Plan de Pagos Ganancias y Bienes Personales, se extiende el plazo hasta el 30 de septiembre para acceder con beneficios.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extiende hasta el 30 de septiembre los plazos para que las y los contribuyentes puedan cancelar las obligaciones de los impuestos a las Ganancias y, de corresponder, Bienes Personales en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%.
El organismo también prorrogó por dos meses los beneficios de los planes de pago permanente, en relación a la cantidad de cuotas y planes adheribles.
Las medidas, que se publican este lunes en el Boletín Oficial, apuntan a coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes y responsables, a fin de generar las condiciones necesarias para fortalecer la recuperación de la actividad económica y preservar las fuentes de empleo.
Ganancias y Bienes Personales
La Resolución General 5243/2022 que se publica el lunes en el Boletín Oficial define que las y los contribuyentes puedan cancelar las obligaciones de los impuestos a las Ganancias y, de corresponder, de Bienes Personales en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%.
Asimismo, dispone que el organismo no considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) de los contribuyentes al momento de tramitar planes para regularizar sus obligaciones alcanzadas.
El beneficio alcanza a los contribuyentes incluidos en las categorías A, B, C o D y excluye a quienes estén categorizados como “riesgo muy alto”, categoría E.
El “Sistema de Perfil de Riesgo” es un sistema informático de calificación que realiza procesos de evaluación mensual sobre el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales de los ciudadanos.
Planes de pago permanente
Con la misma normativa, la AFIP otorgó hasta el 30 de septiembre vigencia transitoria correspondiente a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, así como la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicables en el régimen de facilidades de pago permanentes. El máximo es 8 cuotas y 6 planes por persona.
Mabel dice
Intento realizar un miniplan de ganancias persona humana, entendiendo que se habia prorrogado hasta el 30/09/2022. No lo permite. Es asi??
Hola Mabel, no, lamento decirte que no se prorrogó nunca el vencimiento. Venció el 31/8
Muchas gracias
Ignacio, como estas. Como es posible que la página de AFIP tenga publicado que se extiende el plan de pagos de ganancias hasta el 30-09. Que la resolución en su artículo 1 también lo diga y que la página no lo permita? no tiene sentido al menos en lo que dice el Art 1 de la RG5423 “Extender hasta el 30 de septiembre de 2022, inclusive, el plazo fijado en el artículo 1° de la Resolución General N° 4.959 y sus complementarias, para que los sujetos comprendidos en el régimen de facilidades de pago establecido por la Resolución General N° 4.057, sus modificatorias y complementarias, regularicen sus obligaciones de los impuestos a las ganancias y/o sobre los bienes personales en hasta TRES (3) cuotas, con un pago a cuenta del VEINTICINCO POR CIENTO (25%) “
Hola Valeria, no, nunca se prorrogó el plan de pagos, solo el no tener en cuenta el SIPER
Hola Ignacio, la AFIP es suamente mentirosa: anuncian que extienden hasta el 30/09 la posibilidad de hacer el plan pero cuando tratás de hacerlo hoy 07/09 no te dan la posibilidad. Buscando en línea encontré a otro contador que le pasó lo mismo a principios de mes, hizo la consulta a la AFIP y le respondieron que lo que extendieron hasta el 30/09 es que no toman en cuenta el SIPER, pero que el plazo para ingresar al plan lo dejaron hasta el último día del mes siguiente al vencimiento. Sin embargo, AFIP al anunciar la RG 5423 no hizo esta aclaración, es una vergüenza, la verdad…
Hola Juan, no se si mentirosa, yo diría que los comunicados y las resoluciones son bastante enredadas y dan lugar a malos entendidos.
No, el mini plan nunca se prorrogó, el vencimiento fue el 31/8
Como puedo pagar ganancias con mi saldo a favor de IVA
por Cuentas tributarias