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El proyecto incorpora nuevos beneficios por gastos de guardería, hijos con discapacidad y horas extra trabajadas.
El proyecto incorpora nuevos beneficios por gastos de guardería, hijos con discapacidad y horas extra trabajadas, y se vota la semana próxima en Diputados.
Las modificaciones en ganancias
Deducción especial
Se incorpora una deducción especial que neutraliza el Impuesto a las Ganancias para haberes brutos que no superen la suma de $ 150.000 mensuales.
Gastos de guardería
En primer lugar, se eximirá del impuesto al reintegro por gastos de guardería para los hijos de hasta tres años, con un tope de hasta el equivalente al 40% de la ganancia no imponible -67.000 pesos al año, es decir 5.590 pesos mensuales-.
Deducción por hijo con discapacidad
Asimismo, se aumentará la deducción por hijo con discapacidad hasta los 18 años. En este punto, el radical Ricardo Buryaile -padre de un hijo en esa condición- pidió que no haya un límite etario: “No importa la edad; los padres tenemos que asumir todos los costos independientemente de la edad”, dijo, y Heller se comprometió a evaluarlo.
Exención de las horas extras y guardias del personal de salud .
Se prorrogará hasta el 30 de septiembre de este año la exención de las horas extras y guardias -activas o pasivas- del personal de salud debido a la pandemia del Covid-19.
Anteriormente, el proyecto original había incorporado otras mejoras: se estableció que el beneficio será retroactivo al 1ro. de enero y que el aguinaldo quedará exento del pago de Ganancias.
Deducción del concubino
Se agregó también la deducción del concubino -actualmente se permite solo el cónyuge- y se mantuvo el diferencial del 22% que perciben los trabajadores de la Patagonia en concepto de zona desfavorable.
Jubilados
Asimismo, se habilitó que los jubilados que perciban ingresos distintos al haber jubilatorio, como por ejemplo una renta de alquiler o intereses de un plazo fijo, podrán acceder igualmente al beneficio de la deducción de Ganancias, que pasa de seis a ocho haberes mínimos.
En el caso de las jubilaciones, pensiones y subsidios se actualiza la “Deducción Específica” a 8 veces la suma de los haberes mínimos garantizados definidos en el artículo 125 de la Ley 24.241.
Se exime el aguinaldo
Se exime el Sueldo Anual Complementario para las remuneraciones y/o haberes brutos que no superen la suma de $ 150.000 mensuales.
Hola, me queda la duda de si con este nuevo proyecto solo exime a sueldos brutos de hasta 150k con una deducción especial o esa deducción especial de la que hablan es la deducción especial que ya se encuentra en el cálculo de ganancias para cuarta categoría y subirá. La duda viene por el lado de sueldos mayores a 200k, está claro que seguirán pagando ganancias pero disminuirá el impacto del impuesto o no tendrá modificación?
Lamentablemente hay que espera a ver que sale escrito, no se destacan por la redacción estos cambios…