La USIMRA acordó modificaciones al mecanismo de ajuste del Acuerdo salarial 2019 y tratamiento del bono $5000 del decreto 665/19.
La Unión de Sindicatos de la Industria de la Madera de la República Argentina (USIMRA) informa que actualiza el mecanismo de ajuste del Acuerdo de fecha 09 de Mayo de 2019.
Modificación paritaria 2019
Por un lado una suma de $ 1.000 percibida en el mes de Junio de 2019 y correspondiente a la segunda quincena del mes de Mayo de 2019 con carácter de asignación extraordinaria no remunerativa.
Para los meses de Junio, Julio y Agosto de 2019 se aplicará un incremento del 10% con carácter no remunerativo.
Para los meses de Septiembre, Octubre y Noviembre de 2019 se abonara una suma fija no remunerativa y de carácter extraordinario de $ 6.375 la que se liquidara en tres cuotas mensuales de $ 2.125 cada una, debiéndose realizar su efectivo pago en forma quincenal en la suma de $ 1.062,50 cada una.
Estas sumas tendrán incidencia sobre los rubros SAC, enfermedad, accidente de trabajo, vacaciones, feriados, horas extras, jornada nocturna y licencias convencionales, debiéndose liquidar como no remunerativo por el periodo que correspondiere.
La asignación no remunerativa pactada en sus distintas etapas generara exclusivamente el cumplimento de las obligaciones para con los aportes y contribuciones de la Obra Social de la Industria de la Madera (OSPIM). Como así también los previstos en el art.32 y 32 bis y art. 21 (Cuota Sindical) del CCT 335/75.
Tratamiento del Decreto 665/19
En el ámbito del decreto 665/2019 y por aplicación y alcance del artículo 1ro. del mismo, deberá pagarse $ 5.000 (pesos cinco mil) en 5 (cinco) cuotas iguales y consecutivas de $ 1.000 (pesos un mil), cada una a ser abonadas de la siguiente manera:
- la primera cuota, conjuntamente con la segunda quincena del mes de Septiembre de 2019
- la segunda cuota, conjuntamente con la segunda quincena del mes de Octubre de 2019
- la tercera cuota, conjuntamente con la segunda quincena del mes de Noviembre de 2019
- la cuarta cuota, conjuntamente con la segunda quincena del mes de Diciembre de 2019
- la quinta cuota, conjuntamente con la segunda quincena del mes de Enero de 2020.
Las sumas mencionadas no serán pasibles de retención alguna.
Los pagos en cuotas correspondientes a los $ 5.000, deberán figurar en los recibos de sueldo con el ítem “pago decreto 665/2019”.
Estas sumas serán percibidas proporcionalmente al tiempo efectivo de trabajo.
A la brevedad se informará el acuerdo definitivo.
Ver el tratamiento del BONO de $5000 para otros gremios
Gabriela Plaunick dice
Hola, la jornada de trabajo del CCT 335-75 madereros. Se toma jornada diaria de 8 o de 9 hs?
Me podrían confirmar por favor.
Gracias.