“MIS FACILIDADES”. REHABILITACIÓN DE CUOTA E INGRESO MEDIANTE VOLANTE ELECTRÓNICO DE PAGO (VEP)
Mediante la Resolución General 3926, la AFIP habilitó dentro del Servicio “Mis Facilidades” la opción para rehabilitar cuotas impagas de planes de facilidades de pago y luego cancelarlas mediante Volante Electrónico de Pago (VEP)
Cuándo estará operativo
Se podrá utilizar esta nueva opción, una vez que las entidades bancarias acrediten la falta de débito de la/s cuota/s, luego del segundo intento de débito, con excepción de los planes de facilidades de pago que se encuentran establecidos en el artículo N° 1 de la la Resolución General N° 3756 ya que en estos casos, estará habilitada la opción de rehabilitación sin esperar la acreditación de la falta de débito.
En el caso de que cancelar más de una vez la misma cuota, tendrá a su disposición el excedente para su posterior reafectación o devolución. La cuota se considerará cancelada con el primer pago registrado.
Tiempo para cancelar el VEP
El Volante Electrónico de Pago (VEP) que se genere tendrá una validéz de 24 horas, pudiendo generar uno por día. Y rehabilitar las cuotas del plan de facilidades de pago diariamente.
Hay que tener en cuenta que cada cuota rehabilitada incluirá (por el lapso de mora desde la fecha de vencimiento original de la cuota hasta la fecha de generación/expiración del VEP) intereses resarcitorios según lo previsto en el artículo n° 37 de la Ley de Procemiento Tributario, y en el artículo n° 794 de la Ley 22.415 y sus modificaciones.
Por último, destacamos que las disposiciones comentadas precedentemente resultan de aplicación a partir del 19/8/2016.
cotadorsalina dice
BUENAS TARDES SOY RUBEN Y NECESITO SABER SI ALGUIEN TIENE IDEA SI SE PUEDEN CARGAR PAGOS EN LA FORMULACION DEL PLAN. TENGO VARIOS JUICIOS QUE SE PAGARON LOS CAPITALES Y NECESITO QUE EL PLAN LIQUIDE SOLO PUNITORIOS Y RESARCITORIOS. GRACIAS SALUDOS