Los empleadores tienen hasta el 31 de enero próximo para cargar los datos faltantes en relaciones laborales vigentes en Mi Simplificación II.
Mediante la Resolución General 3399/12, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso la modificación de la Resolución General 2988 que creó y que regula el Sistema Informático “Mi Simplificación II”, con el objetivo de incorporar nuevas funcionalidades y herramientas, las cuales posibilitarán que las empresas de servicios eventuales informen la fecha de inicio de la suspensión de las relaciones de trabajo permanentes y discontinuas, conforme lo establecido por el Decreto 1694/2006, art. 5, inc. a).
Asimismo, se dispone que tanto la carga de información en forma masiva como la consulta de relaciones laborales registradas se realicen en tiempo real mediante el servicio “Mi Simplificación II”.
Por último, los datos vinculados a las relaciones laborales vigentes, que el empleador no haya comunicado oportunamente en el sistema “Mi Simplificación II”, deberán ser informados hasta el 31 de enero de 2013.
Las principales modificaciones se refieren a:
Datos a informar:
- se incorporan datos de contacto del empleado
- se habilita el ingreso masivo de datos
Presentación de las comunicaciones. Acuse de recibo:
- se modifica el contenido del acuse de recibo de la presentación
realizada, incorporando datos los informados o modificados por el
empleador y la respectiva clave de alta o baja en el “Registro” o la
anulación del alta anteriormente comunicada, según corresponda.
Archivo de documentación:
- se define que, en caso de extinción de la relación laboral, el
formulario denominado “Nómina Provisoria RG 2688” debe conservarse en el
efectivo lugar de prestación de tareas de los trabajadores contenidos
en dicha nómina
Anónimo dice
Hola Ignacio, tengo problemas con los datos complementarios. En la solapa domicilio, tengo problemas con la "localidad" que no me la toma cuando supera las 10 letras y tampoco me da opciones o poder cargarla manualmente. Saludos
A quien corresponda: tengo dado de alta un trabajador que en dicha alta no figura la remuneracion ni la fecha de inicio debido a que es muy antiguo, y fue dado de alta automaticamente por el sistema cuando se empezo a trabjar hace años atras, con mi declaracion en linea, el tema es que dentro de un tiempo se debe jubilar y si bien tiene todos los 931 presentados en tiempo y forma , no se si este será un problema para la certificacion de servicios.
Que debo hacer para actualizar o completar esa informacion sin tener algun inconveniente en Mi simplificacion.
saludos a ustd atte.
Hola Ignacio y lectores. Comencé a trabajar en una empresa que no ha hecho aún la actualización de los datos de Mi Simplificación II (hoy "Simplificación Registral"). Qué consecuencias podría tener esta situación (multas???). Representará algún problema si actualizo estos datos fuera de fecha??? (nómina de aprox. 100 empleados)