Listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, a las personas afectadas a las actividades y servicios .
Listado decreto 297/20
Quedan exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, según se detalla a continuación, y sus desplazamientos deberán limitarse al estricto cumplimiento de esas actividades y servicios:
1. Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
2. Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.
3. Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
4. Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.
5. Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.
6. Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
7. Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.
8. Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
9. Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
10. Personal afectado a obra pública.
11. Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
12. Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
13. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
14. Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
15. Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
16. Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
17. Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
18. Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
19. Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
20. Servicios de lavandería.
21. Servicios postales y de distribución de paquetería.
22. Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
23. Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
24. S.E. Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.
A estas 24 actividades se les suman las 10 incluidas por la decisión administrativa 429/20 del gabinete de ministros:
- Industrias que realicen procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias podrán solicitar autorización a la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa, para no discontinuar su producción, reduciendo al mínimo su actividad y dotación de personal.
- Producción y distribución de biocombustibles.
- Operación de centrales nucleares.
- Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. También deberán garantizar las prestaciones a las personas que se hallaren alojadas en los mismos a la fecha del dictado del Decreto N° 297/20.
- Dotación de personal mínima necesaria para la operación de la Fábrica Argentina de Aviones Brig. San Martín
S.A. - Las autoridades de la Comisión Nacional de Valores podrán autorizar la actividad de una dotación mínima de personal y de la de sus regulados, en caso de resultar necesario.
- Operación de aeropuertos. Operaciones de garages y estacionamientos, con dotaciones mínimas.
- Sostenimiento de actividades vinculadas a la protección ambiental minera.
- Curtiembres, con dotación mínima, para la recepción de cuero proveniente de la actividad frigorífica.
- Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, podrán vender sus productos a través de servicios de reparto domiciliario, con sujeción al protocolo específico establecido por la autoridad sanitaria. En ningún caso podrán brindar servicios con atención al público en forma personal.
Los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios considerados esenciales.
Certificado modelo
Certificado Decisión Administrativa 427/20 para empleados públicos
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decisión Administrativa 427/2020
DECAD-2020-427-APN-JGM – Excepción restricción de circulación.
Maria dice
La liquidación de sueldos no es esencial para qué los empleados exceptuados y no exceptuados cobren? Cómo se realizaran las mismas si no es posible ir al estudio y no se tiene sistemas online?
Carla dice
Buenas noches, los Contadores que formamos parte de un Estudio Contable deberíamos concurrir a realizar nuestras tareas en forma diaria?
Ignacio dice
No, no ese una actividad esencial
Mariano dice
Buenas tardes, existe algún tipo de amparo para empleados de comercio que forman parte de las actividades exceptuadas pero que conviven con personas con enfermedades (cáncer, específicamente)? Porque hasta donde tengo entendido la única alternativa es la licencia sin goce de sueldo por 30 días.
En mi lugar de trabajo, de 4 empleados, 3 convivimos con personas con dicha enfermedad y, en algunos casos particulares, los empleados se encuentran entre la peligrosidad de asistir a trabajar y la imperiosa necesidad de cobrar su sueldo.
NECESITO AYUDA IMPERIOSA, LOS EMPLEADORES NO CONTEMPLAN EN ABSOLUTO LA SITUACIÓN.
Muchas gracias.
Karina dice
Punto 5 cuidado de mayores tiene un comprobante?
martin dice
Empleado de comercio en una casa de venta de materiales electricos vendedor b tiene que asistir al trabajo, encuadra dentro de ferreteria. El negocio es grande no es jna ferreteria de barrio
Gracias
Diego dice
Tengo a mi madre de 73 años en recuperación en casa después de una operación de fémur y nesecita atención domiciliaria diaria,higiene,pero con el aislamiento no están viniendo,ella vive conmigo y soy el responsable,la cuestión es que no puedo concurrir al trabajo debido a esta situación, y me piden certificado de pami para licencia sin paga…donde consigo este certificado?
Paula dice
Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.
La página q nos dio la comisaría hace 4 días q está caída …a donde lo puedo tramitar.
Olí s para asistir a mis padres y abuelos , todos en grupo de riesgo x la edad
Sebastián dice
https://permisostransito.mseg.gba.gov.ar
Andre dice
Personal de servicio doméstico ( aquellos que limpian casa) le corresponde licencia por la cuarentena?
Federico dice
Clarísimo para el personal en relación de dependencia El dueño de un almacén minorista, ¿qué documentación lleva? ¿una fotocopia de la habilitación municipal?
Valeria dice
Misma pregunta. Pienso abrir a partir de mañana y no se que llevar encima
Maria dice
Industria alimenticia: solo los encargados de la produccion venta y distribución?es decir.. no creo q sean esenciales contabilidad costos etc etc… y nos hacen ir
Nicolas dice
Empleados de comercio Administrativo A tiene que concurrir al trabajo?
Horacio dice
debo transladar a mi hijo todos {os dias habiles durante 30 a iradiar a capital desde gran buenos aires el esta justificado por un certificado pero yo no segun me manifestaron en un control e hicieron caso omiso a los apartados 5 y 6 del art 6 del DNU A QUIEN DEBO RECURRIR PARA QUE EXCEPTUEN.
Margarita dice
Para ir a cuidar a una persona mayor (punto 5) también se necesita un formulario? De donde lo bajo. Gracias
Agustina dice
Ignacio el certificado ya no esta disponible en el link del gobierno… que le dan los empleadores a sus empleados?
Walter cuatto dice
Como o en donde encuadrar excepcion mantenimiento corte de pasto en viviendas particulares y espacios comunes en barrios cerrados Gracias
Marcos dice
Trabajo en una fábrica q realiza envases para alcohol en gel y jabón líquido. Nos hacen ir a trabajar a todos alguien me puede ayudar .la empresa tendría q tener algún certificado
o algo q lo habilita. Se agarran del ítem 12
Natalia dice
Esta no es una actividad esencial. No encuadra dentro de las exepciones del DNU.
Máximiliano dice
Yo estoy en la misma situación. Realizo corte de pasto a empresas y espacios comunes en barrios cerrados. Donde puedo encuadrar mi excepción?
Estas tareas no están exceptuadas por lo tanto no debes hacer trabajar al jardinero como tampoco están exceptuados los empleados de los Edificio de Renta y Propiedad Horizontal que le llaman muchos encargados y son personal de limpieza.
Saludos!
el tema es critico, crece el pasto y vienen los bichos, roedores e incluso crece el peligro de la propagacion de los mosquitos, incluso el dengue!!!
http://www.facebook.com/story.php?story_fbid=732655933805157&id=194670684270354&scmts=scwspsdd&extid=ls54GJY4oTwjTTLF
Ahí te paso la página del sindicato de jardineros y parquistas. Dice que estamos obligados a hacer guardias mínimas. Y que estamos dentro de los exceptuados. Sobre todo por la proliferación del dengue.
Ignacio : alguien sabe dónde puedo buscar un anexo al artículo 14
Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales
Soy preventista para una empresa tercializaba de claro (no trabajamos para claro directo) y estamos como empleado de comerció no como empleados teléfonicos, visitamos kioscos y almacenes de barrios para vender recarga virtual
Pero nos hacen trabajar igual , está bien ? Cómo puedo investigar ?