentes tendrán que optar entre emitir facturas electrónicas o seguir trabajando con controladores fiscales. Las máquinas más modernas ya están conectadas con la AFIP, por lo que quienes cuentan con estos dispositivos no tendrán que hacer ningún cambio por ahora. Este tipo de controladores podrán seguir vendiéndose por los próximos seis meses.
Los comerciantes mayoristas tendrán tiempo hasta marzo de 2019 para adecuarse a la nueva regla. Para los minoristas, hay una extensión del plazo hasta el 31 de enero de 2021. A partir de ese día se darán de baja los tradicionales controladores fiscales y todos los comercios minoristas tendrán que emitir factura electrónica.
Monotributistas y Exentos
El sector de monotributista y exentos del IVA tendrán tiempo hasta octubre próximo para decidir si continuarán operando con controladores fiscales on line o factura electrónica.
Anabella dice
que diferencia hay entre factura electronica de “comprobantes en linea” y la de web service”
Natalia dice
Un monotributista que tiene un polirrubro que realiza todas sus operaciones con consumidores finales, ¿puede facturar a traves de la pagina de afip “comprobantes en linea”? (no me refiero a facturar por web service sino por comprobantes en linea)
Ignacio dice
Tiene que usar controlador fiscal
Hola Ignacio, mi vieja tiene kiosko y categoría E. (todo a consumidor final.
Ya tiene hace años una tickeadora fiscal (de las que ahora le dicen “vieja tecnología”).
Por lo que vengo leyendo entonces, la puede seguir usando hasta Abril de 2019 y a partir de ahí sí pasarse a una tickeadora de nueva generación o Factura digital.
Entiendo bien?
Hola Ignacio . no me queda claro si un monotributista que factura servicios a consumidor final. Y esta en categoría E puede seguir emitiendo facturas de papel por talonario hasta 1/4/2019? o a partir de octubre 2018 tiene que decidir entre factura electrónica o controlador fiscal.?
Tengo categoría A desde cuando debo usar la factura electrónica
Cronograma de implementación
Los Monotributistas, por las operaciones que realicen a consumidores finales, la obligación resulta de aplicación a partir del 1/4/2019.
Por las restantes operaciones, la obligación de emitir comprobantes por medios electrónicos o a través de controladores fiscales se ajusta al siguiente cronograma, según la categoría:
Categorías Por los comprobantes que emitan a partir del
F a K 6 de agosto de 2018
E 1 de octubre de 2018
D 1 de diciembre de 2018
C 1 de febrero de 2019
B 1 de marzo de 2019
A 1 de abril de 2019
Monotributista Categoria D ( Actividad Venta por menor de ropa ) que solo vende a consumidores finales Esta Obligado desde Octubre 2018 a hacer factura electronica o tener controlador fiscal O puede seguir con talonarios (factura papel?
Buenas tardes, cual sería la RG emitida por AFIP que estipula éste cambio?.
Saludos.
Un kiosco que tiene 100% de sus ventas a consumidores finales categoría F, ¿cuál sería el régimen de facturación que le corresponde? ¿Facturación electrónica, papel o controlador fiscal? Si tiene ventas masivas a consumidor final puede seguir con factura papel?
Hola Laura, por el momento factura papel, no están obligado a usar controlador, pero por lo que anunció AFIP, en el corto o mediano plazo tendrán que usar controlador
Muchas gracias Ignacio x tu pronta respuesta!
Una consulta, estoy por abrir un maxikiosco, y me pregunto si podría hacer las facturas de manera electronica, asi me ahorro la compra de una registradora fiscal.
Puede ser?
Si, pero vas a necesitar un servicio web service, y no se si es muy práctico
Consulta, un profesional psicologo, monotributista, deberá desde el 1° de octubre emitir factura electronica, no está obligado al controlador fiscal no?
Por otro lado las facturas que emite mayores a $ 1000 debe cobrarlas por posnet o bancarizarlo, o puede cobrarla en efectivo?
Es una cargada? como pongo en la verduleria una computadora e impresora. Se pasan!!
las verdulerias jamas dan factura ni nada que se le parezca
nunca lo vi
vos nos estas cargando
Si tal cual, jamas facturaron!! es hora.Y no hace falta imprimir, solo declarar la venta mas un sistema de Pos!!!! DICE “despapelizar” así que no molesten con que debamos tener una impresora.!!!!
Si la facturación es para consumidor final también deberá ser electrónica?